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Juicio por Incapacidad Permanente

La Incapacidad Permanente, en cualquiera de sus grados, hay que solicitarla al INSS. Pero en muchas ocasiones la respuesta a la solicitud es negativa. Cuando así ocurre, se puede recurrir a los juzgados para reclamar la pensión.

Sin embargo, esta gestión suele ser desestimada.

En esos casos, lo aconsejable el recurrir a los tribunales e interponer una demanda a la Seguridad Social, con la finalidad de que se celebre un juicio por incapacidad permanente.

Para que un juez ordene el reconocimiento de la invalidez.

Un juicio contra el INSS por incapacidad puede ser un proceso largo. Sin embargo, los resultados pueden hacer que la incertidumbre vivida mientras tanto se compense con la concesión de la pensión de incapacidad que el trabajador necesita.

Incluso si se pierde el juicio, se puede llevar el caso ante el Tribunal Superior de la Comunidad Autónoma correspondiente (y después al Tribunal Supremo) para seguir luchando por la prestación.

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Índice de contenidos

  1. Video
  2. Juicio de Incapacidad Permanente Total
  3. Informes médicos y profesiograma
  4. Celebración de la vista judicial
  5. La sentencia de Incapacidad Permanente
  6. Conclusión

Juicio de Incapacidad Permanente Total

Por vía judicial, se puede conseguir una pensión de incapacidad total, pero también de otro grado (parcial, absoluta o Gran Invalidez).

Pero la invalidez permanente total es un veredicto muy frecuente en las sentencias. Esto se debe a que, por naturaleza, es más complicado obtener una incapacidad absoluta o una Gran Invalidez -pese a que ocurre muchas veces-.

Y también porque, en la mayoría de demandas donde se reclama una absoluta, se suele hacer constar que, si dicho grado no es concedido, al menos se conceda el de total para el trabajo habitual. 

En cualquier caso, para llegar al momento del juicio hay que interponer en primer lugar una demanda de incapacidad ante los Juzgados de lo Social. Si esta se admite, efectivamente habrá una vista judicial. Si no, el asunto quedará cerrado y no habrá opción a que un tribunal condene al INSS bajo esa demanda. 

Cuando no es admitida una demanda, es posible interponer otra especialmente si ha habido un empeoramiento de la salud del trabajador. Aunque si es así, sería recomendable recabar nuevos informes médicos que confirmen el aumento de limitaciones, para justificar mejor la incapacidad.

Informes médicos y profesiograma 

Antes del juicio de incapacidad permanente, el abogado del demandante instará a su cliente a acudir de nuevo al especialista con el fin de obtener informes médicos actualizados. Y reunir cuantas pruebas diagnósticas pueda: informes, resonancias, radiografías, etc.

El objetivo es aportarlos en la vista judicial y demostrar así al juez que la incapacidad debe declararse fuera de toda duda. Los documentos han de ser claros, exhaustivos y contundentes. Y que plasmen las limitaciones funcionales que causan las enfermedades o lesiones. 

Otro elemento que resulta muy útil en un juicio contra el INSS por incapacidad es el profesiograma.

Un documento fundamental a preparar previamente para que el magistrado pueda acabar de decidir si la persona puede, o no, desarrollar una determinada actividad laboral teniendo un problema de salud concreto.

En un profesiograma se exponen las funciones que tiene un empleado en su puesto de trabajo. Y se detallan las aptitudes y capacidades para llevar a cabo ese tipo de tareas. 

Celebración de la vista judicial

Pero para la preparación del juicio normalmente se espera a que la demanda sea admitida. Será entonces cuando el juzgado señale una fecha para la celebración del juicio.

Sin embargo, el acto del juicio por incapacidad permanente puede tardar varios meses -alrededor de un año-. 

Durante la vista judicial, los letrados de ambas partes presentarán sus pruebas y argumentos. Si también hay testigos, estos declararán.

Y es posible que el juez recurra también al dictamen y las apreciaciones de un perito forense. Aunque la experiencia dice que el resultado del proceso judicial no depende únicamente de su opinión. 

La sentencia de Incapacidad Permanente

El Juzgado de lo Social, tras el juicio, dará la razón a una de las partes mediante una sentencia, reconociendo -o no- el grado de incapacidad reclamado.

Hay que recordar que también puede condenar a la Seguridad Social a dar la incapacidad pero en otro grado, el que subsidiariamente se haya pedido en la demanda en caso de no aceptarse la pretensión principal.

SI la parte que pierde el juicio es el INSS, es bastante habitual que, además de la pensión de invalidez, el juez exija que se abonen al trabajador los atrasos no percibidos desde la fecha de efectos fijada.

Porque una sentencia de estas características siempre indicará la fecha de efectos económicos de la incapacidad.

En cambio, si la sentencia no ha sido favorable al trabajador, se puede interponer un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Autónoma que corresponda.

Y si en esa instancia tampoco se vence a la Seguridad Social, se puede acudir al Tribunal Supremo mediante un recurso extraordinario de casación. Allí se dictará finalmente si el demandante tiene derecho a una pensión de incapacidad, y de qué tipo.

El INSS también puede recurrir. A pesar de que lo haga, tras la publicación de la sentencia tendrá que iniciar el abono de la pensión hasta que se resuelva el recurso en el Tribunal Superior de Justicia.

Aunque si el TSJ se muestra de acuerdo con la Seguridad Social, el demandante no tendrá de devolver las cantidades percibidas. Solo dejará de cobrar la mensualidad.

Conclusión

La formulación de una demanda de incapacidad permanente es primordial -y de ahí la necesidad de que el procedimiento lo gestione un abogado experto en materia laboral-, ya que si no se admite no habrá posibilidad de ganar al INSS ante los tribunales en esa ocasión.

Asimismo, puede suceder que el trabajador gane pero no obtenga el grado de incapacidad que necesita.

También en este supuesto se puede interponer un recurso al Tribunal Superior de Justicia y, si procede, después otro ante el Tribunal Supremo.

Por tanto, los Juzgados de lo Social a veces son solo un primer paso en el camino legal.

Preguntas frecuentes sobre el juicio por Incapacidad Permanente

Desde la admisión de la demanda, los juzgados señalan una fecha de juicio que puede suponer una espera de entre diez meses y un año, aproximadamente.

Lo habitual es solicitar al cliente una provisión de fondos para empezar el proceso. Y, cuando el procedimiento finaliza, se cobrará una cantidad de la que ya se habrá informado previamente.

Este tipo de prestación se debe solicitar al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Pero si ese cauce no da más que resoluciones negativas -en la solicitud y en la Reclamación Previa que se puede tramitar-, se puede acudir a un juez.

El EVI o Equipo de Valoración de Incapacidades, conocido como Tribunal Médico, examina la situación en la que se encuentra una persona para evaluar si puede, o no, poder llevar a cabo una actividad laboral tras una enfermedad o accidente.

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