La Seguridad Social le dio el alta médica a nuestra cliente el 1 de agosto de 2.014 por entender que estaba apta para realizar su profesión. Sin embargo, debido a la depresión que sufre no podía ni puede realizar su trabajo. Llevaba de baja desde diciembre de 2.013 y no se había recuperado, por lo que nos encargó que demandaramos a la Seguridad Social.
La primera victoria
Presentamos demanda contra el alta médica de agosto de 2.014 y finalmente el Juzgado de lo Social nº 4 de Barcelona estimó nuestra demanda declarando en Sentencia de fecha 22 de septiembre de 2.014 el alta como indebida, por lo que la trabajadora pasó a estar en situación de baja nuevamente.
Denegación de la incapacidad permanente
Pasaron los meses y se solicitó la incapacidad permanente que fue denegada por el INSS en diciembre de 2.014. El INSS denegó la prestación de incapacidad permanente absoluta alegando que la cliente padecía un "trastorno depresivo-ansioso, en tratamiento psico-farmacologico" que no tenía limitación funcional, y que por lo tanto podía trabajar. Igual que con el alta médica, desde el despacho recomendamos a nuestra cliente presentar demanda contra la resolución denegatoria porque no estaba en condiciones de trabajar.
Juicio
Presentamos la demanda correspondiente que por turno de reparto correspondió al Juzgado de lo Social nº 17 de Barcelona que en fecha de 25 de febrero de 2.016 dictó sentencia reconociendo la incapacidad permanente absoluta a nuestra cliente. El juez en uso de sus facultades solicitó el informe psiquiátrico forense del Insituto de Medicina Legal de Cataluña que concluyó la tesis planteada por nuestro despacho. El diagnóstico que se recogió fue el de
"Trastorno depresivo mayor recurrente injertado en una personalidad con rasgos desadaptativos perteneciente al cluster B."
Es un nuevo caso de éxito del despacho de incapacidad por trastorno depresivo mayor.
Os dejamos copia de la Sentencia para que podáis leerla: