El subsidio para mayores de 52 años es un subsidio del SEPE con el que se cobra, en 2026, 480 € al mes en 12 pagas.
Además de haber superado la edad de 52 años, se exigen otros requisitos, que explicaremos en este artículo. Y hay que seguir cumpliéndolos mientras siga cobrando la prestación. De lo contrario, el subsidio se puede perder.
Si te han quitado el subsidio para mayores de 52, aquí te informamos de cómo reanudarlo si te lo han suspendido. Y te aclaramos la diferencia entre suspensión y extinción.
¿Por qué el SEPE me ha quitado el subsidio para mayores de 52 años?
"Me han quitado el subsidio para mayores de 52". No es una buena noticia, pero para afrontar esta situación lo primero es entender el porqué, la causa que ha llevado a que te lo retiren. Pero aquí se abren dos posibilidades: suspensión y extinción. Revisa la notificación y el tipo y motivo oficial de la retirada.
Si te han suspendido el subsidio, podrías recuperarlo. Por el contrario, si se extingue, ese expediente quedará cerrado y no se podrá reanudar.
Analizamos a continuación los motivos para perder el subsidio para mayores de 52 años, en las dos variantes que acabamos de comentar.
Suspensión (no definitiva) del subsidio para mayores de 52
El SEPE puede suspenderlo, es decir, interrumpir el pago en los siguientes casos:
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- Rechazar una oferta de empleo adecuada, ya sea ofrecida por los servicios públicos de empleo o por las agencias de colocación → GRAVE
- Negarse a participar en acciones, programas o actividades señalados en el itinerario o plan personalizado diseñado para ti → GRAVE
- No informar de que has dejado de cumplir los requisitos para acceder al subsidio. En otras palabras, si tus ingresos por otras vías aumentan y llegan a ser superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional → GRAVE
Extinción definitiva del subsidio para mayores de 52 años
La reanudación, posible si se ha suspendido el ingreso, no es factible si lo que ocurre es una extinción del derecho al subsidio.
El subsidio para mayores de 52 se extingue en estas seis circunstancias:
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Si te trasladas fuera de España doce meses o más, o si viajas 90 días naturales al año o un periodo superior.
- Al pasar a ser pensionista de jubilación o de incapacidad permanente.
- Cuando ejerces un trabajo por cuenta ajena que se mantenga un año o más. O por cuenta propia, si sobrepasas los cinco años (RETA) o los dos años (mutualidad).
- Tras reincidir en infracciones leves o graves, o por una sola infracción muy grave -sobre todo, haber cometido fraude para cobrar el subsidio o estar trabajando sin que el SEPE tenga noticia de ello-.
- Por el transcurso de 12 meses desde la suspensión del subsidio sin haberlo reanudado.
- Fallecimiento.
¡Importante! En estas situaciones, salvo fallecimiento, para volver a cobrarlo es imprescindible que tenga lugar un nuevo hecho causante y se cumplan otra vez los requisitos exigidos.
Cómo reactivar el subsidio para mayores de 52 años
Solamente en caso de suspensión, este subsidio se puede volver a percibir hasta la edad de jubilación ordinaria.
La reanudación puede llevarse a cabo de estas formas:
Pero, atención, no podrás reanudar el subsidio si la solicitud la presentas fuera del plazo máximo. Recuerda que tienes seis meses desde la fecha en que finalizó la situación que supuso la suspensión de tu subsidio.
Reanudación directa
Se produce a partir de la fecha en que te inscribas de nuevo como demandante de empleo o reactives el acuerdo de actividad, si ese era el motivo de la suspensión.
Plazo para reactivar el subsidio de 52 años
Siempre, si lo solicitas, ha de ser antes de seis meses, para que tenga validez tu petición. Pero lo idóneo es que hagas esta gestión en los 15 días siguientes -a contar desde que terminó la situación que provocó la suspensión-, para que no pierdas dinero.
Si transcurren más de dos semanas, no te pagarán los días entre la reanudación de tu derecho y tu acto de solicitud.
Formas de pedir otra vez el subsidio para mayores de 52 años
Tienes cuatro maneras de hacerlo:
Lo más sencillo: reanudar subsidio mayores 52 años online
Accede aquí a la Sede Electrónica del SEPE.
Otras vías para la tramitación
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A través del teléfono de atención a la ciudadanía o en tu oficina de prestaciones, tras obtener cita previa en la sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal.
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En cualquier oficina de registro público
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Por correo administrativo.
Me han quitado el subsidio para mayores de 52
Conclusión
Si te han retirado definitivamente esta ayuda, y no puedes alegar un nuevo hecho causante para que se abra un nuevo expediente, te aconsejamos que te informes de si tienes derecho al ingreso mínimo vital.
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