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¿Qué pasa a los 12 meses de baja. ¿Quién paga después?

¿De quién cobraré al pasar más de un año de baja? ¿De quién cobraré al pasar más de un año de baja?

En este post analizamos qué ocurre al llegar a los 12 meses de baja, y te aclaramos quién te va a pagar después de un año de incapacidad temporal

Todo ello según los cambios que trajo consigo la Reforma de las Pensiones en cuanto a la incapacidad temporal.

Índice de contenidos

  1. ¿Qué pasa a los 12 meses de baja?
  2. ¿Quién paga después de los 12 meses?
  3. Cotización de la empresa tras 12 meses
  4. Llevo más de un año de baja médica
  5. Solicitar incapacidad a los 12 meses
  6. Conclusión

12 meses de baja: ¡adiós revisión!

Antes, el hecho de haber cumplido 365 días de incapacidad temporal despertaba las alarmas de la Seguridad Social, y comenzaba un procedimiento de revisión estipulado para estos casos. El afectado recibía una notificación para pasar por el tribunal médico (EVI, o SGAM en Cataluña). Pero esta normativa se modificó con la Reforma de las Pensiones que recogió el Real Decreto 2/2023. ¡Y esta convocatoria de revisión al año de baja ha desaparecido!

Antes de dicha reforma, tras la revisión de los inspectores médicos a los 12 meses de baja se abrían tres posibilidades: que se prolongara la baja un semestre más -hasta los 545 días-, que se diera el alta laboral o que se propusiera una incapacidad permanente

El protocolo desde mayo de 2023

Esta nueva forma de gestionar la situación de las personas que llegan al año de baja entró en vigor el 17 de mayo de 2023.

Ahora la legislación establece que si, una vez transcurridos 365 días, no se emite el alta médica de forma explícita, se considerará que el trabajador está ya en prórroga de incapacidad temporal (y, en principio, hasta lo 18 meses a no ser que haya una revisión con alta antes).

¿Quién me paga después de 12 meses de baja?

Si finalmente la Seguridad Social no te da el alta al año y pasas automáticamente a la prórroga, hay diversos aspectos de importancia que debes tener en cuenta. Uno de ellos es que el control de tu incapacidad temporal pasa al INSS. El médico de cabecera ya no podrá darte más partes de baja, y tampoco la mutua en caso de contingencias profesionales. 

El pagador: cambios 2023

Antes del 17 de mayo de 2023, por regla general, la empresa dejaba de pagar por pago delegado. Y al año de baja empezaba el sistema de pago directo.

Por tanto, era la mutua -en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional- quien transfería directamente las mensualidades por incapacidad temporal. O la propia Seguridad Social si se trataba de una enfermedad común o de un accidente no laboral.

Sin embargo, con la nueva ley, tras superar los 12 meses de baja ¡la empresa continúa realizando el pago delegado! Y lo debe hacer hasta que se dé el alta médica, se reconozca una incapacidad permanente o se llegue a los 18 meses de incapacidad temporal. Si es tu caso,  en este enlace puedes acceder a la petición online del pago directo.

En conclusión, el pago directo solo se inicia, en la actualidad, si se produce una demora en la calificación después de los 18 meses.

¿Qué día se cobra el pago directo?

Lo habitual es que la entidad pública ordene el pago el último día laborable del mes. Aunque, si dicho día es festivo, lo hará 24 horas antes. Después se reflejará en tu cuenta bancaria al día siguiente o a los dos días, dependiendo de tu banco y sin contar los fines de semana ni festividades.

¿Cambia la cuantía tras un año de baja?

En algunos casos sí y en otros no. Si tu empresa no ampliaba el importe de tu incapacidad temporal (el 75% de tu base reguladora) con un complemento económico, continuarás entonces percibiendo la misma cantidad -ese 75%-. Pero si lo hacía, mantendrá ese plus por su parte, razón por la que continuarás cobrando del 100% (ya que lo normal es que ellos aporten el 25% que falta). Por tanto, en cualquiera de estas dos circunstancias seguirás cobrando un importe idéntico.

Lo que sucede es que, en ocasiones, las empresas por convenio tienen delimitado el plazo de tiempo en el que se realiza este desembolso extra. Y si en dicho documento consta que más allá del año de baja a esta no se sumará ningún complemento económico. En ese caso, de cobrar el 100% pasarás al 75%. No obstante, lo habitual es que no haya límite de tiempo o el complemento se abone hasta los 18 meses de baja.

Cotización de la empresa tras 12 meses de baja

Pasemos ahora al capítulo de la cotización. Contrariamente a lo que ocurre a los 18 meses de baja, momento en que la empresa deja de cotizar por ti porque no tiene obligación de ello, pasado el año de baja médica el empresario sí seguirá cotizando en tu nombre. No existiendo, en consecuencia, ni finiquito ni indemnización alguna.

En esta línea, has de saber que tu contrato de trabajo sigue vigente. Solo quedará en suspenso si llegas al año y medio de baja y se deja de cotizar por ti en la empresa, aunque eso tampoco significa que te despedirán, ya que el puesto no se pierde por esa suspensión.

La cotización es muy importante de cara a la futura jubilación o a una posible pensión de incapacidad permanente. Porque la base reguladora, a partir de la cual se halla la cifra de la pensión, está directamente relacionada con determinados periodos cotizados, según el caso.

“LLevo más de un año de baja médica...”

Si has superadio los 12 meses de baja, y estás en el mes 13 o 14, por ejemplo, recuerda que eso significa que tienes concedida la prórroga automática de los 18 meses, según obliga la última normativa al respecto que te hemos explicado en este post. Por lo tanto, continuarás percibiendo tu prestación por baja médica

¿En qué situación quedo respecto a la Seguridad Social?

Si te preocupa tu relación administrativa con la Seguridad Social como afiliado, puedes estar tranquilo. Porque seguirás estando en situación asimilada al alta, como en cualquier otro momento de tu baja médica.

Solicitar incapacidad permanente a los 12 meses de baja

Si piensas que podrías ser beneficiario de una pensión de incapacidad permanente y no quieres esperar al expediente de oficio que el INSS inicia a los 18 meses de incapacidad temporal -donde estudian si eres merecedor de una pensión-, puedes tomar el camino de solicitar por tu cuenta la pensión

Porque una baja que se amplía más y más en el tiempo no es sinónimo de que se vaya a conceder una incapacidad laboral. Por eso existe la posibilidad de que sean los propios trabajadores los que soliciten unilateralmente esta clase de pago mensual, que puede llegar a ser de por vida.

Conclusión

Cuando el calendario te marque 12 meses de baja, recuerda que la empresa seguirá siendo intermediaria en la retribución de tu incapacidad temporal durante los siguientes meses. Pero el control quedará ahora en manos de la Seguridad Social y sus inspectores. Y respecto a la inspección médica, antes de la modificación de la ley, alcanzar el año de baja era un momento crucial por la revisión del tribunal médico. Pero no olvides que desde mayo de 2023 no es así, y si no te dan el alta expresamente, podrás continuar en situación de incapacidad temporal desde los 12 meses en adelante. 

Se muestra una imagen de Jorge Campmany
Acerca de

¡Hola! Soy Jorge, abogado especialista en Derecho Laboral desde 2007 y socio director de Campmany Abogados, un proyecto que nació en 2009 fruto de mi interés en ayudar a enfermos o lesionados. Estoy licenciado en Derecho por la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona.

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