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¿Qué pasa si no firmo la baja voluntaria?

¿Qué pasa si no firmo la baja voluntaria? ¿Qué pasa si no firmo la baja voluntaria?

La dimisión o baja voluntaria implica dejar tu trabajo por decisión propia, al contrario de lo que sucede con un despido. Y si bien lo más recomendable es renunciar mediante un escrito, también se puede hacer de forma oral. En este segundo supuesto, no sería necesario firmar la baja voluntaria.

En este post te explicamos todas las implicaciones de una baja voluntaria en la empresa, así como los derechos que tienes cuando finalizas una relación laboral por motu proprio.

Asimismo, te indicamos cómo preparar una carta de baja voluntaria y si es imprescindible que la firmes. Además, aclaramos si, una vez firmada, tu decisión es irrevocable o cabría la posibilidad de que te echaras atrás.

Por último, te informamos de cómo debes actuar en la situación inversa: si el empresario, en lugar de despedirte, te intenta obligar a firmar la baja voluntaria, aunque no seas tú quien desee extinguir el contrato. En dicho supuesto, preguntarse "qué pasa si no firmo la baja voluntaria" es de enorme importancia, porque no debes amedrentarte y firmar sin más.

Índice de contenidos

  1. Las consecuencias de dimitir
  2. Aspectos a tener en cuenta en la baja voluntaria
  3. El abandono del puesto de trabajo
  4. Cómo se debe formalizar una baja voluntaria
  5. ¿Qué pasa si no firmo la baja voluntaria?
  6. Me están obligando a firmar mi dimisión
  7. Conclusión

Las consecuencias de dimitir

La primera consecuencia, naturalmente, es que se dará por terminada tu relación contractual con la empresa.

Pero la segunda consecuencia es que, al tratarse de una renuncia por tu parte, no podrás cobrar la prestación contributiva por desempleo, ni aunque hayas generado el derecho a disfrutarla por el tiempo cotizado. El paro solo se puede percibir tras un despido u otras circunstancias muy determinadas, y entre ellas no se incluye la renuncia voluntaria.

Aspectos relevantes a tener en cuenta en una baja voluntaria

Falta de preaviso

La normativa dicta que, en las dimisiones, el trabajador debe avisar al empresario con 15 días naturales de antelación. Ese es el mínimo, aunque si tu relación con la empresa es buena, puedes preavisar con más tiempo para facilitar el proceso de transición. De hecho, en algunos convenios colectivos se establece la obligación de notificar la renuncia con una mayor anticipación -habitualmente, un mes-.

Si no respetas el preaviso, en tu finiquito, del que hablaremos a continuación, se descontarán esos días de salario. O si anuncias tu marcha pero lo haces con una antelación menor a dos semanas y un día, te restarán los días de sueldo que falten para completar el cómputo de 15.

Por ejemplo, si por convenio no tienes que preavisar con más tiempo y se te aplica la regla general, si lo notificas siete días antes de irte, en tu finiquito verás que hay ocho días de salario que se te habrán descontado (15 - 7 = 8).

Por el contrario, el preaviso no se requiere si el trabajador se encuentra aún en periodo de prueba.

Cobro del finiquito

Llegamos a un punto muy importante: aunque te vayas por voluntad propia, tienes derecho a un finiquito. Ten en cuenta, sin embargo, que el finiquito no es una indemnización

El finiquito es el pago de unas determinadas cantidades que el trabajador ha generado hasta la fecha de extinción definitiva de la relación profesional (no del preaviso). En general, incluye:

  • Las vacaciones devengadas que no se han disfrutado.
  • Las horas extra pendientes de abonar, si las hubiera.
  • La parte proporcional de las pagas extra generadas, en caso de que no estén prorrateadas mes a mes.
  • Otros conceptos que no se hayan liquidado pero pertenezcan al empleado, como bonus, comisiones, incentivos, etc.

Sin explicaciones

Cuando hablamos de una dimisión, no es necesario alegar causa alguna. Si bien no es extraño que los empleados expliquen los motivos de su marcha, la normativa no obliga a ello.

Devolución de material

Si tienes en tu poder material de la empresa, como un ordenador o un teléfono móvil, has de devolverlo. 

El abandono del puesto de trabajo

Pasemos ahora a una situación diferente a la baja voluntaria, aunque con similitudes: el abandono del puesto de trabajo. Según el Estatuto de Trabajadores, este se entiende como dimisión defectuosa. Ello se debe a que el abandono, en este contexto, consiste en que el trabajador simplemente deja de acudir a su lugar de trabajo, sin notificar su renuncia. 

Pero en esta circunstancia no es, en sí misma, un motivo que dé por terminado el contrato. Porque para que se considere abandono del puesto debe quedar muy claro que lo ocurrido es una manifestación explícita (e inequívoca) de que la persona ha decidido dejar de trabajar en la empresa. Muestra de ello es, sobre todo, que la ausencia se prolongue y se haya cortado toda comunicación. 

Cuando no haya una duda razonable y la empresa lo pueda dar por hecho, sí extinguirá el contrato. Pero no equivaldrá a un despido. Lo que sí es imprescindible es finiquitar al trabajador, aunque se descuentan los días correspondientes por la falta de preaviso.

Si no se cumplen los requisitos del abandono, pero se da una ausencia repetitiva, esta puede constituir un incumplimiento contractual que justifique una medida sancionadora o, incluso, un despido disciplinario.

¿Cómo se debe formalizar una baja voluntaria?

Dejando al margen el abandono del puesto de trabajo, cuando una persona desea renunciar, lo puede hacer verbalmente o por escrito. Si se escoge la segunda opción, que es la más recomendable, lo idóneo es redactar una carta de dimisión

Este documento debe contener, al menos, los siguientes datos:

  1. Nombre
  2. Comunicación de que se va a dejar el cargo
  3. Fecha de entrega de la carta
  4. Fecha de la dimisión y, por tanto, número de días de preaviso
  5. Firma

¿Qué pasa si no firmo la baja voluntaria?

En el supuesto de que notifiques tu baja de la empresa por escrito, es esencial que firmes. Piensa que, sin tu firma, ese documento puede no tener validez legal, ya que podría haberlo elaborado cualquiera. 

Tener dudas sobre firmar o no a veces ese debe a que la persona no está segura de su decisión. De ser así en tu caso, debes saber que, aunque firmes, la ley te ampara, como te explicamos seguidamente.

¿Se puede revocar la firma de la baja voluntaria?

Según el Tribunal Supremo, un trabajador puede retractarse de su dimisión y continuar en su puesto, pero siempre que esto no suponga un perjuicio para la empresa.

Ese perjuicio se produciría si, antes de que el empleado haya cambiado de parecer, el empresario ya ha contratado a otro trabajador para sustituirle. En este escenario, por tanto, no se puede dar marcha atrás. 

Sin embargo, si no ha llegado la fecha de la renuncia efectiva, y no ha habido ninguna nueva contratación para reemplazarte, la empresa no puede negarse a que vuelvas. Y si lo hace, un juez podría considerarlo una forma de despido improcedente

Me están obligando a firmar mi dimisión en contra de mi voluntad

Imaginemos ahora que no es el empleado quien quiere dar por zanjada su relación laboral, sino que el empresario le presiona para que deje la empresa pero sin despedirle. Es usual que esta situación sea intimidante y venga acompañada de coacción o amenazas. 

En esos casos, te aconsejamos que presentes una denuncia ante la Inspección de Trabajo. Y si finalmente firmas, que contactes con un abogado experto en Derecho Laboral para que te informe de los pasos a seguir, quien estudiará lo sucedido para aconsejarte.

Puede haber una base suficiente para interponer una demanda por despido improcedente. Lo que es seguro es que, en el proceso judicial, tendrás que demostrar que te han obligado a renunciar. Esto se logra a través de pruebas o indicios, una cuestión en la que también te orientará tu letrado. 

La baja voluntaria o dimisión: un derecho del trabajador

Conclusión

Si trabajas por cuenta ajena, tienes derecho a dejar tu empleo. En nuestro despacho hemos tenido noticias de clientes que nos aseguraban que su contratador les decía que no podía hacerlo, pero no es cierto. No se puede rechazar una baja voluntaria. Por ejemplo, si tu superior se niega a recepcionar tu carta de dimisión, puedes enviarla por burofax a la empresa. No obstante, en ocasiones la resistencia del empresario puede responder a su deseo de que te quedes, y eso puede dar lugar a una nueva negociación que, solo si quieres, puedes escuchar por si resultara de tu interés.

Se muestra una imagen de Jorge Campmany
Acerca de

¡Hola! Soy Jorge, abogado especialista en Derecho Laboral desde 2007 y socio director de Campmany Abogados, un proyecto que nació en 2009 fruto de mi interés en ayudar a enfermos o lesionados. Estoy licenciado en Derecho por la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona.

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