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Juez reconoce Incapacidad Total por Insuficiencia Venosa y Lumbalgia Mecánica

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Juez reconoce Incapacidad Total por Insuficiencia Venosa y Lumbalgia Mecánica

Nuevo caso de éxito. Se declara una invalidez total por insuficiencia venosa y lumbalgia mecánica crónica con limitación para la bipedestación prolongada.

El problema

Nuestra cliente era operaria de envasado. Tenía diagnosticada lumbalgia mecánica crónica, además de problemas vasculares invalidantes y un trastorno adaptativo en tratamiento. El conjunto de estas enfermedades le impedía desarrollar su trabajo habitual.

Presentamos la solicitud ante el INSS  a fin de que el ICAM practicara valoración médica. El dictamen médico reconocía dichas patologías. A nuestro entender era merecedora del grado de invalidez solicitado.

Como era de esperar el INSS en su resolución dictaminó que no le reconocía a ningún grado de invalidez.

Ante esta situación presentamos reclamación previa ante el INSS que denegó nuevamente, tras lo que presentamos demanda judicial

Sentencia favorable del Juzgado de lo Social nº17 de Barcelona por Insuficiencia Venosa y Lumbalgia mecánica crónica.

La demanda se repartió en el Juzgado de lo Social nº 17 de Barcelona que tras la celebración del juicio dictó Sentencia desestimando nuestra demanda. El Magistrado ante las dudas decidió antes de dictar sentencia que un médico forense viera a nuestra cliente.

Tras la visita al médico forense así como nuestras alegaciones, el Magistrado entendió que sus patologías eran lo suficientemente invalidantes y que le impedían para realizar su trabajo al estar todo el tiempo de su jornada laboral en pie. 

La argumentación del Magistrado fue clara y concisa. Tal y como alegamos en nuestro recurso la clienta acreditaba el seguimiento y la gravedad de las enfermedades, así como la afectación para el desarrollo de su trabajo, estimando así nuestra demanda.

“Dicha pretensión debe ser estimada porque, como señala el forense, las patologías probadas impiden a la demandante todas aquellas actividades que comporten bipedestación prolongada.”

Actualmente nuestra cliente está cobrando la pensión por incapacidad permanente total.

Te adjuntamos la sentencia para tu conocimiento:

 

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