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El pago directo del INSS: ¿cuándo se cobra?

¿Cuándo paga el INSS? ¿Cuándo paga el INSS?

En este artículo examinamos con lupa la normativa del pago directo de la incapacidad temporal por la Seguridad Social, y te damos los pasos a seguir para realizar la solicitud de pago directo al INSS online.

Pero además de informarte sobre los trámites con la Seguridad Social, y de si siempre son necesarios, sabrás qué día paga el INSS el pago directo. Y qué debes hacer si tu situación es la de “el INSS no me ha pagado”.

Índice de contenidos

  1. Pago directo de la baja médica
  2. ¿Cuándo paga el INSS?
  3. ¿Cuánto tarda en pagar?
  4. ¿Qué hago si el INSS no me paga?
  5. Pago directo y control de la baja
  6. Conclusión

Pago directo de la incapacidad temporal por el INSS

En una baja médica, hay momentos en los que el trabajador cobra su prestación a través de una transferencia de la empresa, y otros en los que recibe el dinero directamente de la Seguridad Social. Esta segunda opción se denomina pago directo del INSS, aunque también puede proceder de la mutua, según corresponda.

Pero centrándonos en el pago directo de la incapacidad temporal por la Seguridad Social, que tiene lugar cuando la contingencia -origen- de la baja es común,  la cronología del proceso es la siguiente:

Pago directo INSS: enfermedad común

  1. Durante los tres primeros días de la baja médica el empleado no percibe ningún importe. Tanto si es enfermedad común como accidente no laboral, ya que ambas son contingencias comunes -no profesionales-. 
  2. La empresa se hace cargo del pago entre los días 4º y 15º de la baja, asumiendo el gasto.
  3. Desde el día número 16 comienza el pago delegado, es decir, la empresa sigue ingresando el dinero al trabajador pero se lo reembolsa la Seguridad Social. De este modo, el empresario solo hace una labor de intermediación. Y con la misma periodicidad que los salarios.
  4. Este pago delegado continúa hasta los 18 meses de baja, en caso de que la incapacidad temporal alcance dicha duración.
    • Antes de la Reforma de las Pensiones de 2023, la empresa solo era intermediaria hasta los 12 meses de incapacidad temporal. 
    • Pasado el primer año y medio de baja médica, el trabajador deja de cotizar
  5. Una vez se superan los 18 meses de baja, comienza el pago directo del INSS, en la prórroga hasta los 24 meses (o demora de calificación), si esta se concede.

A menudo, las empresas tienen contratado con la mutua el pago de las contingencias comunes, aunque en este supuesto las mutuas también actúan solo como intermediarias. 

¿Cuándo paga el INSS la incapacidad temporal?

Normalmente, lo hace de forma automática a partir de los 18 meses de baja. Pero si detectas que no recibes el abono de tu prestación, puedes realizar una solicitud de pago directo al INSS: online o pidiendo cita previa. 

Solicitud pago directo incapacidad temporal por Internet

En primer lugar, debes acceder a la web de la Sede Electrónica, que ofrece multitud de trámites con la Seguridad Social online. Después, haz clic en el apartado Ciudadanos, y a continuación en el epígrafe Incapacidad. Del listado de posibles gestiones (a la derecha), pulsa en Gestión de la prestación de incapacidad temporal

El sistema te llevará a una nueva pantalla donde ya podrás llevar a cabo la petición. Para ello, en la parte de abajo, encontrarás un botón naranja donde leerás Obtener acceso. Pinchando en él, verás que te permite identificarte de dos maneras: con Cl@ve permanente, DNI electrónico o certificado electrónico. Escoge una de las alternativas y ya podrás comenzar el procedimiento. 

Tendrás que cumplimentar un formulario de registro, con tus datos, y rellenar un documento llamado Pago directo de la incapacidad temporal, un pdf que tienes a tu disposición dentro del enunciado "Solicitud de incapacidad temporal". Todo ello es accesible desde la parte inferior de la pantalla donde te encuentras.

No obstante, también hay una manera de hacerlo online aunque no dispongas de una identificación electrónica en la web: https://tramites.seg-social.es/ 

Cita previa Seguridad Social sin certificado

Si prefieres hacer esta gestión presencialmente, puedes pedir cita previa con la Seguridad Social a través de este otro enlace de la Sede Electrónica, en el teléfono 901 10 65 70, o en el 91 541 25 30 (INSS teléfonos). Puedes rellenar allí mismo el modelo del pago directo, o llevarlo ya cumplimentado descargándolo previamente aquí

Asimismo, si no te quieres desplazar puedes enviar la documentación física firmada por correo ordinario.

¿Cuánto tarda en pagar el INSS la baja?

La Tesorería General de la Seguridad Social no suele demorarse en el pago directo de la incapacidad temporal. El INSS suele hacerlo cuando "toca" el siguiente abono mensual. Y si el periodo sin cobrar abarca más tiempo, los días pendientes se suelen percibir en la primera transferencia

Legalmente, no obstante, cuentan con 30 días para aprobarlo. Aunque también puede ocurrir que te falte algún documento por aportar. Si esto sucede, te avisarán para que lo entregues en el plazo de 10 días

¿Cuándo te tiene que pagar el INSS?

¿Qué día paga el INSS el pago directo? El pago directo del INSS por enfermedad común o accidente no laboral se realiza el último día hábil del mes, o si este es festivo, se efectúa el día inmediatamente posterior. En cualquier caso, lo más probable es que el desembolso se refleje en tu cuenta bancaria durante los primeros días del mes siguiente.

¿Qué hago si la Seguridad Social no me paga?

"¡El INSS no me ha pagado!" Si la Tesorería General de la Seguridad Social no abona tu prestación, debes reclamar. Y puedes hacerlo enviando un escrito online desde la Sede Electrónica. Te indicamos cómo:

Entra en la página web de la Sede y, tras seleccionar Ciudadanos, en el menú de la izquierda clica en Otros procedimientos. Ahora, en la lista de trámites, escoge Presentación de otros escritos, solicitudes y comunicaciones (Instituto Nacional de la Seguridad Social)

Igual que cuando solicitas el pago directo del INSS en la prórroga de los 18 meses, también te aparecerá un formulario que debes rellenar. Pero aquí es imprescindible que, en el recuadro Observaciones, comentes tu problema con el máximo de detalles. 

El pago directo al INSS también es recomendable que lo pidas si, pasados 24 meses de baja sin recibir una resolución, tu pagador es la mutua y dejan de abonarte las mensualidades.

Diferencia entre pago directo y que el control de tu baja pase al INSS

Antes de finalizar este post, es necesario recordar que, a pesar de que el pago directo de la incapacidad temporal de la Seguridad Social no comience hasta pasados los primeros 18 meses de baja, eso no impide que desde los 12 sea este organismo público quien controle tu baja.

Al sobrepasar el primer año de baja médica, el médico de cabecera deja de tener la potestad de ampliar tu baja o darte el alta. Desde los 12 meses de incapacidad temporal, esa competencia pasa al INSS. 

En este punto es importante destacar que ya no existe la revisión a los 12 meses de baja que antes se realizaba según la normativa (el pago directo comenzaba a la vez). Puede que no te convoquen hasta los 18 meses, aunque no descartes que en tu caso puedan hacerlo antes. 

Pago directo INSS: cuando pagan a los 18 meses, ¿cuál es mi situación?

Conclusión

El proceso de finalización de la incapacidad temporal es un aspecto importante a considerar para los trabajadores y empleadores. Después de 545 días naturales de baja médica, se inicia un expediente de incapacidad. El resultado de este puede ser el alta médica por curación con reincorporación al puesto, una prórroga de la baja hasta los dos años o una propuesta de incapacidad permanente. En este último caso, la suspensión de la relación laboral persiste, así como el pago por incapacidad temporal. Este procedimiento asegura que los trabajadores no se queden sin recursos económicos mientras se decide si se les concede o no una pensión de incapacidad permanente.

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Acerca de

¡Hola! Soy Jorge, abogado especialista en Derecho Laboral desde 2007 y socio director de Campmany Abogados, un proyecto que nació en 2009 fruto de mi interés en ayudar a enfermos o lesionados. Estoy licenciado en Derecho por la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona.

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