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Incapacidad Total tras ser despedida por sufrir una depresión provocada por su trabajo

Incapacidad Total tras ser despedida por sufrir una depresión provocada por su trabajo

Esta sentencia subraya la importancia de considerar no solo las limitaciones físicas, sino también las limitaciones psicológicas y emocionales cuando se trata de reconocer la incapacidad permanente de una persona. Julieta cayó en una depresión debido a los conflictos laborales que tenía en su trabajo. De hecho, acabó siendo despedida. Pero ahora tiene una pensión que le permite tener ingresos e, incluso, poder ejercer otras profesiones distintas a la suya, a la que tenía fobia diagnosticada psiquiátricamente.

Bajas médicas y despido

Julieta trabajaba como jefe de línea en una compañía de transportes de San Sebastián. Pero su situación dio un vuelco a partir de 2017, cuando fue diagnosticada de trastorno ansioso depresivo. Dicha patología estaba directamente relacionada con su experiencia en el entorno laboral, lo que afectó significativamente a su salud mental y bienestar general.

La situación de esta trabajadora empeoró, y pasó por varios periodos prolongados de incapacidad temporal. Finalmente, en 2021, su empresa tomó la decisión de despedirla alegando ineptitud sobrevenida. El empresario alegaba que había dejado de ser capaz de realizar su actividad laboral a causa de su enfermedad, y ya no podía llevar a cabo correctamente las tareas esenciales de su puesto.

La gravedad de su depresión

El INSS denegó a Julieta su derecho a una incapacidad permanente. Tras esta negativa, ella presentó una reclamación administrativa previa, que también fue desestimada. Sin embargo, en realidad su situación de salud era muy invalidante. Padecía una depresión agravada con apatía y anhedonia -imposibilidad de disfrutar de las actividades o situaciones que en el pasado sí le resultaban placenteras-. A esto se sumaba una gran angustia y una reacción fóbica específica hacia el trabajo, la cual desembocó en fobia social. 

Este cuadro clínico dificultaba su capacidad de concentración, lo que se traducía en una notable lentitud tanto en su procesamiento mental como en sus habilidades motoras. 

El juicio en San Sebastián

Tras interponer la demanda, el juicio se celebró en el Juzgado de lo Social nº 3 de Donostia-San Sebastián. Allí el juez evaluó el caso y estudió detenidamente los informes médicos que aportamos. Entre ellos incluimos también los elaborados por los psiquiatras que habían estado tratando a nuestra cliente en Francia desde 2017, y fueron cruciales.

Dichos documentos respaldaban su incapacidad para desempeñar su profesión, caracterizada por altos niveles de estrés, concentración y organización. Pensemos que nuestra defendida era la responsable de contratar cargas, dar instrucciones a los conductores y coordinar operaciones, entre otras gestiones de suma relevancia para el funcionamiento del negocio.

Pensión de más de 1.200 € al mes

En consecuencia, el tribunal determinó que esta empleada cumplía con los requisitos legales para recibir una incapacidad permanente, concretamente en grado de total. Y condenó a la Seguridad a abonarle una prestación económica del 55% de su base reguladora, lo que resultó en una pensión mensual de 1.214,43 €.

De este modo, quedó claro que esta especialista en transportes tenía dificultades muy significativas para seguir desarrollando su ocupación habitual. Pero el juez consideró que Julieta podía compatibilizar los ingresos de su pensión con otros derivados de "profesiones sencillas, livianas o sedentarias", algo perfectamente posible con la incapacidad permanente total que le fue concedida.

Consulta o descarga directamente la sentencia a continuación:

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