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¿Es posible la jubilación habiendo cotizado solamente 10 años?

Es habitual escuchar expresiones como “he cotizado 10 años, ¿tengo derecho a pensión de jubilación?”, porque ciertamente el sistema de Seguridad Social impone un periodo mínimo de cotización para la jubilación contributiva. Y si no se alcanza, la pensión sería denegada.

El requisito de cotización es prioritario, y aunque el resto se cumplan, no se podrá disfrutar de la jubilación. Cabría la opción de la jubilación no contributiva, que sí está ideada para los trabajadores con cotización cero, o que no han cotizado lo bastante a lo largo de su vida.

Aunque siguiendo el ejemplo de una persona con 10 años cotizados, en ese caso y en otros similares podría merecer la pena suscribirse a un convenio especial. La ventaja de ello es que, de esa manera, se podría seguir cotizando sin trabajar hasta alcanzar el mínimo de cotización fijado para la jubilación contributiva.

¿Es posible la jubilación habiendo cotizado solamente 10 años?

Índice de contenidos

  1. 15 años de cotización: el mínimo
  2. ¿Hay alguna jubilación en mi caso?
  3. Convenio para cotizar sin trabajar
  4. Derechos con 10 años cotizados

15 años cotizados, el mínimo necesario para jubilarse

¿Si he cotizado 10 años tengo derecho a pensión? Con 10 años cotizados no es posible cobrar la jubilación ordinaria, debido a que la normativa indica que, al menos, hay que acreditar 15 años de cotización. De igual forma, tampoco con 10 años cotizados se aprobaría otra clase de jubilación contributiva.

En definitiva, una década cotizada no es suficiente para jubilarse en España. Harían falta cinco años más para hacerlo, como mínimo.

Además, la ley exige que, dos de los 15 años cotizados en total estén comprendidos en los últimos 15 años, desde el punto de vista cronológico. O desde que finalizó la obligación de cotizar. Esta condición, naturalmente, tampoco se cumpliría con 10 años cotizados, ya que seguirían quedando cinco por cotizar antes de aplicar esa segunda regla específica.

¿Hay alguna jubilación para quienes han cotizado 10 años?

SOVI

El SOVI, o Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez, no requiere cotización previa pero es un régimen residual. Para obtenerlo en la actualidad sería preciso demostrar la afiliación al Régimen del Retiro Obrero. O, en su lugar, haber cotizado 1.800 días por SOVI antes del 1 de enero de 1967. Y si bien no ha desaparecido totalmente, no puede ser considerado como una alternativa para la inmensa mayoría de las personas que se quieren jubilar a día de hoy.

Por esa razón, habría que acudir a la fórmula de la pensión no contributiva de jubilación para obtener ingresos habiendo cotizado únicamente 10 años.

Pensión no contributiva

Esta prestación se puede pedir en las oficinas de los servicios sociales de cada comunidad autónoma, o en las Direcciones Territoriales del IMSERSO tratándose de Ceuta y Melilla. En consecuencia, no se tramita en la Seguridad Social, si bien el gasto lo acaba asumiendo dicha entidad.

La pensión no contributiva o PNC de jubilación, en general, es accesible para quienes hayan cotizado menos de 15 años, por ejemplo 10, o incluso nada. Su importe es módico, próximo a los 500 € al mes -cada año su cuantía se va incrementando-, y se abona en 14 pagas anuales.

Requisitos y edad de la no contributiva

La PNC de jubilación se enfoca a personas que tengan pocos ingresos. Y aparte del requisito económico -que se debe consultar cada año porque el Estado lo va modificando- hay que justificar que se vive en España, y que se ha residido en el país legalmente durante 10 años, como mínimo.

En cuanto a la edad de acceso, esta es desde los 65 años. Al contrario de lo que ocurre con la jubilación ordinaria contributiva, no hace falta esperar si se ha cotizado por debajo de cierta franja. No hay que olvidar que en las PNC la cotización es irrelevante.

Convenio para sumar años de cotización sin trabajar

Siguiendo el ejemplo de un trabajador con 10 años cotizados, habría un modo de lograr que el INSS le reconociera la pensión contributiva de jubilación -cuya cuantía depende de las bases de cotización cosechadas durante la vida profesional-.

Se trata del convenio especial de la Seguridad Social, que consiste en abonar una cuota mensual para cotizar sin trabajar. De esta manera, esa persona podría conseguir los cinco años restantes para que su tiempo de cotización ascendiera a 15 años.

Existen varios convenios a disposición de la ciudadanía pero, para suscribirse al general, los requisitos son:

  • Que no hayan pasado más de 12 meses desde que cesó la obligación de cotizar
  • 1.080 días cotizados durante los 12 años anteriores a la solicitud
  • Encajar en uno de estos perfiles:
    • No estar de alta en la Seguridad Social.
    • Trabajar con contrato indefinido, o como autónomo, y continuar de alta en la Seguridad Social aun habiendo llegado a los 65 años. A estas condiciones se añade otra: 35 o más años cotizados.
    • Cesar en una de las actividades desempeñadas siendo pluriempleado.
    • Cambiar de trabajo y que el nuevo contrato tenga la base de cotización menor al promedio de los doce meses anteriores.
    • Ser titular de una incapacidad total ejerciendo un empleo compatible con la pensión. Y, además, estar en una de las cuatro situaciones reflejadas en los puntos anteriores.
    • Que haya finalizado el derecho a paro.
    • Haber estado cobrando una incapacidad permanente pero que el INSS la haya cancelado, o haya cambiado el grado al de incapacidad parcial.
    • Mediante sentencia firme, haber perdido una pensión de incapacidad o jubilación.
    • Que se esté de baja en la Seguridad Social tras haberse denegado una pensión.

¿Tengo margen de tiempo para suscribirme al convenio?

Con 15 años de cotización no es factible el disfrute de la jubilación contributiva a los 65 años, sino que la edad mínima en ese caso es mayor (66 años y seis meses en 2024, 66 años y ocho meses en 2025, 66 años y diez meses en 2025, y 67 años en 2027). Además, estas edades son un punto de partida -la jubilación se podría pedir más tarde-.

¿Cuánto cobraré si cotizo cinco años más por convenio?

Conocer lo que dicta la normativa en este aspecto es crucial. Con 10 años cotizados, más cinco de adhesión al convenio, los 15 años obtenidos solo dan derecho a una pensión del 50% de la base reguladora. En España, para que este porcentaje sea del 100% se requieren 36 años y medio de cotización (37 en 2027 y años posteriores).

He cotizado 10 años, ¿tengo derecho a pensión? Conclusión

No acreditar 15 años cotizados es sinónimo de no poder beneficiarse de la jubilación contributiva. Ni de la ordinaria, ni de la anticipada ni de la compatible con el trabajo. Esta problemática es más común de lo deseable, de forma que muchas personas tienen que acudir a la pensión no contributiva de jubilación.

La PNC, sin embargo, se dirige a quienes tienen ingresos mínimos, como sucede con el ingreso mínimo vital. Este, a pesar de que no es una jubilación como tal, no tiene límite de edad y también podría ser una alternativa para quienes sean vulnerables económicamente. Incluso, el ingreso mínimo vital podría complementar lo que se percibe en una pensión no contributiva, al ser compatibles.

Preguntas frecuentes

No, no es posible acceder a la jubilación contributiva con solo 10 años cotizados. Se requieren al menos 15 años de cotización para poder optar a una pensión de jubilación ordinaria.

Si no se alcanzan los 15 años de cotización, no se puede acceder a la pensión de jubilación contributiva. Sin embargo, se podría conseguir una pensión no contributiva de jubilación (PNC) si se cumplen los requisitos de ingresos y residencia.

La pensión no contributiva o PNC es una prestación para quienes no alcanzan los 15 años cotizados, y por tanto no han cotizado lo suficiente para una pensión contributiva. La PNC de jubilación se puede solicitar a partir de los 65 años, cumpliendo los requisitos de ingresos mínimos y habiendo residido en España al menos 10 años.

Sí, a través de un convenio especial con la Seguridad Social. Mediante el pago de una cuota, es posible cotizar sin trabajar para completar los 15 años mínimos que se exigen para la jubilación contributiva.

Nos encargamos de lo necesario para que accedas a tu jubilación con todas las garantías sin tener que preocuparte por nada.

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