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Sentencia reconoce Incapacidad Permanente Total por enfermedad ocular

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Una Sentencia reconoce Invalidez Total por enfermedad ocular

Hoy publicamos un nuevo caso de éxito del despacho. En esta ocasión el cliente era teleoperador. Éste padece, entre otras, una grave enfermedad ocular llamada metamorfopsia (visión distorsionada) además de mantener una agudeza visual por debajo de la normalidad. Con estas patologías se pierde mucha visión hasta el punto que no puede ser corregida mediante gafas en muchos de los casos.

El problema

Nuestro cliente acudió al despacho a fin de iniciar el procedimiento de Incapacidad Permanente. Tras el estudio y valoración médica, presentamos la solicitud inicial que fue denegada por la Seguridad Social. En los informes que se aportaron al ICAM, hacíamos constar que su visión era limitada habida cuenta el estado avanzado y crónico de su enfermedad visual.

Frente a la resolución del INSS presentamos la reclamación previa correspondiente, que también fue denegada por entender que no se aportaban pruebas médicas que desvirtuaran la valoración efectuada por el ICAM.

Asimismo, procedimos a presentar la correspondiente demanda a fin de que los juzgados de lo social hicieran valer, frente a la negatoria de la Seguridad Social, los derechos al reconocimiento de una Incapacidad Permanente a nuestro cliente.

Sentencia del Juzgado de lo Social nº 17 de Barcelona reconociendo Incapacidad Permanente total por grave enfermedad ocular.

La demanda se turnó por reparto en el Juzgado de lo Social nº 17 de Barcelona. Tras la admisión a trámite de la demanda señalaron día para el juicio.

Durante el juicio el INSS únicamente se ratificó en sus informes. Por nuestra parte hicimos entender al Magistrado que la profesión que mantenía nuestro cliente le exigía estar permanentemente delante de una pantalla de ordenador, sin estar capacitado para desempeñar su profesión de forma óptima dada a sus patologías visuales.

Tras la exposición de nuestro abogado durante el juicio, el juez decidió dar cuentas al médico forense a fin de refrendar nuestras alegaciones dado a que el magistrado no era conocedor de esta rara enfermedad visual.

Gracias a los informes y pruebas practicadas y extraídas tanto del informe del médico forense como de nuestras alegaciones hicieron que la Sentencia fuera estimada por el Magistrado.

El Juez nos dio la razón y entendió que las importantes patologías visuales que padece nuestro cliente lo limitaban para desempeñar su profesión habitual, reconociendo así la Incapacidad Permanente total.

“[…] es necesario partir de que el demandante está impedido para trabajar delante de una pantalla de ordenador, como afirma el forense en criterio que compartimos, a la vista de las importantes patologías visuales que padece. […]. En consecuencia, el demandante no está capacitado para desempeñar su profesión, por lo que debe ser declarado en situación de Incapacidad Permanente total para su profesión habitual.”

Os adjuntamos la Sentencia para vuestro conocimiento:

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