La malformación de Arnold Chiari, también conocida simplemente como Chiari, es un trastorno congénito del cerebro que implica un desplazamiento anormal del tejido cerebral hacia abajo, esparciéndose hasta el canal donde se aloja la médula espinal. Dependiendo de la gravedad, esta patología puede afectar significativamente a la calidad de vida de una persona, como le sucedía a nuestra cliente, a quien la Seguridad Social le denegaba su derecho a una incapacidad permanente.
Mareos, inestabilidad y cefaleas
Raquel ejercía como administrativa, pero tenía muchas dificultades para llevar a cabo su trabajo debido a su condición médica. La malformación de Arnold Chiari que ella padece, de tipo 1, le provoca mareos, sensación de inestabilidad y cefaleas constantes. Y también tiene cervicoartrosis diagnosticada. Así lo constató el propio tribunal médico cuando evaluó su caso en 2020.
Sin embargo, la Dirección Provincial del INSS de Madrid rechazó la solicitud de incapacidad permanente presentada previamente por la trabajadora. La justificación: las lesiones que sufría no alcanzaban un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral para ser consideradas incapacitantes.
La situación de Raquel en aquel momento era desesperanzadora, ya que, además, la enfermedad de Chiari desencadenó en ella una sintomatología ansioso depresiva. Ese conjunto de circunstancias hizo de tuviera de dejar su empleo.
El informe médico que lo cambió todo
Pero esta administrativa no se dio por vencida y decidió llevar su caso ante los tribunales. Y cuando se puso en contacto con nuestro bufete de abogados, vimos que era viable que ganara. Una vez en los juzgados, demostramos que su estado de salud dificultaba enormemente el desempeño de su profesión habitual. La prueba clave fue un informe hospitalario donde se desaconsejaba que la paciente mantuviera "una postura fija y mantenida" -¡la propia de su trabajo!-. Asimismo, en el documento se indicaba que no era recomendable una cirugía cervical.
En conclusión, esta trabajadora, al mantener una posición estática durante su jornada laboral, veía que sus síntomas empeoraban y, por descontado, no rendía lo suficiente.
Incapacidad Total de más de 2.200 €
En la sentencia que se emitió tras el juicio, la jueza determinó que Raquel no podía llevar a cabo sus tareas administrativas de manera eficaz. Por ello, condenó a la Seguridad Social a abonarle una pensión de incapacidad permanente total. Dicha prestación conlleva el cobro del 55% de la base reguladora, pero si el afectado tiene más de 55 años y está desempleado, el porcentaje aumenta hasta alcanzar el 75%. Y Raquel encajaba en ese perfil, pudiendo cobrar, por tanto, ese 20% extra.
En consecuencia, con esta resolución judicial conseguimos que nuestra defendida comenzara a cobrar una pensión mensual de 2.210,09 € (el 75% de su base reguladora, la cual ascendía a 2.946,79 €). Una compensación justa acorde a su situación. No obstante, si ella lo deseara, podría realizar trabajos más ligeros y menos estáticos, compaginando esos ingresos con su prestación de incapacidad; solamente se le restaría el 20% adicional antes mencionado.
Lee o descárgate la sentencia original aquí: