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¿Te han concedido una incapacidad permanente? ¡Revisa tus seguros!

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Una vez reconocida una pensión de incapacidad, no siempre todo "acaba" ahí. Algunos seguros suelen incluir indemnizaciones si el titular de la póliza obtiene una incapacidad permanente.

En este artículo te indicamos qué seguros debes revisar entre los que tienes contratados, ya que podrías llevarte una sorpresa muy agradable.

Pero no solo hablamos de seguros privados, sino que también cabe la posibilidad de que puedas reclamar una indemnización al seguro de tu convenio colectivo, sobre todo si la causa de tu incapacidad ha sido un accidente laboral o una enfermedad profesional. 

Índice de contenidos

  1. Incapacidad y seguros: ¿puedo cobrar doble?
  2. Ojo a tu hipoteca, préstamos y tarjetas
  3. El seguro de convenio y cuándo cobrarlo
  4. ¿Qué hago para cobrar mi seguro de incapacidad?
  5. Conclusión

Incapacidad permanente y seguros privados: ¿puedo cobrar doble?

Si tengo una incapacidad permanente, ¿me paga el seguro de vida?

En esta clase de seguros, que no hay que confundir con los seguros de decesos para gastos funerarios, la compañía aseguradora se compromete a pagar una suma de dinero a los beneficiarios designados (hijos, cónyuge, etc.) en caso de muerte del titular de la póliza.

No obstante, muchos seguros de vida abarcan también la cobertura de invalidez o incapacidad permanente en los grados de total, absoluta y gran incapacidad. Y, en algunas ocasiones, también en el de parcial. Pueden ofrecer diferentes importes en función del tipo de contingencia, o que solo contemplen una contingencia determinada (accidente, por ejemplo, sea o no laboral).

Por estas razones, se tienen que revisar las condiciones particulares de cada póliza, para saber qué se tiene exactamente contratado. Y si finalmente se otorga una incapacidad permanente,  y está cubierta por el seguro, el nuevo pensionista puede reclamar la indemnización previamente estipulada en su contrato con el seguro

Si es tu caso, tienes que fijarte en la contraprestación que figura en tu póliza para la incapacidad, porque puede ser una indemnización (pago de un capital), pero también podría tratarse de una renta periódica, que podrías percibir paralelamente a la pensión que te ha asignado la Seguridad Social.

Ahora bien, normalmente en los seguros de vida aparece una o varias cláusulas "delimitadoras del riesgo", donde se excluye la cobertura de ciertas actividades consideradas de riesgo, como los deportes peligrosos. En ese sentido, si la incapacidad deriva de haber practicado una actividad de esas características, puedes necesitar a un especialista que te aconseje al respecto estudiando los detalles de tu seguro. Porque, en determinados casos, sí habría posibilidades de cobrar. 

¿Se puede cobrar la pensión y el seguro de vida al mismo tiempo?

Sí, así es, porque la pensión que abona el INSS -o la mutua, en caso de contingencias profesionales- es 100% compatible con percibir un capital del seguro de vida (o de accidentes, como veremos más adelante).

Indemnización seguro de vida por incapacidad total o absoluta: importes

Pese a que la indemnización depende del capital contratado y las condiciones -no del tipo de seguro-, en uno vida puede situarse alrededor de 30.000 € para la incapacidad total, y de 100.000 € o más si el grado es de absoluta. Pero siempre has de informarte del montante exacto, que puede salirse de esa horquilla genérica.

Seguro de accidentes

Los seguros de accidentes no son como los de vida. Estos últimos, los de vida a secas, cubren el fallecimiento por causa natural, por accidente -independientemente de cómo sea el accidente- o por enfermedad. Por el contrario, los seguros de accidentes, como su nombre indica, únicamente engloban los accidentes. Por este motivo, los seguros de accidentes suelen ser más económicos que los de vida.

En otras palabras, solo te protegen ante lesiones por eventos fortuitos que no se salgan de esta definición: lesión corporal por causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado. Sin embargo, en esta línea se enmarcarían, si hablamos de incapacidad, los accidentes de trabajo y los accidentes no laborales. Ambos estarían cubiertos por un seguro de vida y accidentes. 

→ De modo que, si tu incapacidad proviene de la contingencia de accidente, sea o no laboral, y tienes esta modalidad de seguro, revisa concienzudamente tu póliza. Además, una ventaja de los seguros de accidentes es que en ellos hay bastantes posibilidades de que esté incorporada la incapacidad parcial, algo que en los de vida puede no suceder.

¿Cuánto paga este seguro por incapacidad permanente?

Comúnmente, en los seguros de accidentes, la cuantía varía conforme al grado de incapacidad obtenido.

Insistimos en que depende del capital que se contrata, entre otros factores. Por ello, a título meramente orientativo, para un seguro de accidentes individual básico los promedios pueden ser:

  • Incapacidad parcial ⇒ 5.000 – 30.000 €
  •  Incapacidad total ⇒ 25.000 – 50.000 €
  •  Incapacidad absoluta ⇒ 40.000 – 80.000 €
  •  Gran incapacidad ⇒ 60.000 – 120.000 €

Seguro "de invalidez"

Los llamados, desde hace años, seguros de invalidez, pueden parecer más específicos aún que los de accidentes o de vida, pero no es así.

Si buscas información sobre ellos te encontrarás con que la expresión 'seguro de invalidez' es solo un reclamo publicitario y, en realidad, hace referencia a la contratación de un seguro de vida -donde se resalta, sobre todo, la cobertura de la incapacidad permanente-.

Ojo a los contratos de tu hipoteca, préstamos y tarjetas bancarias

¡Atención! Pese a no haber contratado directamente un seguro de vida o de accidentes, puede que, sin saberlo o recordarlo, tengas uno asociado a una tarjeta de crédito o a un préstamo que pediste en su día (para la compra de un coche, por ejemplo). Y seguro es que lo tendrás si estás pagando tu hipoteca.

Contacta con tu banco y pide una copia de las pólizas que puedan estar a tu nombre, para verificar si dispones de alguna. Y, en caso afirmativo, para comprobar si contienen la cobertura de incapacidad permanente.

→ En este despacho hemos ganado un gran número de casos de incapacidad absoluta donde el seguro ha acabado pagando lo que le quedaba de hipoteca al pensionista, como el que puedes leer aquí

¿Qué es el seguro de convenio y cuándo puedes cobrarlo?

El llamado seguro de convenio es una póliza colectiva suscrita por la empresa para garantizar una mejora voluntaria pactada en convenio, consistente en el pago de un capital o renta si se produce la contingencia asegurada, como la incapacidad permanente o el fallecimiento, dentro de los límites y condiciones pactados.

En estos seguros, la empresa es la tomadora y el trabajador el asegurado y posible beneficiario si consigue una incapacidad.

Indemnización por seguro de convenio

La mala noticia en este punto es que el seguro de convenio solo cubre, generalmente, incapacidades por accidente de trabajo y enfermedad profesional, aunque en ocasiones también está incluida la enfermedad común si así se prevé. La clave es lo que disponga el convenio.

Y en lo que respecta a grados, como mínimo, suele estar cubierta la incapacidad permanente total, por ser el tipo de incapacidad que con mayor frecuencia conecta con la pérdida de la profesión habitual. Pero es muy corriente que también se extienda a la absoluta y a la gran incapacidad.

En cualquier caso, si te han reconocido una pensión de incapacidad, accede cuanto antes a tu convenio colectivo para corroborar si puedes cobrar una indemnización.

Seguro de convenio e incapacidad: ¿cuánto se cobra?

En los seguros de accidentes individuales, el capital asegurado también es el condicionante más importante. Pero si tenemos en cuenta la práctica habitual del mercado,  la indemnización por incapacidad total puede situarse en torno a 20.000 o 30.000 €.

Por su parte, en los supuestos de incapacidad permanente absoluta o gran incapacidad, la indemnización puede oscilar aproximadamente entre 40.000 y 60.000 €, en función de la póliza y del capital expresamente pactado.

¿Qué hago para cobrar mi seguro si me han dado una incapacidad?

Hasta aquí en este artículo te hemos explicado las opciones que puedes tener, pero la reclamación es harina de otro costal. No es nada fácil, y las aseguradoras son muy obstinadas a la hora de poner obstáculos en esta materia. 

Por este motivo, lo más aconsejable es que un abogado especialista en incapacidad estudie tus seguros y lleve a cabo la gestión de manera óptima.

Contacta con nosotros si lo necesitas.

Problemas que pueden hacer imposible una gestión fluida con la aseguradora

Una cosa es ver lo que te recomienda ChatGPT en lo tocante a los pasos a seguir -acerca de modo de actuar, plazos, documentación a aportar, argumentos...-, y otra muy diferente es que un abogado experto diseñe una estrategia para ti y la lleve a término. Eso supera ampliamente a la respuesta de una IA.

Por ejemplo, la aseguradora puede discutir el pago alegando que el tomador ocultó o declaró de forma inexacta datos relevantes en el cuestionario de salud, o que oponga que la incapacidad no encaja en la definición pactada. Sin olvidar otra fuente típica de conflicto: el impago de primas.

Asimismo, cuando existen varias pólizas para el mismo riesgo, la aseguradora puede entender que existe concurrencia de seguros para evitar un doble cobro.

En consecuencia, lidiar con este tipo de compañías es complicado, e implica un desgaste para los usuarios. Un experto sabrá decirte, según tu caso, qué puede ocurrir en la práctica, tus posibilidades. Y proceder de la manera idónea para que cobres la indemnización cuanto antes.

Cobrar pensión y seguro de vida

Conclusión

Quizá lo más llamativo de este post es que el seguro de vida de una hipoteca puede cubrir el pago del capital pendiente del préstamo hipotecario, pero esto solo sucede si el contrato contempla la incapacidad absoluta del titular, y no solo el fallecimiento.

En síntesis, cada póliza tiene mucha letra pequeña que hay que analizar si hablamos de incapacidad permanente y seguros. ¿Podrás cobrar doble, entonces? La respuesta es: si conseguimos superar las "pruebas" a las que nos someterá la aseguradora, SÍ. Porque, recuerda, son cobros totalmente compatibles.

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¡Hola! Mi nombre es Marc Nicolau y soy abogado especialista en Derecho Laboral y de la Seguridad Social con más de diez años de experiencia. Ayudo a mis clientes a encontrar una solución a sus problemas, ya sea consiguiendo el reconocimiento de una Incapacidad Permanente ante el INSS o los Juzgados o asesorándoles en casos de despido.

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