¿Qué es una pensión de Incapacidad Permanente Total?
Antes de empezar a detallar las cifras de las pensiones mínimas para 2023, vamos a aclarar qué es una pensión de incapacidad permanente total, y las diferencias de dicho grado de incapacidad con la incapacidad permanente absoluta. La incapacidad total es una prestación contributiva de la Seguridad Social que se concede cuando un trabajador no puede seguir desempeñando su actividad laboral habitual a causa de una enfermedad o lesión. El objetivo es compensar la pérdida de ingresos que sufre un trabajador por este motivo.
Pero con una incapacidad permanente total se puede continuar trabajando, eso sí, en un empleo que sí sea compatible con las lesiones del pensionista.
En cuanto al pago, este consiste en una mensualidad del 55% de la base reguladora calculada para la pensión. Aunque si el titular ya ha cumplido 55 años y no está activo en el mercado de trabajo, o percibiendo una prestación por desempleo -generado por un trabajo compatible-, este porcentaje aumenta hasta el 75% (un 20% más).
En ambos casos, y si no se han alcanzado los 60 años de edad, también se puede solicitar al INSS que no efectúe el ingreso mensualmente, sino que lo haga en un abono único a modo de indemnización. Aunque para poder disfrutar de esta ventaja es necesario estar que no haya previsión de curación y estar trabajando en una ocupación compatible con la incapacidad; o demostrar que se prevé hacerlo.
El origen de la incapacidad: contingencias
Una incapacidad puede estar derivada de enfermedad común, enfermedad profesional, accidente de trabajo o accidente no laboral. Esto sucede con todas las pensiones de incapacidad permanente, no solamente con la incapacidad permanente total. Las cuatro contingencias que acabamos de enumerar pueden ser causa de cualquier grado de incapacidad reconocido.
¿Qué significa el concepto de 'pensión mínima?
La base reguladora a la que se aplica el 55% antes mencionado para hallar el importe de la pensión por incapacidad permanente total se calcula a partir de las cotizaciones del ciudadano, entre otros factores. Pero, en muchas ocasiones, la cantidad resultante es demasiado baja. Para dichos casos, el Estado establece cada año unas cifras mínimas para asegurar una correcta calidad de vida a los afectados.
No obstante, esas cantidades no son generales para todas las personas, porque la cuantía depende del resultado de aplicar la fórmula matemática del llamado ‘complemento a mínimos’. En realidad, las pensiones mínimas son una referencia o variable que se utiliza en la aplicación del mencionado complemento, que es el método para calcular la verdadera pensión mínima que corresponde a cada uno. Pero si esa referencia sube, como por ejemplo este año un 8,5%, también asciende el resultado de la operación matemática del complemento a mínimos y, en consecuencia, la pensión mínima final.
Asimismo, tampoco todos los beneficiarios de una pensión cobrarán de forma garantizada la pensión mínima. Hay que cumplir unos determinados requisitos para poder beneficiarse del complemento a mínimos.
Requisitos para cobrar el complemento a mínimos
- No haber obtenido ganancias por “rendimientos del trabajo, del capital o de actividades económicas y ganancias patrimoniales, o pensiones de una entidad extranjera, de acuerdo con el concepto establecido para dichas rentas en el y computados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley General de la Seguridad Social”, que sean mayores a 8.614 € al año (cifra actualizada para 2023). Aunque este tope se incrementa hasta los 10.048 € si el titular tiene cónyuge a cargo.
- Residir en España. Y si sueles viajar al extranjero, tus estancias han de ser de 90 días al año como máximo al año. O que estén justificadas por una enfermedad..
Una vez aclarado este aspecto, veamos cuáles son las pensiones mínimas para la incapacidad total, que varían según la edad del beneficiario y de su unidad de convivencia.
Pensión mínima de Incapacidad Total para menores de 60 años
Quienes no hayan cumplido aún los 60 años, y si su incapacidad está derivada de enfermedad común, en 2023 tienen derecho a cobrar un mínimo de 577,30 € al mes en 14 pagas (8.082,20 € al año). Siempre, recordemos, aplicando esta cifra después en la fórmula del complemento a mínimos.
En este caso, es indiferente si el pensionista tiene cónyuge o constituye una unidad económica unipersonal, pero no es así en el resto. Prosigamos.
Pensión mínima de Incapacidad Total con edad entre 60 y 64 años
Con este grado de incapacidad reconocido, el de total, la pensión mínima para este año para quienes tengan una edad entre 60 y 64 años es de 905,90 € mensuales (12.682,60 € anuales) si tienen cónyuge a cargo.
En segundo lugar, si el receptor de la prestación no tiene cónyuge -unidad económica unipersonal- el mínimo es de 732,6 € al mes, o 10.256,40 € al año.
Por último, si existe cónyuge pero este no depende económicamente del titular de la pensión, la pensión mínima de incapacidad total con una edad entre 60 y 64 años desciende hasta 692,50 €/mes: 9.695 €/año.
Hablar de cónyuge aquí no significa que la prestación sea abonada a varios beneficiarios. Únicamente es un factor que modifica la cifra.
Pensión mínima de Incapacidad Total con 65 años
Habiendo cumplido los 65, la pensión de incapacidad permanente total mínima se sitúa en 966,20 € mensuales para personas con cónyuge a cargo (13.526,80 €). Y en 783,10 € para unidades económicas unipersonales.
Y cuando el ingreso se dirige a pensionistas con cónyuge a no cargo, el importe se reduce a 743,30 € al mes, o 10.406,2 € al año.
Como curiosidad, cabe señalar que estos números coinciden con la pensión mínima de la incapacidad permanente absoluta.
¿Qué es la invalidez con cónyuge a cargo?
Ahora definamos más minuciosamente el significado de la expresión 'cónyuge a cargo'. La situación de invalidez con cónyuge a cargo se da cuando el beneficiario de una pensión está conviviendo con su cónyuge y depende económicamente de él, tenga o no una actividad laboral remunerada.
Pero la ley concreta aún más. Y solo se considerará que existe cónyuge a cargo si se cumplen las siguientes dos condiciones:
- Que el cónyuge no sea perceptor de una pensión de otro país, ni de un subsidio de garantía de ingresos mínimos, de ayuda a tercera persona o asistencial.
- Que la suma de los rendimientos -por cualquier naturaleza- de ambos, sean inferior a 10.048 €/anuales (en 2023).
¿Cuánto es la cuantía máxima por Incapacidad Permanente Total?
Tras haber analizado las distintas variaciones de la pensión mínima por incapacidad permanente total, quizá te preguntes cuál es la máxima. Para este 2023, lo máximo que paga la Seguridad Social en concepto de pensión es de 3.058,81 € al mes: 42.823,34 € al año.
La única circunstancia en la que esta cuantía se puede sobrepasar es si se reconoce unagran invalidez, el grado de incapacidad más alto (superior incluso a la incapacidad permanente absoluta).
Con dicho grado, las limitaciones físicas o psíquicas para realizar una actividad laboral son tan graves que se necesita la ayuda de terceros para las actividades más cotidianas: ducharse, comer, tomar medicamentos, desplazarse... Esto no implica que haya varios beneficiarios de la prestación, ni varias pensiones de incapacidad permanente, sino que el pensionista dispone de un dinero extra por si tiene que contratar, por ejemplo, apoyo profesional. Pero solo si lo desea o necesita, no es algo obligatorio de este tipo de pensión de incapacidad permanente.
Pensión por Incapacidad Permanente: ¿tengo derecho al mínimo?
Conclusión
Si cumples las condiciones para acceder al complemento a mínimos, sí. Como has podido leer, están establecidas unas cantidades mínimas en función de los años cumplidos y la existencia o no de cónyuge. Todo ello conforme al grado de incapacidad reconocido, como por ejemplo la incapacidad total. Después, el resultado del cálculo del complemento a mínimos que se añade a la pensión, bajo la referencia de la cantidad mínima oficial, es diferente según la situación de cada uno.
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