El artículo 88 de la Ley Orgánica 3/2018, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales (LOPDyGDD), es donde se contempla la desconexión digital en el terreno laboral.
Y no se trata de una recomendación para las empresas, a modo de buena práctica, sino que para ellas es una obligación no vulnerar este derecho.
En este post te explicamos todo lo que abarca el derecho a la desconexión digital, si afecta o no a todos los trabajadores, cómo se aplica -con ejemplos- y qué puedes hacer si tu jefe ignora repetidamente esta normativa.
Derecho a la desconexión digital, ¿cómo lo define la ley española?
El mencionado artículo 88 de la LOPDyGDD, que se titula Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral, recoge que los trabajadores -incluidos los empleados públicos- tienen derecho a este tipo de desconexión para que (fuera de su jornada) se les garantice "el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar".
El reconocimiento de este derecho se vincula con "la conciliación de la actividad laboral y la vida personal y familiar".
Además, esta norma exige a los empleadores que diseñen "una política interna dirigida a trabajadores, incluidos los que ocupen puestos directivos, en la que definirán las modalidades de ejercicio del derecho a la desconexión y las acciones de formación y de sensibilización del personal sobre un uso razonable de las herramientas tecnológicas que evite el riesgo de fatiga informática".
Contar con este protocolo es obligatorio, y no disponer de él puede derivar en una sanción.
Otras regulaciones
Además de la Ley 3/2018, el Estatuto de los Trabajadores también ampara la desconexión digital, concretamente en su artículo 20 bis. En él no solo se refleja este derecho como tal, sino que también se especifica que debe existir incluso cuando los dispositivos digitales han sido facilitados por la empresa.
Paralelamente, esta cuestión también se plasma en la Ley 10/2021, de trabajo a distancia. Por lo tanto, quienes teletrabajan no están exentos; muy al contrario, tienen el mismo derecho a la desconexión digital fuera de su horario laboral. Además, aquí los legisladores hacen una mención expresa a los miembros de la plantilla que realicen total o parcialmente su labor a distancia, como en su domicilio.
La desconexión digital en la práctica: ejemplos
Los textos legales que acabamos de repasar son ciertamente bastante genéricos, y si bien están orientados a facilitar la conciliación y a preservar la intimidad, el descanso y la salud mental desde la óptica de la prevención de riesgos, no dan detalles. Consagran el derecho, pero no lo definen del todo.
Desde una óptica situacional, pensando en momentos y hechos concretos, se puede comprender mejor. Tú, como empleado de una organización, tienes derecho a que:
- no te llamen tus superiores una vez finalizas tu jornada.
- a no responder inmediatamente a correos electrónicos o mensajes que recibas durante tu hora de comer o cuando sales de la oficina -o apagas el ordenador en casa-. Lo puedes hacer cuando te reincorpores a tu puesto, una vez terminado un descanso u otro.
- de hecho, en horario no laboral, puedes desconectar los dispositivos electrónicos que utilizas para tu trabajo. O desactivar las notificaciones.
- en la misma línea, no tienes por qué atender asuntos laborales durante tus vacaciones, permisos o fines de semana. O si estás en situación de baja médica.
Y tanto en lo personal como en tus relaciones profesionales, puedes seguir estas recomendaciones:
- intenta reducir la tentación de revisar el teléfono constantemente. Eso te creará un hábito que facilitará tu desconexión del trabajo.
- mantén una actitud amable pero firme respecto a reuniones y tareas urgentes, para que estas se encajen siempre dentro de tus horas en activo, y no se prolonguen ocupándote tiempo de descanso.
- y si lo estimas necesario, recuerda educadamente a tus compañeros y superiores tu franja horaria de actividad, sin temor a represalias que no debería haber. Y si estas se produjeran, por ejemplo si te despidieran, tu cese podría declararse nulo.
En los protocolos de desconexión digital para empresas se suele implantar como primera medida el prohibir el envío de correos electrónicos o mensajes de WhatsApp en horario no laboral, para que el empleado pueda disfrutar de su tranquilidad con ese respaldo por escrito.
¿Todos los trabajadores tienen derecho a la desconexión digital?
Sí, así es, no hay distinciones en ese sentido. Esta clase de desconexión no debe ser entendida como un privilegio, sino como un límite necesario que va dirigido a todo tipo de trabajadores, incluidos los funcionarios, o los altos directivos, como dictan propias las normativas.
Los convenios colectivos también pueden contribuir a extender la desconexión digital, y cada vez lo hacen más. Por ejemplo, el convenio para empresas de gestión inmobiliaria, en su renovación de 2024, consideró por primera vez la desconexión digital como un derecho.
¿Y todas las comunicaciones atentan contra la desconexión digital?
En este punto, la respuesta es negativa: no todas las comunicaciones que recibas de tu empresa una vez acabada tu jornada (o en días no laborables, durante las vacaciones o si te encuentras de baja) infringen tu derecho a la desconexión. Veamos un ejemplo.
En la sentencia 534 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de junio de 2024, se analizaba un caso donde una trabajadora -en proceso de incapacidad temporal- interpuso una denuncia alegando que la recepción de correos electrónicos por parte de su empresa afectaba a su recuperación. Sin embargo, los mensajes eran genéricos y corporativos, enviados por la organización a toda la plantilla. Y no conllevaban ni siquiera la obligación de abrirlos.
Con esa base, los magistrados concluyeron que no se había vulnerado el derecho fundamental a la desconexión digital de la empleada.
Qué hacer si tu empresa no respeta la desconexión digital
El primer paso es consultar los protocolos y la política interna del negocio sobre la desconexión digital, para que conozcas a qué te enfrentas y argumentar mejor tu queja. En segundo lugar, lo más conveniente es informar a tus superiores o al departamento de Recursos Humanos de lo ocurrido, por escrito. Y solicitar, a su vez, que la dinámica que estás viviendo no continúe.
No obstante, si no la corrigen, puedes presentar una reclamación ante la Inspección de Trabajo. En ese caso, tu empleador podría ser sancionado. Y, como en el ejemplo que hemos expuesto más arriba, también podrías acudir a los tribunales.
Cuándo puede considerarse una forma de acoso laboral
Puede haber escenarios extremos donde se llegue a generar acoso laboral, sobre todo si se presiona de manera continuada al trabajador fuera de su tiempo de trabajo, intimidándole y puede que amenazándole. En dicho supuesto, podrías demandar a tu empresa, aunque para tener posibilidades de ganar en los juzgados se han de dar unos determinados condicionantes. Puedes consultarlos en este otro artículo sobre el acoso laboral.
La desconexión digital y las cuestiones de urgencia
Hasta aquí hemos podido observar todos los aspectos que definen y rodean a la desconexión digital. Pero en este punto te puede surgir una pregunta: ¿y si el empresario me necesita para una emergencia? Bien, pues la Audiencia Nacional se ha pronunciado sobre esto.
En su sentencia 00044/2022, declaró nula la siguiente obligación que imponía una empresa de gestión de contact center a su personal: estar conectados digitalmente por si devienen circunstancias de urgencia que puedan suponer un perjuicio empresarial, y que requieran una respuesta o atención inmediata por parte del trabajador.
La postura de los magistrados se basó en que los límites al derecho a la desconexión digital no los puede establecer unilateralmente el contratador, sino que "se sujetarán a lo establecido en la negociación colectiva o, en su defecto, a lo acordado entre la empresa y los representantes de los trabajadores".
Por tanto, en lo que respecta a las emergencias, debes atenerte a lo que se haya acordado colectivamente en tu empresa. Aunque si te contactan excepcionalmente por algo urgente derivado de la naturaleza de tu puesto -o debido a una incidencia grave, por ejemplo- y se trata de una comunicación aislada y proporcionada, es aconsejable que la atiendas. Porque, como afirman los jueces, "no siendo la desconexión un derecho absoluto", puede haber momentos puntuales en que se debe sopesar el equilibrio entre la responsabilidad profesional y el descanso. Pero siempre, insistimos, dentro de unos límites razonables.
En la regulación general quedan al margen, sin embargo, las guardias y los servicios vinculados a emergencias, que cuentan con su propio horario y obligaciones por contrato.
Reclamación del gobierno a Bruselas
La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, solicitó a la Unión Europea en marzo de 2025 que elaborara una directiva para regular más globalmente el derecho a la desconexión digital.
En la actual legislación europea el tiempo de trabajo está contemplado en la directiva 2003/88/CE, pero los gobernantes españoles consideran que esta normativa no se ajusta a la nueva realidad digital. Y que es necesario contar con un respaldo europeo para que, en definitiva, la salud mental de los empleados no se vea perjudicada.
La desconexión digital en España
Conclusión
En nuestro país, en la fecha de publicación de este artículo, estamos muy cerca de una nueva normativa que previsiblemente reforzará a las actuales. Porque el proyecto de ley de 16 de mayo de 2025 (para la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas semanales) también aborda con contundencia el derecho a la desconexión digital. En su propio título se menciona: “Proyecto de Ley para la reducción de la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo y la garantía del registro de jornada y el derecho a la desconexión”.
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