• Campmany Abogados
  • Blog
  • Compatibilidad entre incapacidad permanente y trabajo: cómo evitar que te quiten la pensión
Lectura de 6 minutos

Compatibilidad entre incapacidad permanente y trabajo: cómo evitar que te quiten la pensión

¿Puedo trabajar con una incapacidad permanente? ¿Puedo trabajar con una incapacidad permanente?

Las pensiones de incapacidad permanente se otorgan a causa de una limitación física o psíquica que impide trabajar. Pero esta generalidad tiene muchos matices ya que, a su vez, la incapacidad permite trabajar, aunque con algunas condiciones.

En este artículo vamos a repasar la relación de cada grado de incapacidad con el hecho de tener un empleo. Y qué elementos nos permitirán saber si un trabajo está “permitido” o no.

Lo esencial es que tengas claro que no cumplir con la normativa será sinónimo de que el INSS cancele tu pensión.

¿Puedo trabajar con una incapacidad?

Nos encontramos aquí con una cuestión delicada. Porque, si bien existen unas reglas muy claras al respecto en el artículo 198 de la Ley General de la Seguridad Social, la complejidad surge al aplicarlas en la práctica. La pauta general parece sencilla: un empleo será compatible con una pensión de incapacidad permanente si no entra en conflicto con las limitaciones que causaron la incapacidad. Es decir, no podremos compaginar ambas cosas cuando padezcamos una enfermedad o lesión invalidante que no nos permita desarrollar el cometido de esa actividad laboral.

En conclusión: sí es factible trabajar con una incapacidad permanente, siempre que no vulneremos la naturaleza propia de la pensión. Esto significa que no será posible continuar desempeñando el mismo tipo de actividad (salvo en la excepción de la incapacidad parcial, que detallaremos más adelante), ni siquiera en otra empresa. Ni tampoco otra clase de trabajo donde las funciones y los requerimientos del puesto sean los mismos o muy similares.

Ejemplo práctico

A Alejandro le reconocieron una incapacidad total para trabajos de conducción profesional, debido a los graves problemas de visión que le surgieron estando contratado como conductor de un camión de mercancías. En este supuesto, Alejandro no podrá ostentar tampoco un cargo de taxista o de chófer. Por el contrario, probablemente pueda comenzar una nueva trayectoria profesional donde no haya unas determinadas exigencias visuales.

¿Verdad que esta hipótesis ha sido fácil de resolver? La realidad, sin embargo, es bastante más compleja. ¿Y si a este conductor profesional le ofrecieran un puesto como técnico de trabajos verticales (en altura)? ¿Podría hacerlo? Como ves, no todos los casos son claros. Y un solo error puede ser fatal para el pensionista.

Trabajo según grados de incapacidad

Como señalábamos al principio, cada grado de incapacidad tiene unas peculiaridades si hablamos de cómo se pueden compaginar con una profesión. Veámoslas brevemente.

Incapacidad Parcial

Con este grado, que es el más bajo, encontramos una excepción. La incapacidad permanente parcial se puede compatibilizar con cualquier tipo de trabajo, incluso con el mismo que veníamos ejerciendo. En la misma empresa o en otra. Porque se basa en una indemnización -no una pensión mensual- por tener dificultades pero no por estar completamente limitado.

Incapacidad Total

Cuando nos referimos a la compatibilidad entre incapacidad permanente total y trabajo, aquí ya entra en juego la normativa en su máxima expresión. Si se quiere cobrar un sueldo a la vez que la pensión ha de ser en una ocupación donde no interfieran para nada las limitaciones físicas o psíquicas por las que nos aprobaron la incapacidad.

De ahí que haya que analizar con detenimiento cada posible oferta laboral que nos interese, con el fin de asegurarnos de que efectivamente hay un 100% de compatibilidad. ¡Atención! No un 80, ni un 90; lo único válido es un 100%.

Incapacidad Absoluta o Gran Invalidez

La mayoría de personas creen que con estos grados superiores de incapacidad no es posible trabajar en nada. ¡Pero esto no es cierto! No obstante, la regla es algo más restrictiva, ya que la incapacidad permanente absoluta y la gran invalidez protegen económicamente por no poder desempeñar ningún tipo de actividad laboral. Aun así, simultáneamente se pueden ejecutar actividades remuneradas si no hay una recuperación de la capacidad laboral.

Por ejemplo, es viable estar contratado en un centro especial de empleo, y/o desarrollar algún tipo de trabajo protegido. También, dedicarse a una labor que esté muy adaptada a nuestras lesiones. Sin olvidar que se puede optar por la vía de hacerse autónomo, y de este modo regentar un negocio sin trabajar en él día a día. ¡O apostar por el teletrabajo!

Pero si ya con la incapacidad total es imprescindible estudiar bien si existe el mínimo conflicto entre el nuevo empleo y nuestra prestación, con la absoluta o con una gran invalidez esta comprobación ha de ser más exhaustiva, si cabe.

¡Notifícalo al INSS!

Por orden ministerial, es obligatorio informar a la Seguridad Social (con anticipación) sobre vuestra iniciativa de volver al mercado laboral. Y para este fin está habilitado un formulario que puedes encontrar en este enlace. Lo más crucial es rellenar debidamente los dos apartados del punto 3: una breve explicación de cómo es el empleo (derecha), y un listado de las funciones que vamos a llevar a cabo (izquierda), dejando claro por qué es compatible con nuestra pensión de incapacidad.

A partir de ahí, la entidad pública decidirá si revisa o no la pensión. Eso no quiere decir que si escoge hacerlo porque la situación que planteas es dudosa desde su punto de vista, vayan a quitarte tu prestación. Pero el riesgo es grande.

Aviso: NO te van a responder

Quizá pienses que, al enviar este comunicado, la Seguridad Social va a contestarte, bien para aprobarlo o bien para informarte de que no puedes realizar ese tipo de tareas. Pero no es así. No vais a recibir respuesta alguna de la entidad pública.

Por ese motivo, antes de proceder a notificarlo al INSS, insistimos que hay que analizar bien la clase de trabajo que es para no correr el riesgo de perder la prestación.

Cómo saber si mi empleo es compatible

Los factores que hay que tener en cuenta son:

  • El motivo por el que te concedieron la incapacidad
  • Cuáles son las limitaciones que te ha provocado
  • Los principales cometidos y exigencias del empleo

Si tras evaluar concienzudamente estos tres aspectos no ves ninguna fricción, ¡adelante! Aunque si no tienes una total seguridad puede que sea mejor que lo valore un profesional.

¿Qué hago si tengo dudas de la compatibilidad?

En caso de no estar seguro, puedes informarte del nuevo servicio que te ofrecemos en nuestro despacho: comprobaremos si tu empleo se puede compaginar sin problema con tu incapacidad, sea del grado que sea. Accede a él en este link. Estudiaremos el caso con la documentación que te solicitaremos, y te entregaremos un informe con nuestras conclusiones, previa videollamada con uno de nuestros abogados.

Además, si el análisis da un resultado favorable, nos ocuparemos de tramitar la correspondiente comunicación al INSS.

Otras preguntas frecuentes

¿Me pueden quitar la pensión directamente?

Podría suceder, pero lo normal es que antes te convoquen a una revisión de grado. De lo que hay absoluta certeza es que si tu nuevo trabajo es claramente incompatible con tus lesiones, no van a dudar en anular tu prestación tras el debido procedimiento. Por este razón, ser cautelosos en este asunto es muy importante.

¿Hay una limitación de horario o ingresos?

Se puede llegar a pensar que el beneficiario de una incapacidad solo puede trabajar a tiempo parcial. Pero esta afirmación no es correcta. Si la actividad es compatible con la patología o lesión, es indiferente el tipo de jornada. Y lo mismo ocurre con lo que cobramos: tampoco hay ningún límite en el sueldo que puedes percibir.

¿Si me la quitan puedo acudir a los tribunales?

Sí, efectivamente, pero si no quieres que el juez se ponga en tu contra, es fundamental que en el juicio tu abogado demuestre que, además de no haber incompatibilidad, tú notificaste previamente al INSS el comienzo de tu actividad. Porque eso corrobora que te preocupaste por seguir el protocolo, y puede ayudar mucho en el proceso judicial.

Conclusión

En la actualidad hay múltiples posibilidades laborales -en cuanto a tipos de trabajo-. Y esto unido a que la ley de la Seguridad Social no pretende tampoco desincentivar totalmente a los pensionistas, hace que trabajar con una incapacidad permanente sea más que nunca una realidad.

Se muestra una imagen de Jorge Campmany
Acerca de

¡Hola! Soy Jorge, abogado especialista en Derecho Laboral desde 2007 y socio director de Campmany Abogados, un proyecto que nació en 2009 fruto de mi interés en ayudar a enfermos o lesionados. Estoy licenciado en Derecho por la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona.

Comprueba si tu trabajo es compatible con tu pensión de incapacidad permanente

Asegúrate de que tu trabajo es compatible

Estudiamos tu caso para asegurarte al 100% si es compatible o no con tu pensión y comunicárselo al INSS.

Saber más

Comenta este artículo

Ver comentarios