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Ayudas compatibles con la incapacidad permanente

¿Puedo cobrar ayudas con una incapacidad? ¿Puedo cobrar ayudas con una incapacidad?

Muchas personas se preguntan, por ejemplo, si el paro o el subsidio para mayores de 52 años se puede cobrar a la vez que una incapacidad permanente. O el de mayores de 45 años, entre otras ayudas.

Te informamos de las ayudas compatibles con la incapacidad permanente: total, absoluta o en grado de gran invalidez. Y te aclaramos si existen o no ayudas para autónomos con incapacidad.

Índice de contenidos

  1. Desempleo e incapacidad
  2. Subsidio Mayores de 55 e incapacidad
  3. Renta Activa de Inserción (RAI)
  4. Ayudas a autónomos con incapacidad
  5. Ingreso Mínimo Vital e incapacidad
  6. Ayudas compatibles con incapacidad

Ayudas compatibles: ¿desempleo, sí o no?

En general, la prestación contributiva de desempleo no se puede percibir al mismo tiempo que una incapacidad permanente. Salvo en un caso. Si tras la concesión de una pensión por incapacidad permanente total comenzamos a ejercer un trabajo cuyas tareas son perfectamente compatibles con las limitaciones por las que nos reconocieron la prestación, y cotizando en dicha profesión generamos paro, podremos cobrarlo en caso de despido o finalización de contrato. Y sin perder la incapacidad, ya que en este escenario se convertiría en una “ayuda” compatible con la incapacidad permanente. Pero esa cotización debe ser de 360 días o superior.

Esto sobre todo ocurre, como decimos, en personas beneficiarias de una incapacidad permanente total, la cual permite abiertamente desempeñar otros trabajos de forma paralela. ¡Aunque también sería posible hacerlo con una incapacidad absoluta o una gran invalidez! Lo que sucede es que, con esos grados de incapacidad más altos, las normas para trabajar son más estrictas. En cualquier caso, lo esencial es que las tareas a desarrollar no entren en conflicto con las limitaciones por las que nos otorgaron la incapacidad.

Veamos una muestra de lo que estamos explicando. Un taxista, que logró una incapacidad total para su actividad de conducción por pérdida de audición, no podría ejercer de nuevo como conductor de un vehículo de servicio público, pero sí en empleos que no tengan altas exigencias en cuanto a audición.

Si ese extaxista, por ejemplo, comienza a trabajar de administrativo, y con el paso de los años le despiden, si cumple los requisitos para disfrutar de la prestación por desempleo podrá acceder a ella, y sin que le suspendan su pensión de incapacidad permanente.

Ayudas no compatibles: subsidio para mayores de 52

No es que se trate de una ayuda 100% incompatible con la incapacidad permanente, pero en muy pocos casos se puede percibir el subsidio para mayores de 52 al mismo tiempo que una pensión de incapacidad. Esto se debe a que el SEPE exige que la persona beneficiaria de la incapacidad permanente haya cotizado 15 años después de que obtuviera dicha pensión del INSS -en un trabajo compatible con sus lesiones-.

A esta condición se suman los requisitos propios para acceder al subsidio para mayores de 52 años, que también hay que cumplir. Son los siguientes:

  • Haber agotado una prestación o subsidio por desempleo, que si hablamos de incapacidad permanente debe haberse generado tras trabajar en un empleo compatible con la pensión. O bien, ser fijo discontinuo y estar en situación legal de desempleo.
  • Tener una edad de 52 años (o mayor, sin haber alcanzado la edad de jubilación ordinaria).
  • Estar inscrito como demandante de empleo en el SEPE, como mínimo un mes antes de pedir el subsidio.
  • Renovar periódicamente la demanda de empleo.
  • Buscar trabajo activamente: compromiso de actividad.
  • Acreditar 15 años cotizados (y al menos dos de ellos durante los 15 años anteriores), y haber cotizado por desempleo un mínimo de seis años en el Régimen General a lo largo de nuestra vida profesional.
  • No tener ingresos mensuales -de cualquier tipo- superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, es decir, de más de 810 € al mes en 2023.

Subsidio para mayores de 45 años

Este otro subsidio, menos exigente que el de mayores de 52 años, sí se podría conceder a usuarios de incapacidad permanente cuando estos cumplan los requisitos requeridos para el propio subsidio, aunque solamente si su pensión (o la suma de sus ingresos) no supera el 75% del salario mínimo interprofesional. De este modo, y por el contrario, aquí sí estaríamos ante una de las ayudas compatibles con la incapacidad.

Renta Activa de Inserción (RAI) e Incapacidad Permanente

La normativa actual del SEPE es firme en este asunto: no es posible cobrar la RAI siendo tributario de una incapacidad permanente. Concretamente, esta ayuda no se puede solicitar si la persona es beneficiaria de “pensiones o prestaciones de carácter económico de la Seguridad Social que sean incompatibles con el trabajo”, como la incapacidad permanente, que es así por naturaleza pese a que pueda llegar a serlo si no se produce una vulneración que haga que se cancele la prestación.

La excepción: discapacidad

Si independientemente de la incapacidad permanente se dispone de un certificado de discapacidad del 33% o mayor, expedido por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) u órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente, sí se podría acceder a la RAI. Infórmate aquí de los requisitos específicos en estas circunstancias.

Ayudas para autónomos con incapacidad

No existen ayudas del SEPE que estén especialmente dirigidas a los afiliados al RETA que tengan aprobada una pensión de incapacidad permanente. Un autónomo tendría que trabajar en un empleo del Régimen General (recordemos, compatible con sus dolencias) si quisiera tener acceso en el futuro a la prestación contributiva de desempleo, al subsidio para mayores de 52, etc. Y esto se debe a los requisitos de cotización en el régimen de trabajadores por cuenta ajena, -como hemos señalado en párrafos anteriores-, que son los que pueden llevar al disfrute del paro y, si este se agota posteriormente, a otros subsidios.

El ingreso mínimo vital y la Incapacidad Permanente

Esta última combinación que analizamos en este artículo es complicado que sea una realidad en la práctica. Pero si un ciudadano cobra un importe por incapacidad inferior al que le correspondería por ingreso mínimo vital, sería posible que percibiera la diferencia si solicita el IMV y cumple el resto de condiciones requeridas.

Ayudas compatibles con incapacidad

Conclusión

Por lo general, si no se cotiza en un empleo compatible con la incapacidad permanente que tengamos aprobada, es difícil conseguir ayudas del SEPE. La primera de ellas, el paro o prestación por desempleo, que una vez agotada puede a su vez dar lugar a los otros subsidios que hemos destacado en este post. Y donde llegado ese momento sí podemos afirmar que hay ayudas compatibles con la incapacidad permanente, total, sobre todo. Quizá el ingreso mínimo vital sea la excepción, aunque también exige, al menos, estar inscrito como demandante de empleo si no se está trabajando y se es mayor de edad (o menor emancipado).

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Acerca de

¡Hola! Soy Jorge, abogado especialista en Derecho Laboral desde 2007 y socio director de Campmany Abogados, un proyecto que nació en 2009 fruto de mi interés en ayudar a enfermos o lesionados. Estoy licenciado en Derecho por la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona.

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