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La reforma de las pensiones en 2023. Parte II: Jubilación

Reforma de las pensiones 2023: claves para la jubilación. Reforma de las pensiones 2023: claves para la jubilación.

En esta segunda entrega de nuestra serie de artículos sobre el Real Decreto-ley 2/2023, que contiene un nuevo paquete de la reforma de las pensiones, hablamos sobre la jubilación.

Te explicamos cómo cambiará en el futuro el cálculo de la base reguladora, qué ocurrirá con las pensiones mínimas, y qué novedades hay en la integración de lagunas, entre otros aspectos.

Índice de contenidos

  1. Base reguladora a partir de 2026
  2. Pensión mínima 2024-2027
  3. Integración de lagunas para 2026
  4. Futuro de la jubilación parcial
  5. Conclusión

La base reguladora a partir de 2026

Comenzamos con la modificación de la fórmula para calcular la base reguladora, de cara a hallar cuantía de la pensión de jubilación. Actualmente, y hasta 2025 inclusive, se tomaba como periodo de referencia los últimos 25 años cotizados (300 meses). Pero desde 2026, se abren dos vías a elegir: el periodo que acabamos de mencionar o, si resulta más rentable, tener en cuenta un periodo de tiempo más largo

Este cambio se realizará de forma transitoria, hasta que se puedan computar los últimos 29 años (348 meses) en el año 2037. Ese año, la Seguridad Social descartará las 24 mensualidades menos beneficiosas para el pensionista, quedando finalmente 27 años (324 meses) como periodo de referencia para la base reguladora de la jubilación.

Pero hasta que llegue esa fecha, esta fórmula de exclusión de periodos se aplicará así:

  • Desde el 1 de enero de 2026: la base reguladora de la pensión de jubilación será el resultado de dividir entre 352,33 la suma de las 302 bases de cotización de mayor importe comprendidas dentro del período de los 304 meses inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante.
  • 2027: sumar las mejores 304 bases (elegidas entre 308) y dividir dicha cifra entre 354,67.
  • 2028: sumar las mejores 306 bases (elegidas entre 312) y dividir dicha cifra entre 357.
  • 2029: sumar las mejores 308 bases (elegidas entre 316) y dividir dicha cifra entre 359,33.
  • 2030: sumar las mejores 310 bases (elegidas entre 320) y dividir dicha cifra entre 361,67.
  • 2031: sumar las mejores 312 bases (elegidas entre 324) y dividir dicha cifra entre 364.
  • 2032: sumar las mejores 314 bases (elegidas entre 328) y dividir dicha cifra entre 366,33.
  • 2033: sumar las mejores 316 bases (elegidas entre 332) y dividir dicha cifra entre 368,67.
  • 2034: sumar las mejores 318 bases (elegidas entre 336) y dividir dicha cifra entre 371.
  • 2035: sumar las mejores 320 bases (elegidas entre 340) y dividir dicha cifra entre 373,33.
  • 2036: sumar las mejores 322 bases (elegidas entre 344) y dividir dicha cifra entre 375,67.
  • 2037: sumar las mejores 324 bases (elegidas entre 348) y dividir dicha cifra entre 375,67.

Pensión mínima de jubilación 2024-27

El Real decreto que estamos repasando también incorpora la creación de una nueva disposición adicional, la quincuagésima tercera, que habla de las pensiones mínimas. En ella se establece que la pensión mínima contributiva de jubilación -cuyo titular sea mayor de 65 años y tenga cónyuge a cargo- desde 2024 aumentará progresivamente.

El objetivo es que, en 2027, esta pensión mínima, una vez revalorizada, no sea inferior al umbral de la pobreza fijado para un hogar compuesto por dos adultos. Para calcular la cifra correspondiente a este umbral se multiplicará por 1,5 el umbral de la pobreza de un hogar unipersonal.

La brecha o diferencia que exista entre esa referencia (umbral para un hogar unipersonal) y el umbral de un hogar son dos adultos, se reducirá progresivamente según te mostramos a continuación:

– 2024: reducción del 20%.

– 2025: reducción del 30%.

– 2026: reducción del 50%.

– 2027: se reducirá lo que falte para alcanzar el umbral de pobreza calculado para un hogar de dos adultos, si aún no se ha llegado a dicho tope.

Esta dinámica significa, a grandes rasgos, que la pensión mínima de jubilación irá incrementándose poco a poco, además de revalorizarse cada año. Una "doble" subida que intenta garantizar un correcto nivel de vida a los jubilados que tienen una base reguladora baja.

Ventajas en la integración de lagunas para 2026

La normativa destaca, en otra disposición adicional -la cuadragésima primera-, un cambio muy positivo en el cálculo de la jubilación de las mujeres trabajadoras por cuenta ajena. Y que entrará en vigor el 1 de enero de 2026.

Para ellas, entre los meses donde no haya existido obligación de cotizar, todas las mensualidades comprendidas entre la nº 49 y la nº 60  se integrarán con el 100% de la base mínima de cotización del Régimen General que corresponda a ese mes. Y con un 80% desde la nº 61 hasta la nº 84. 

Si revisamos la regla general, vemos que la ventaja que nacerá para las mujeres se basa en que, en total, podrán "rellenar" 60 bases al 100%, ¡en lugar de 48 como dicta la regulación de las lagunas! Y que el resto no se integrarán todas con el 50% de la base mínima, sino que dispondrán de 24 más al 80% antes de empezar a aplicar el 50% si aún tienen más meses sin cotizar -a partir del nº 85-.

¿Y qué pasa con los hombres?

¡Buena noticia! Algunos de ellos también podrán beneficiarse en 2026 de esta medida destinada a las mujeres. Concretamente, serán aquellos que hayan visto afectada su carrera profesional debido al nacimiento o adopción de alguno de sus hijos, y que cumplan uno de estos dos requisitos:

a)  Acumular más de 120 días sin cotización entre los nueve meses anteriores al nacimiento/adopción y los tres años posteriores, en caso de hijos o hijas nacidos o adoptados hasta el 31 de diciembre de 1994.

b) Que la suma de las bases de cotización de los 24 meses siguientes al del nacimiento o adopción sea inferior, en más de un 15%, a la de los 24 meses anteriores, para niños nacidos o adoptados desde el 1 de enero de 1995.

Esta integración especial de lagunas para ambos sexos estará vigente en España mientras los hombres sigan cobrando, de media, una pensión de jubilación que supere en más de un 5% a la que perciben las mujeres.

El futuro de la jubilación parcial

Pasando ahora a otro asunto, la reforma de las pensiones incluye un pronunciamiento sobre la jubilación parcial. En él se contempla que, en el plazo de un año desde la entrada en vigor de este Real Decreto-ley (el día primero del mes siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», es decir, el 1 de abril de 2023), el Gobierno presentará una propuesta de modificación de la regulación de la jubilación parcial.

No se dan detalles al respecto, pero se insiste en la voluntad de garantizar un régimen de compatibilidad más efectivo entre trabajo y pensión, que preserve también la calidad del empleo de los relevistas. A su vez, se anuncia el propósito de equilibrar el coste que esta modalidad de pensión tiene para nuestro sistema de Seguridad Social. 

Conclusión

Tras haber examinado en este post las novedades relativas a la jubilación que impone el segundo paquete de reforma de las pensiones, podemos concluir, tal como afirman los propios legisladores, que esta ley favorece a los jubilados a la vez que incluye medidas para asegurar la sostenibilidad financiera del sistema (y que puedes consultar detalladamente en la primera entrega de esta serie de artículos, dedicada a la cotización). Porque hay un elemento desestabilizador que se avecina: la jubilación de la macrogeneración del baby boom en los próximos años. Por este motivo, se quiere reforzar la capacidad económica de la Seguridad Social a largo plazo.

 

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Acerca de

¡Hola! Soy Jorge, abogado especialista en Derecho Laboral desde 2007 y socio director de Campmany Abogados, un proyecto que nació en 2009 fruto de mi interés en ayudar a enfermos o lesionados. Estoy licenciado en Derecho por la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona.

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