<img height="1" width="1" style="display:none" src="https://www.facebook.com/tr?id=1720405128179922&amp;ev=PageView&amp;noscript=1">

⚠ Recogida de firmas para pedir que se mantenga la compatibilidad trabajo-incapacidad en todos los grados. Firma aquí.

Valorar mi caso gratis

⚠ Recogida de firmas para pedir que se mantenga la compatibilidad trabajo-incapacidad en todos los grados. Firma aquí.

Lectura de 5 minutos

Pactar o forzar un despido para cobrar paro: la práctica y las consecuencias

¿Puedo forzar que me despidan para cobrar el paro? ¿Puedo forzar que me despidan para cobrar el paro?

Pactar un despido ¿es un fraude? ¿Está vigilado por la Administración? Hoy te contestamos a estas preguntas y a las relativas a forzar un despido para poder cobrar paro.

En cualquier caso, tanto el despido pactado como el hecho de forzar un despido tienen unas consecuencias que hacen tentadora la idea de llevarlas a cabo. Por eso te queremos informar al detalle si aspiras a negociar un despido objetivo o a provocarlo.

Índice de contenidos

  1. El despido pactado para cobrar paro
  2. ¿El despido pactado es delito?
  3. Provocar un despido improcedente
  4. Consecuencias de forzar un despido
  5. Qué ocurre si te descubren
  6. Conclusión

El despido pactado para cobrar paro

En nuestro país, la normativa laboral incluye un tipo de despido que no lleva aunado el cobro de indemnización por parte del trabajador, en ningún caso. Se trata del despido disciplinario que es, además, procedente. Por naturaleza, un cese disciplinario es el que se produce por una falta grave del empleado, a quien se le atribuye la “culpa” de ello. Este puede ser declarado procedente, improcedente o nulo. Y si es procedente significará que la decisión del empresario era justa. Por este motivo, no tiene la obligación de abonar ninguna clase de indemnización a la persona destituida (aunque sí finiquito, como puedes ver en este otro post). No obstante, no impide cobrar el paro, como sucede con cualquier clase de despido o finalización de contrato.

Este planteamiento resulta jugoso para algunas empresas y empleados que acuerdan un despido de mutuo acuerdo con paro. El afectado, normalmente con una buena relación con el empresario, negocia con él que en lugar de dimitir le echen mediante un despido disciplinario procedente. De esta manera, el contratador no paga indemnización alguna (como tampoco lo haría tras una renuncia del trabajador) y el contratado puede disfrutar del subsidio de desempleo -al que no tendría acceso si deja su puesto voluntariamente-. Un doble beneficio.

Como valor añadido, al trabajador no le afecta negativamente la existencia de un despido disciplinario en su carrera profesional, ya que no existe tal registro ni posteriores jefes que tenga pueden saber la causa de anteriores extinciones laborales.

¿El despido pactado es delito?

En pocas palabras, estamos ante una práctica fraudulenta. Un despido pactado sin indemnización, como el que hemos definido en el punto anterior, es sinónimo de fraude, y es delito. Pactar un despido con la empresa es, por tanto, ilegal. Y si se demuestra, acarrea consecuencias legales para ambas partes.

Con la normativa sobre la mesa, pactar un despido -amistosamente entre empleador y empleado- está tipificado como falta muy grave. ¡Para las dos partes! Es un falseamiento de documentos y un cobro indebido de prestaciones. Y podría haber un proceso penal por delito contra la Seguridad Social.

Pactar un despido: consecuencias

Un fraude no se puede “presumir”, sino que hay que probarlo; así lo ha confirmado la jurisprudencia. Pero si se acredita debidamente que se han arreglado los papeles para el paro, hay perjuicios para las partes. No es fácil, pero si se destapa los implicados pueden verse frente a las siguientes situaciones:

  • En primer lugar, el SEPE puede actuar (por vía administrativa) conforme a lo contemplado por la ley para exigir el reintegro de las prestaciones de desempleo indebidamente cobradas.
  • En segundo término, pero ya por la vía penal, los infractores pueden ser también multados, con una cantidad que dependerá de la cuantía defraudada. Sobre todo la empresa, que puede recibir una sanción. Y se pueden perder futuras subvenciones, así como el derecho a incentivos y beneficios fiscales durante un periodo que puede extenderse de tres a seis años. Así lo establece también el Código Penal, en su artículo 307.
  • Por último, el trabajador puede verse excluido del derecho a percibir cualquier prestación económica durante un tiempo.

Pero si, antes de que sea notificada oficialmente la iniciación de actividades inspectoras o la denuncia, los afectados devuelven los importes defraudados (con intereses), serán absueltos.

La otra práctica: provocar un despido improcedente

En la otra cara de la moneda, como señalábamos al comienzo de este texto, están los trabajadores que fuerzan su despido con determinados comportamientos. Sin que sea una negociación con la empresa. El objetivo es lograr que el empresario expida un cese disciplinario improcedente, lo que no es delito pero sí una situación delicada y no agradable de vivir en el día a día. Que requiere, además, suspicacia y tesón.

No hay que olvidar que si existe improcedencia, tanto en un despido objetivo como disciplinario, es que la destitución no proviene de un motivo justificado. Y por eso hay indemnización, que es lo que se busca. Aquí el trabajador avispado intenta que le echen por razones injustificadas legalmente. Porque si fuera procedente, por “culpa suya” (como en un acuerdo de despido para cobrar paro), ya no percibiría indemnización, pese a que sí tendría acceso al subsidio de desempleo si lo hubiera generado con sus cotizaciones.

¿Qué puede pasar al forzar un despido?

En este escenario, hay que pensar que quizá los intentos de desobediencia del trabajador no den el fruto esperado, ya que un despido no suele ser inmediato. A pesar de que, por ejemplo, no se ejecuten las labores del puesto correctamente de forma deliberada, entre otras posibilidades. Porque puede que el empresario dé previamente una o varias advertencias ante los comportamientos que ve. O que se le imponga una sanción (por ejemplo, días sin empleo y sueldo) sin llegar a echarle de la empresa. En definitiva, provocar un despido improcedente no es una labor sencilla.

En cualquier caso, ese empleado astuto, si acaba equivocándose en la manera de proceder para provocar un despido improcedente y se le entrega una carta de despido disciplinario procedente, se quedaría sin la indemnización (aunque puede haber personas que decidan prescindir de ella y solo provoquen su despido para beneficiarse del paro).

¡Pillados! ¡Puede pasar!

Que forzar un despido no sea un fraude como tal, no quiere decir que no puedan descubrir nuestras intenciones y actuar contra ellas. Ha habido casos en que un juez ha acabado liberando a la empresa de la indemnización -catalogando el despido improcedente como procedente- al demostrar los abogados del empresario que esa persona intentó primero negociar su despido para cobrar paro. Y que, después, al no obtener lo que deseaba, comenzó a no cumplir con sus obligaciones contractuales para provocar un despido improcedente.

En esta línea, se puede afirmar que todo lo que se relacione con intentar aprovechar las leyes laborales para el propio beneficio, no siempre acaba del todo como se espera.

Conclusión

Cómo forzar un despido, cómo plantear un despido pactado o cómo provocar un despido improcedente son búsquedas frecuentes en Google. Está claro que estás prácticas siguen a la orden del día. Sin embargo, quienes intenten negociar un despido con su empresa, deben saber que desde la reforma de la ley en 2013, hay ciertos controles para casos de despidos disciplinarios bajo acuerdo mutuo. El SEPE, en el momento que un trabajador acude a su oficina de empleo a pedir el paro tras un despido disciplinario, puede solicitar desde la intervención de la Inspección de Trabajo (para averiguar lo que ha ocurrido en realidad) hasta instar -aunque no obligar- al trabajador a que presente una demanda para impugnar su despido. Y ahí descubrirse el engaño. No obstante, esto no es habitual, al igual que no lo es que el SEPE descubra un delito de estas características y, aún menos, que lo corrobore con pruebas.

Se muestra una imagen de Marc Nicolau Hermoso
Acerca de

¡Hola! Mi nombre es Marc Nicolau y soy abogado especialista en Derecho Laboral y de la Seguridad Social con más de diez años de experiencia. Ayudo a mis clientes a encontrar una solución a sus problemas, ya sea consiguiendo el reconocimiento de una Incapacidad Permanente ante el INSS o los Juzgados o asesorándoles en casos de despido.

Si te han despedido o crees que van a hacerlo, no te conformes, reclamamos tu finiquito e indemnización si te corresponde.

¿Te han despedido o crees que van a hacerlo pronto?

Valoramos tu caso para verificar si tu despido ha sido injusto y reclamar tu finiquito e indemnización. Primera visita gratuita.

Solicitar asesoramiento

Comenta este artículo

Ver comentarios