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El Juzgado reconoce la invalidez total a un mecánico de mantenimiento industrial

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EL JUZGADO RECONOCE LA INVALIDEZ TOTAL A UN MECÁNICO DE MANTENIMIENTO INDUSTRIAL

Nueva sentencia y nuevo caso de éxito de nuestro despacho. Hoy os explicamos el caso de nuestro cliente que ha obtenido la declaración de la incapacidad permanente total para su profesión habitual de mecánico de mantenimiento industrial.

El problema

Nuestro cliente padece, entre otras patologías, radiculopatía L5-S1 derecha severa con signos de denervación crónicos de grado moderado con signos de denervación crónicos.

Asimismo, la neuropatía que presenta el cliente le genera una parálisis relevante en el pie que le impide ponerse de puntillas, presentando pérdida de fuerza que le dificulta al andar.

Analizamos el caso y le dijimos al cliente que podíamos seguir adelante con su caso.

Inicio de procedimiento. Resolución INSS

Presentamos la solicitud, y la Dirección Provincial del INSS de Barcelona declaró no proceder a declararle ningún grado de incapacidad permanente a nuestro cliente. Recurrimos dicha resolución mediante reclamación previa oportuna. Al cabo de unos días nos notificaron denegando esta última.

Demanda judicial de incapacidad

Presentamos la demanda de incapacidad permanente. Se daba el caso que el ICAMS reconocía el conjunto de patologías que padecía nuestro cliente. Lo hicimos constar en la demanda. Además, en nuestras alegaciones relacionamos las dolencias que padece con las tareas que debía desarrollar durante su jornada laboral, las cuales eran evidentemente incompatibles.

Admitida la demanda a trámite se repartió al Juzgado de lo Social nº 6 de Barcelona.

Sentencia estimatoria

¡Éxito! Tuvimos que esperar un tiempo para que nos notificaran la Sentencia. Pero valió la pena. El Magistrada estimó nuestras alegaciones. Tras más de dos años de lucha la Magistrada comprendió a nuestro cliente y argumentó lo siguiente:

“[…], a juicio de la juzgadora, acredita la limitación funcional presente y permanente de modo tal que determinan una disminución de la capacidad que le resulta precisa a la parte actora para realizar las tareas básicas de su profesión habitual que incluye desde luego la bipedestación durante la jornada laboral ”.

El cliente actualmente está cobrando una incapacidad permanente total para su profesión de mecánico de mantenimiento industrial.

Adjuntamos la Sentencia para que la podáis leer:

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