Reclama tu complemento de brecha de género, que ya pueden solicitar los hombres.
Tras la reciente sentencia del TJUE, tanto si tu pensión fue concedida entre 2016 y 2021 como si es posterior a 2021, puedes reclamar.
Tu pensión de jubilación, Incapacidad Permanente o viudedad puede aumentar considerablemente su cuantía.
Si tienes una pensión reconocida a partir del 4 de febrero de 2021, cobrarás los atrasos desde que te la concedieron.
Si tienes más de un hijo, recibirás un incremento en el complemento por cada uno de ellos (con un máximo legal).
¿Tienes hijos y quieres aumentar tu pensión? Jorge Campmany te explica este importante cambio y cómo te beneficia.
La decisión del TJUE puede cambiar la vida de muchos hombres que no podían solicitar este aumento de su pensión.
Rellena el formulario y uno de nuestros asesores se pondrá en contacto contigo de forma gratuita para valorar tu caso.
Más de 15 años de experiencia con éxito en este tipo de reclamaciones.
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La cuantía del complemento está establecida en los presupuestos generales del Estado que se aprueban cada año. Para este año 2025, el importe es de 35,90 euros mensuales por cada hijo o hija, con el límite de cuatro veces dicho importe (143.6 euros). Y su abono se realiza en 14 pagas junto a la pensión, o se reparte en 12 si la prestación tiene las extras prorrateadas, como ocurre con la incapacidad permanente por accidente de trabajo o enfermedad profesional.
Sí, con carácter retroactivo se te ingresará el total dejado de percibir en el pasado desde la fecha en la que te reconocieron la pensión de Incapacidad Permanente, jubilación o viudedad. Se computarán los meses del año como 14 correspondientes a las 14 pagas del complemento no recibidas.
Por ejemplo, si los atrasos calculados son de 30 meses y te correspondieran por número de hijos 107 euros, te correspondería un pago de atrasos de 3.231 euros.
Si el otro progenitor no tiene una pensión y por lo tanto no está cobrando el complemento por brecha de género, si cumples los demás requisitos podrás cobrarlo, ya sea por reconocimiento directo de la Seguridad Social o por sentencia judicial.
La normativa española, ratificada por TJUE, estipula que los dos progenitores no pueden percibir este complemento de brecha de genero al mismo tiempo de forma que si a partir del 04 de febrero de 2021 un padre anteriormente discriminado lo reclama, y teniendo derecho a él su pensión es menos cuantiosa que la de la madre, se le otorgará*.
*⚠ Importante: El TJUE dejó en manos del legislador español la decisión de qué ocurrirá con el complemento de brecha de género de la madre en esta situación, por lo que existe la posibilidad de que se le retire, aunque todavía se desconoce. Te asesoraremos en todo momento acerca de esta circunstancia.
Si eres hombre, en caso de que solicites el complemento de brecha de género y la madre ya esté cobrando el antiguo complemento de maternidad (pensiones reconocidas entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021), podrás cobrarlo pero la cuantía que se te reconozca se le restará a la cuantía que esté percibiendo la madre.
Nuestros especialistas te asesorarán y harán los cálculos específicos para tu situación de forma que puedas conocer con claridad lo que vas a cobrar y cuánto percibiría la madre en concepto de complemento.