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¿Te pueden despedir estando de baja?

¿Es legal que me despidan por una baja? ¿Es legal que me despidan por una baja?

En este post vamos a aclarar si, legalmente, estando de baja médica te pueden despedir. Y te explicamos cómo actuar si tu empresa te echa mientras estás en situación de baja médica

Como especialistas en Derecho Laboral, abordaremos los dos escenarios más comunes: bajas de larga duración y ausencias por incapacidad temporal más cortas y justificadas.

Índice de contenidos

  1. Despido por baja de larga duración
  2. Despido de baja por accidente laboral
  3. Despido nulo estando de baja
  4. Qué pasa si no me readmiten
  5. Quién me paga si me despiden
  6. Despido por baja de corta duración
  7. Qué hacer si te despiden de baja
  8. Conclusión

Despido por baja laboral de larga duración

¿Son legales los despidos estando de baja? Sí, efectivamente, aunque muchos piensan que no. Un empresario puede emitir un despido mientras el trabajador se encuentra en situación de baja médica, pero no por esa razón. La ley garantiza el derecho a la salud, y, por tanto, el despido por estar de baja podrá ser nulo porque vulnera uno de los derechos fundamentales de los empleados. Sin embargo, lamentablemente, esta es una realidad demasiado frecuente en casos de baja de larga duración, aunque también ocurre en bajas médicas justificadas más cortas. 

Por tanto, el motivo no puede ser únicamente que la persona está en proceso de incapacidad temporal; tendría que ser otro que diera validez al cese, es decir, una causa justificada. Pero si no es así, el despido sería considerado nulo. Aunque, para que esto sea posible, siempre hay que reclamar, como te contaremos al detalle en este artículo. Porque solo un juez puede dictar la nulidad de un despido.

¿Por qué actúa así la empresa?

A las empresas les supone un coste que su personal esté de baja. Deben seguir pagando la cotización a la Seguridad Social y, en ocasiones, contratar a un tercero para que realice sus tareas, entre otros gastos -como el propio sueldo los primeros días de baja-.

En consecuencia, algunos empresarios deciden prescindir del afectado en estas circunstancias con el fin de ahorrar. O fuerzan mediante presiones a coger el alta médica.

¿Me pueden echar estando de baja por accidente laboral?

La respuesta a esta pregunta también es afirmativa. El despido estando de baja por accidente laboral se rige por las mismas normas que acabamos de ver, es decir, no hay diferencias específicas por tratarse de un accidente de trabajo. También sería calificado como nulo si el único pretexto es estar atravesando un periodo de incapacidad temporal.

Recordemos que el accidente laboral es una de las cuatro contingencias de la baja médica -y también de la incapacidad permanente-. Las tres restantes son: enfermedad común, accidente no laboral y enfermedad profesional. 

Despido estando de baja con contrato temporal o indefinido

Tampoco aquí es relevante el tipo de contrato que haya firmado el empleado que ha sido despedido por el motivo que estamos analizando. No hay una regulación concreta para un despido estando de baja con un contrato temporal o para un despido estando de baja con un contrato indefinido. Seguiríamos estando ante una posible reclamación por nulidad del despido.

Consecuencias del despido nulo en periodos de baja

La reincorporación

Ya has visto que estando de baja te pueden despedir. Pero esto tiene consecuencias. La primera de ellas, si finalmente los tribunales consideran que el despido es nulo, es que el empresario tendrá la obligación, salvo que se negocie otro tipo de acuerdo, de readmitir al trabajador en su puesto. ¡En el plazo de tres días y sin que varíen las condiciones del contrato laboral!

Si no hay posibilidad de readmisión, por ejemplo si el negocio ha cerrado, un juez puede fallar estableciendo la improcedencia en lugar de la nulidad. Si esto sucede, en lugar de la recolocación se recibe una indemnización por despido improcedente. 

Los salarios de tramitación

Continuando con los despidos estando de baja que acaban siendo nulos con recolocación, hay otra consecuencia: una cantidad económica que ha de cobrar el empleado destituido en concepto de salarios de tramitación. Dichos salarios son los que se han dejado de percibir desde la fecha del despido hasta la readmisión, por no haber estado en activo.

Pero, ¿qué pasa si durante ese tiempo has estado cobrando la prestación por desempleo? No olvides que el despido es efectivo aunque procedas a reclamar posteriormente. En ese supuesto, tendrás derecho a los salarios de tramitación pero el empresario restará de ellos lo que hayas percibido en concepto de paro, y lo devolverá al SEPE.

Indemnización adicional por daños y perjuicios

En algunas ocasiones, es posible conseguir una indemnización a la par que se vuelve al puesto de trabajo, pero no es fácil salvo que un abogado especialista en Derecho Laboral luche por ello y presente esta petición previamente en el organismo de mediación, arbitraje y conciliación (del que hablaremos en siguientes puntos), y no siempre se obtiene. De nuevo, es el juzgador quien decide. De cualquier modo, esta indemnización se puede reclamar si se demuestra que el hecho ha causado daños y perjuicios graves.

¿Y si la empresa no quiere readmitirme o yo me niego?

Cuando el empresario no acepta la reincorporación, o lo hace pero en condiciones distintas a las originales, se puede solicitar lo que se denomina “ejecución regular del fallo”. Para exigir la vuelta al puesto de trabajo cuentas con un plazo de 20 días -una vez pasen tres días desde la fecha fijada para la readmisión-.

Tras ello, las partes son convocadas a una reunión llamada “incidente de no readmisión”. Una vez allí, se requerirá al empresario que cumpla con su obligación dentro de los cinco días siguientes. 

Pero supongamos que la realidad es que eres tú quien no quiere volver a la empresa. Si esa es tu preferencia, puedes eludir la readmisión pero perderás el cobro de los salarios de tramitación.

Te pueden despedir estando de baja, ¿pero quién te paga?

Independientemente de que el despido se reclame, aspecto que seguiremos ampliando más adelante, debes tener claro que solo seguirás cobrando tu prestación por baja médica si has generado paro. De lo contrario, percibirás, como máximo, 480 €, es decir, el 80% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, que en 2023 asciende a 600 € al mes). Pero esta normativa tiene algunos matices:

Enfermedad común o accidente no laboral

Si has devengado desempleo contributivo, la encargada de abonar tus mensualidades será la Seguridad Social -si la contingencia es accidente no laboral o enfermedad común-. Y continuarás cotizando. Aunque no olvides que tu paro seguirá consumiéndose, y que la cuantía de la baja se reducirá a lo que te corresponde de paro.

Accidente laboral o enfermedad profesional

Cuando el origen de la situación de baja médica es un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, será la mutua la responsable del pago. Y existen dos ventajas: el paro no corre y el importe sigue siendo el mismo. Aunque, también hay una mala noticia, porque en este escenario no se cotiza.

¿Y si se me agota el paro?

Llegado ese momento, dejarás de cotizar. Pero la Seguridad Social comenzará a ingresarte otra cantidad, como máximo y hasta que obtengas el alta médica, los 480 € antes mencionados.

Despido por baja médica justificada de corta duración

Analizar los despidos estando de baja por enfermedad o accidente, nos lleva a otra cuestión muy importante, que ya señalábamos en la introducción de este texto: cuando las ausencias por incapacidad temporal no constituyen una baja de larga duración y, además, están debidamente justificadas. En este sentido, el Real Decreto-ley 4/2020, de 18 de febrero, derogó la letra d) del artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores. De esta forma, se eliminaba una posibilidad que antes sí existía: echar a alguien por estar de baja menos de 20 días. El requisito para que la empresa pudiera hacerlo era que las faltas alcanzasen cierto porcentaje de su jornada en un periodo determinado. ¡Aunque estas se justificaran correctamente! 

Los despidos masivos que provocaba este fragmento de la ley hicieron necesario que se corrigiera el texto que regulaba las ausencias por incapacidad temporal de corta duración. Gracias a la derogación, una empresa ahora no puede despedir legalmente a un trabajador por una baja médica justificada menor a 20 días. 

El Real Decreto-ley 4/2020 menciona especialmente a los trabajadores con discapacidad y a las mujeres, que históricamente han sido siempre los más susceptibles de necesitar bajas médicas más habitualmente.

Otra posibilidad: Despido por viajar estando de baja

No puede faltar en este análisis la respuesta a si se puede viajar estando de baja médica. En este aspecto, lo esencial es que lo autorice tu médico de cabecera. Si lo hace, no deberías tener ningún problema con tu empresa (ni tampoco con el INSS o la mutua).

Y si el empresario te echa por esa razón, también tendrás posibilidad de reclamar y solicitar un despido nulo.

¿Qué tengo que hacer si me echan estando de baja?

Aunque lleven las de perder, como estando de baja te pueden despedir, si los responsables de la empresa deciden enviarte una carta de despido durante tu incapacidad temporal, la clave es que firmes los papeles que te entreguen como NO CONFORME, para dejar una vía abierta a reclamar

El primer paso para realizar una reclamación es interponer una papeleta de conciliación. Si te preguntas "dónde tengo que ir si me despiden estando de baja", el sitio correcto es el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación). Aunque de ello se puede encargar un abogado especialista en Derecho Laboral, sin necesidad de que lo gestiones tú directamente. De hecho, se puede tramitar telemáticamente.

El paso siguiente es negociar un acuerdo con la empresa que evite un proceso judicial, y es lo que se intenta en el acto de conciliación, una cita en el juzgado a la que no deben faltar ambas partes-pero que no es un juicio-. En el propio acto no se discute nada, solo se levanta un acta tras lo conversado previamente entre los abogados de cada parte.

¿Qué tengo que hacer si me echan estando de baja? La fase final

Por último, si no se llega a un consenso, se puede presentar una demanda judicial. Pero no es posible demandar a una empresa por un despido estando de baja por accidente laboral u otra causa sin pasar antes por el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

Para presentar la demanda en los juzgados no se puede superar el plazo de 20 días hábiles desde la notificación del despido. Pero, para que esto sea factible, el cómputo de días que se paraliza durante el tiempo que dure el procedimiento de la conciliación.

Te pueden despedir estando de baja, pero asesórate

Conclusión

¿Me pueden despedir estando de baja por accidente laboral? ¿Dónde tengo que ir si me despiden estando de baja? En este post hemos resuelto estas y otras dudas, pero si lo que necesitas es asesoramiento profesional personalizado, te recomendamos que te informes de nuestro servicio de Despidos, que incluye una primera visita gratuita.

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Acerca de

¡Hola! Mi nombre es Marc Nicolau y soy abogado especialista en Derecho Laboral y de la Seguridad Social con más de diez años de experiencia. Ayudo a mis clientes a encontrar una solución a sus problemas, ya sea consiguiendo el reconocimiento de una Incapacidad Permanente ante el INSS o los Juzgados o asesorándoles en casos de despido.

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