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Determinación de contingencias: Solicitud, Plazo, y Resolución

¿Quién determina la contingencia de una baja? ¿Quién determina la contingencia de una baja?

Si no estás de acuerdo con la contingencia específica que te ha asignado la mutua por tu baja médica, puedes formular una reclamación llamada determinación de contingencia.

En este artículo encontrarás información sobre el plazo para presentar la determinación de contingencias, y sobre el proceso hasta la resolución. Hablamos, por tanto, de recurrir e interponer esa determinación de contingencias.

Índice de contenidos

  1. Determinación de contingencias
  2. Plazo de la determinación de contingencias
  3. Resolución de la determinación de contingencias
  4. Conclusion

Determinación de contingencias de la Seguridad Social

El procedimiento para la determinación de contingencias del INSS se puede llevar a cabo a partir de la fecha de emisión del parte de incapacidad temporal, y el derecho a reclamar no se extingue hasta que hayan pasado cinco años. Y existen tres posibilidades en cuanto a la solicitud, como se observa a continuación.

La solicitud

  1. De oficio, es decir, a iniciativa del Instituto Nacional de la Seguridad Social, o bien a petición de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Aunque también lo puede pedir el servicio público de salud competente que en su caso gestione la asistencia sanitaria de la Seguridad Social, o el Instituto Social de la Marina para quienes estén afiliados a este régimen.
  2. Porque así lo exija la mutua o empresa colaboradora, si les compete.
  3. A instancia del trabajador, solicitándolo él o su representante legal.

Por tanto, cuando el empleado que está de baja no se muestra conforme con la contingencia que se le ha impuesto -por ejemplo porque fue un accidente de trabajo y en su baja aparece un accidente no laboral como causa- puede luchar él mismo por ese cambio. Muchas historias similares a esta se pueden leer en cualquier foro de determinación de contingencias.

El trámite

Se debe cumplimentar un formulario (que puedes descargar aquí), y entregar junto con la siguiente documentación:

  • DNI, pasaporte o NIE
  • Certificado de empresa donde consten las bases de cotización por contingencias profesionales
  • Información sobre la cotización propia de los últimos meses
  • Informe aportado por el empresario donde figure la actividad del contratado (horario, categoría profesional, etc.) y las circunstancias que se dieron en la fecha del posible accidente laboral, si lo ha habido.
  • Otros documentos que se considera relevante adjuntar.

La presentación se puede realizar por Internet a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, con certificado digital o con el sistema Cl@ve. Y si deseas hacerlo presencialmente, debes pedir cita al INSS para determinación de contingencias. Bien en el teléfono 901 10 65 70 o bien haciendo clic en este enlace.

Determinación de contingencias: plazos

Cuando la solicitud no ha sido de mano del propio INSS, sino del servicio público de salud competente, la mutua o a la empresa colaboradora, este comunicará a quien corresponda de ellos que se ha iniciado el expediente. Y les reclamará que, en el plazo límite de cuatro días hábiles, proporcionen los antecedentes relacionados e informen sobre la contingencia de la que consideran que deriva en realidad la patología o lesión, y los motivos.

En contrapartida, si la iniciativa ha sido del trabajador, la Seguridad Social se pondrá igualmente en contacto con él. En dicho supuesto, se cuenta con 10 días hábiles para aportar la documentación y formular las alegaciones que se estimen oportunas. Estas alegaciones en la determinación de contingencias son fundamentales, ya que es donde se han de reflejar los motivos de la posible modificación de contingencia.

Pero, aparte del plazo para solicitar la determinación de contingencias y que pueda arrancar correctamente el proceso, seguro que te interesa más saber cuándo recibirás la respuesta final. En este sentido, la resolución de la determinación de contingencia, que dicta el Director Provincial del INSS, en teoría tiene que emitirse en un plazo máximo de 15 días hábiles desde la aportación de la documentación. Dicho responsable se pronunciará basándose en un dictamen previo del Equipo de Valoración de Incapacidades. Lo que ocurre es que, en la práctica, este plazo se suele alargar mucho, y en ocasiones la resolución puede tardar hasta un año en llegar.

No obstante, mientras va transcurriendo todo el procedimiento, el interesado continuará percibiendo su prestación por incapacidad temporal.

La resolución, ¿qué puede pasar?

Siguiendo el ejemplo al que aludíamos antes, si la Seguridad Social responde confirmando que efectivamente ha sido un accidente de trabajo, como la baja respondía a una contingencia común y ahora se ha determinado que es profesional, la mutua abonará al trabajador la diferencia a su favor no cobrada anteriormente. Incluso tendrá que reintegrar a la Seguridad Social lo que esta había desembolsado cuando se pensaba que era común (una baja no provocada por el ejercicio del trabajo).

Demanda por determinación de contingencias

Por otro lado, si resulta que la resolución va contra del trabajador y este sigue sin estar de acuerdo, puede acudir a la vía judicial presentando una demanda ante los Juzgados de lo Social en el plazo de 30 días desde el día en que se notifica la resolución. Para el juicio, está permitido acumular todas las pruebas necesarias, así como testigos, peritos, correos electrónicos, etc. Con el fin de lograr una sentencia positiva de determinación de contingencias por accidente laboral o enfermedad profesional.

Conclusión

Puede ser que tuvieras una mala caída mientras trabajabas, o que hayas contraído una enfermedad debido a que tu profesión entraña un contacto con productos químicos. En uno y otro caso, y en muchos otros que pueden darse, si la mutua dispone que tu baja médica no es por contingencia profesional como lo debería ser, puedes reclamar. Para que en la determinación de contingencias se establezca que eso no es cierto, y la hasta ahora contingencia común se modifique a tu favor. Cobrarás más por tu baja laboral y a su vez te adelantarás a una posible petición de incapacidad permanente. Porque, entre otros aspectos, las contingencias profesionales conllevan que no se necesite una cotización previa a la hora de gestionar con el INSS una incapacidad laboral, mientras las comunes sí.

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Acerca de

¡Hola! Soy Jorge, abogado especialista en Derecho Laboral desde 2007 y socio director de Campmany Abogados, un proyecto que nació en 2009 fruto de mi interés en ayudar a enfermos o lesionados. Estoy licenciado en Derecho por la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona.

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