Tenía la incapacidad absoluta desde 2014, pero su estado de salud empeoró. Marcos necesitaba ayuda y tuvimos la oportunidad de dársela. La profesión de este trabajador antes de lograr su incapacidad inicial era la de vendedor ambulante. Pero el Parkinson, entre otras patologías, aparecieron en su vida mermando su capacidad laboral. Ahora ha conseguido una Gran Invalidez, el grado más alto de incapacidad permanente.
Cronología de una incapacidad
En octubre de hace ahora seis años, Marcos obtuvo la incapacidad permanente absoluta vía administrativa. Los motivos: Síndrome Parkinsoniano moderado-severo y esquizofrenia paranoide, con reciente adicción al alcohol y al cannabis. Provocando todo ello limitaciones funcionales. Quedó protegido así económicamente por declararse que no podía ejercer ningún tipo de actividad laboral.
Comenzamos a trabajar en su caso en 2017 porque la absoluta no respondía ya a sus necesidades. Desde nuestro despacho, realizamos una solicitud de revisión de su incapacidad, y el SGAM le valoró de nuevo en junio de 2017. El dictamen de entonces fue muy similar al de 2014. Aunque no se hablaba ya de “limitaciones funcionales”, sí añadiéndose un episodio depresivo moderado.
Grado I de dependencia
Previamente, en el año 2015, el Departament de Benestar i Família de la Generalitat de Catalunya le reconoció un grado de dependencia I, lo que corroboraba el hecho de que este comerciante necesitaba una ayuda adicional.
De la negativa del INSS al juicio
En julio de 2017 el INSS se pronunció ante la solicitud de revisión de nuestro cliente, tras que este fuera evaluado en el SGAM. Y afirmó que no procedía revisar su grado de incapacidad “porque las secuelas que presenta constituyen el mismo grado de incapacidad permanente reconocido”. De este modo, Marcos se quedaba en ese momento con la absoluta.
Pero frente a dicha resolución presentamos una reclamación previa, también por vía administrativa. Alegábamos que el trabajador necesitaba un complemento de Gran Invalidez debido a la agravación de sus dolencias. Pero la respuesta fue una desestimación, tras lo que propusimos a este vendedor llevar su caso ante la ley.
Alucinaciones y psicosis
Ya ante el juez que nos atendió en el Juzgado de lo Social n° 28 de Barcelona, acreditamos que, además del cuadro clínico ya sabido y la necesidad de una tercera persona para ayudarle en su día a día, Marcos tenía alucinaciones visuales y auditivas. Y que su esquizofrenia estaba acompañada de psicosis, con tendencia a querer autolesionarse.
Sentencia de Gran Invalidez
Para poder valorar mejor el conjunto de lesiones, el juez solicitó la opinión de un médico forense judicial. Curiosamente, el dictamen de este profesional no era favorable a la gran invalidez.
Pero en el juicio, finalmente, hubo un giro de 180 grados respecto a la negativa que había recibido Marcos por parte de la Seguridad Social (¡y del propio forense!). Porque el magistrado, tras ver las pruebas e informes médicos que le mostramos, concluyó que “por las importantes limitaciones funcionales actuales para la marcha y por la necesidad actual de ayuda para vestirse y el aseo personal, y la psicosis, alucinaciones e intentos de autolisis, el actor se encuentra en situación de gran invalidez”.
El juez tuvo muy en cuenta lo contradictorio de que, a pesar del estado de dependencia reconocido por la Generalitat en 2015, el INSS había manifestado en 2017 que nuestro defendido no había empeorado. Condenando a la Seguridad Social a otorgarle el complemento de Gran Invalidez de 601,55 €, cantidad mensual que se suma a la pensión que ya estaba cobrando.