Períodos mínimos de cotización para jubilarse en España
En España existen dos categorías principales de jubilación: la contributiva y la no contributiva. Esta última está pensada para quienes no han cotizado lo suficiente para acceder a la jubilación contributiva, cuyo importe depende de la cotización de cada trabajador. Incluso, la no contributiva se puede solicitar sin haber cotizado nada.
No obstante, para solicitar con éxito la jubilación contributiva se requiere un período mínimo de cotización, aunque este mínimo cambia según el tipo de jubilación que se tramite. Por ejemplo, no se exige la misma cantidad de años cotizados para disfrutar de la jubilación ordinaria que si se escoge la jubilación anticipada voluntaria.

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Periodos mínimos de cotización según tipo de jubilación
La regulación de la jubilación contributiva incluye los siguientes modelos de jubilación:
Jubilación ordinaria
A la jubilación convencional se puede acceder acreditando, al menos, 15 años cotizados, siempre que dos de ellos se sitúen -cronológicamente hablando- dentro de los últimos 15 años. O, en su defecto, en los 15 años previos al cese de la obligación de cotizar.
Jubilación anticipada
Voluntaria
En la jubilación anticipada voluntaria, el requisito mínimo de cotización es muy exigente: 35 años cotizados.
Por cese no voluntario en el trabajo
La normativa de esta otra modalidad dicta que es necesario acumular 33 años de cotización, como mínimo.
Por discapacidad del 45% o superior
El punto de partida en este caso son 15 años cotizados, como en la jubilación reglamentaria. Sin embargo, es imprescindible haber trabajado cinco de ellos con la discapacidad reconocida (del 45% o un porcentaje mayor).
Por discapacidad del 65% o más
En esta otra subcategoría de la jubilación por discapacidad se pide únicamente haber cotizado 15 años.
Por trabajo penoso, tóxico o de riesgo
También denominada ‘por razón del grupo o actividad profesional’, esta fórmula de jubilación anticipada se rige de inicio por las condiciones generales de la jubilación ordinaria: demostrar que, al menos, se ha estado cotizando durante 15 años.
Jubilación activa
Este otro tipo de retiro, que es compatible con el desempeño de un trabajo, se puede solicitar con una carrera de cotización mínima de 36 años y medio (37 desde 2027 en adelante).
Jubilación flexible
Para jubilación flexible, sin embargo, no se requiere justificar un periodo mínimo de cotización, ya que proviene de una jubilación previa donde sí se han cumplido los requisitos. Esta podría ser, por ejemplo, la ordinaria.
Jubilación parcial
33 años cotizados es la cifra asignada a la jubilación parcial con contrato de relevo. Pero si la empresa donde trabaja el jubilado parcial no contrata, a su vez, a un relevista, el requisito mínimo de cotización desciende hasta los 15 años.
Jubilación demorada
Ídem que la ordinaria (15 años cotizados).
Dudas frecuentes sobre cotización mínima para la jubilación
Esta diversidad de periodos mínimos de cotización puede ser confusa para los ciudadanos que desean saber si tienen derecho a jubilarse, o si podrían elegir entre varias -y se complica aún más debido a la situación particular de cada interesado-. Por este motivo, tras la exposición de las distintas normativas, se recopilan aquí algunas de las preguntas más recurrentes al respecto, y se da respuesta a cada uno de los casos.
Mi cotización es de 15 años, ¿puedo jubilarme?
Sí, una persona que ha cotizado 15 años podría jubilarse. Y si cumple los debidos requisitos, podría elegir entre:
- Jubilación ordinaria
- Jubilación por discapacidad del 45% (si ha trabajado cinco de los 15 años con la discapacidad reconocida)
- Jubilación por discapacidad del 65%
- Por trabajo penoso, tóxico o de riesgo
- Jubilación flexible
- Jubilación parcial sin contrato de relevo
En caso de seleccionar la jubilación ordinaria, es importante conocer que no se puede cobrar el 100% de la base reguladora. Con una carrera de cotización de 15 años, el porcentaje a aplicar es del 50%, de modo que el cobro será equivalente a la mitad de la base.
Y, en paralelo, la jubilación no podrá hacerse efectiva a la edad de 65 años, ya que el INSS marca una “segunda edad”, más avanzada, para quienes no han cotizado lo suficiente, como se puede observar en esta tabla:
Jubilaciones no permitidas con una cotización de 15 años
En el otro extremo, con 15 años cotizados no se tendría la cotización que legalmente se precisa para:
- la jubilación anticipada voluntaria
- la que deriva de un cese no voluntario en el trabajo
- la activa
- la parcial con contrato de relevo
He cotizado 12 años, ¿tengo derecho a pensión?
Con 12 años cotizados, no es factible acogerse a la jubilación contributiva, en ninguna de sus variantes.
Con dicho historial de cotización, la alternativa sería la pensión no contributiva o PNC de jubilación, cuyos requisitos son:
- 65 años de edad
- Residencia actual en España
- Haber vivido en el país 10 años o más
- No disponer de ingresos iguales o superiores al importe que, para este fin, establece el Estado cada año (sin contar la propia pensión no contributiva)
¿Puedo conseguir una pensión con 9 o 10 años cotizados?
La respuesta es otra vez negativa, en lo que se refiere a la jubilación contributiva. Solo cabría la opción de la PNC de jubilación.
¿Qué pasa si solo he cotizado 8 años?
Con ocho años cotizados tampoco es factible la jubilación contributiva, pero sí puede serlo la no contributiva.
Tengo 65 años y 7 años cotizados, ¿tengo derecho a pensión?
En este otro supuesto, el hecho de tener 65 años, es decir, la edad mínima de acceso a la jubilación estándar, no implica poder cobrarla. Porque harían falta 15 años de cotización, y en este ejemplo son siete los años cotizados.
Por este motivo, también en esta situación sería recomendable informarse sobre la PNC de jubilación.
¿Puedo cobrar pensión con 7 años cotizados?
En general, con siete años de cotización cualquier clase de jubilación contributiva será denegada.
Tengo 6 años cotizados. ¿Tengo derecho a pensión?
Lo mismo sucede con seis años cotizados. En esa circunstancia, no habría posibilidad de disfrutar de una jubilación contributiva. La pensión no contributiva de jubilación sería, de nuevo, una posible solución.
¿Con 5 años cotizados tengo derecho a pensión?
Al igual que en la pregunta anterior, con cinco años de cotización sería desestimada cualquier petición de jubilación contributiva. Pero podría no ocurrir lo mismo si se tramita una PNC.
¿Puedo jubilarme sin haber cotizado nada?
No, si se trata de una pensión contributiva, quedando la oportunidad de la no contributiva.
Importe de la pensión no contributiva de jubilación
Cuando no se ha cotizado un mínimo de 15 años, como en la mayoría de las situaciones del apartado anterior, es inviable la jubilación contributiva. Pero queda abierta la puerta de la jubilación no contributiva. Si se cumplen los requisitos para percibirla, se podrán tener ingresos, aunque reducidos.
Pese a que cada año aumentan las cantidades correspondientes a las pensiones no contributivas de jubilación, la suma es baja, superando por muy poco los 500 € al mes en 14 pagas. Además, la cuantía disminuye si hay varios beneficiarios de pensiones no contributivas en el mismo domicilio, o en función de las rentas del pensionista y de su unidad familiar, de haberla.
En contrapartida, siempre hay un mínimo garantizado, que es del 25% del importe que se fija anualmente en los Presupuestos Generales para las PNC.
Complemento por alquiler
Cuando se carece de vivienda en propiedad, la residencia habitual es alquilada y el propietario de esta no tiene relación de parentesco con el pensionista, los ingresos aumentan. Porque se cobra un plus de 525 € al año. Esta cantidad se ha mantenido inalterable desde 2021, cuando nació la ayuda.
La barrera de los 15 años de cotización. Conclusión
La cotización efectuada a lo largo de la vida laboral es una parte fundamental de los requisitos de acceso a las pensiones contributivas de la Seguridad Social. Salvo, por ejemplo, en la incapacidad permanente por accidente, o por enfermedad profesional, donde no se requiere un periodo mínimo cotizado para ser perceptor de ella. Pero en la jubilación, sea ordinaria, anticipada o de otra clase, nunca se pueden acreditar menos de 15 años cotizados.
Esta barrera es muy relevante, sobre todo para las mujeres de edad avanzada que se han dedicado durante muchos años al cuidado del hogar y los hijos. Esta es la razón de que ellas sean las principales beneficiarias de las pensiones no contributivas. En concreto, el 63,62 % de los pensionistas de PNC son mujeres, según estadísticas de 2023 de la Seguridad Social.