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¿Existe indemnización por despido disciplinario?

El despido disciplinario podría conllevar una indemnización para el trabajador, pero solo si se considerara improcedente o nulo, como te explicamos en este artículo.

Según el Estatuto de los Trabajadores, se considera que existe despido disciplinario cuando un trabajador es despedido al cometer una falta grave siendo culpable de ello, es decir, habiendo actuado con intencionalidad. 

Aunque este tipo de despido en sí no genera derecho a indemnización, el trabajador puede impugnarlo. Y en ese caso las cosas podrían cambiar.

En este sentido, es importante conocer tus derechos y obligaciones para afrontar esta situación con la mayor tranquilidad y entereza posible.

¿Existe indemnización por despido disciplinario?

Índice de contenidos

  1. Despido disciplinario: definición y causas
  2. Derechos del trabajador tras despido disciplinario
  3. Indemnización por despido disciplinario
  4. ¿Qué pasa si el despido es declarado nulo?

Despido disciplinario: definición y causas

El despido disciplinario es una forma de finalización del contrato laboral prevista en el Estatuto de los Trabajadores.

Se produce cuando un trabajador comete una falta grave y culpable, imputable a su propia voluntad, de la cual resulta la imposición de la sanción máxima laboral, que no es otra que ser echado de la empresa.

Causas justificadas de despido disciplinario

Según el Estatuto de los Trabajadores, existen diversas causas que pueden justificar un despido disciplinario. Entre ellas se encuentran:

  • Faltas de asistencia o puntualidad injustificadas y repetidas
  • Indisciplina o desobediencia en el trabajo
  • Ofensas verbales o físicas al empresario, o a las personas que trabajan en la empresa
  • Transgresión de la buena fe contractual
  • Disminución voluntaria y continuada del rendimiento laboral
  • Embriaguez habitual o toxicomanía
  • Acoso laboral o discriminación

Estas son las causas reguladas por el Estatuto de los Trabajadores que pueden justificar un despido disciplinario, pero cada caso debe evaluarse de forma individual. Es importante recordar que el trabajador tiene derecho a impugnar el despido disciplinario si considera que no se ajusta a la legalidad vigente.

Derechos del trabajador antes y después de un despido disciplinario

Derecho a audiencia previa

Antes de que se produzca el despido, una vez el empresario ha tomado la decisión, el trabajador tiene la posibilidad de defenderse de las acusaciones vertidas contra él (y que van a causar el cese). Esta dinámica se denomina audiencia previa, y es obligatoria tras una sentencia que sentó jurisprudencia y que fue emitida por el Tribunal Supremo en noviembre de 2024. No obstante, existe una excepción: cuando no sea razonable solicitarla al empleador. Pero, en general, si no se realiza esta convocatoria se podría reclamar un despido improcedente.

Derecho a firmar como "no conforme"

Tras el paso anterior, y una vez que te han entregado la carta de despido disciplinario, tienes un derecho que puedes ejercer. Se trata de firmar “no conforme” dicha carta de despido, si crees que tu despido se está realizando de forma injustificada o sin ajustarse a la legislación vigente.

De esta forma, mostrarás tu disconformidad con el despido y podrás impugnarlo en los tribunales. No obstante, si por cualquier motivo no has podido añadir esas palabras junto a tu firma, eso no significa que se te vaya a negar el derecho a reclamar. Pero es preferible.

Derecho a finiquito y a cobrar el paro

Después de un despido disciplinario, como trabajador tienes derecho a recibir el finiquito, que incluye los salarios y horas extraordinarias pendientes de pago, así como las vacaciones no disfrutadas.

Además, si cumples los requisitos de cotización mínima, también podrás solicitar el cobro del paro (la prestación contributiva por desempleo, que es distinta a los subsidios).

Impugnación del despido disciplinario

Si no estás de acuerdo con tu despido disciplinario, tienes la opción de impugnarlo.

Para ello, debes presentar una papeleta de conciliación ante el SMAC o servicio de mediación y arbitraje de tu comunidad autónoma.

Tienes un plazo de 20 días para presentar dicha papeleta de conciliación

Una vez presentes esta papeleta, el plazo de 20 días se detendrá. Y te quedarán los días restantes -tras la formacización del acto de conciliación, donde te reunirás con un representante de la empresa-, para poder interponer la demanda.

Por ejemplo, si presentas la conciliación tras nueve días, una vez celebrado el acto de conciliación dispondrás de otros 11 días para interponer la demanda.

Además, es muy importante estar atento porque si transcurridos 15 días hábiles desde la presentación de la papeleta de conciliación, este acto no ha llegado a tener lugar, el plazo para presentar la demanda se reanudará.

Dicho de otro modo, para presentar la papeleta de conciliación e interponer la demanda ante el juzgado de lo Social competente, la LRJS establece un plazo único de 20 días hábiles, que tienes que contar desde el día siguiente al que recibes la notificación del despido.

La importancia de las pruebas

También es fundamental que tengas en cuenta que, cuando se impugna un despido disciplinario, la carga de la prueba recae en la empresa. Será esta última quien deba demostrar la causa disciplinaria alegada para el despido. Y solo podrá alegar las causas señaladas y que figuran por escrito en la carta de despido.

Indemnización por despido disciplinario

En muchos casos, los trabajadores logran ser indemnizados durante el acto de conciliación. Pero si en ese trámite no se llega a un acuerdo, después, en un juicio, el juez podría declarar el despido como improcedente.

En el caso de un despido disciplinario declarado improcedente, el empresario tiene dos opciones: readmitir al trabajador o indemnizarlo.

Si escoje tu readmisión (algo poco previsible), retomarás tu puesto de trabajo y deberán abonarte los salarios de tramitación correspondientes al periodo desde el despido hasta la reincorporación.

En contraposición, si el empresario opta por la indemnización, esta será:

  • De 33 días de salario por año trabajado, prorrateándose los periodos inferiores al año, con un límite de 24 mensualidades.
  • Pero si tenías contrato laboral antes del 12 de febrero de 2012, hasta esa fecha, tendrás que sumar la indemnización correspondiente, que será de 45 días por año trabajado hasta un máximo de 42 mensualidades.

¿Qué pasa si el despido es declarado nulo?

Cuando un despido es declarado nulo en España, la situación se inclina a favor del trabajador.

Se obligará a la empresa a readmitirte en las mismas condiciones laborales que disfrutabas antes de ser despedido.

Esto significa que debes ser reincorporado a tu puesto de trabajo con todos los derechos, incluyendo el salario, antigüedad y cualquier otro beneficio adquirido; como si la relación laboral no hubiera sido interrumpida.

Además, la empresa debe compensarte por los salarios dejados de percibir desde el momento del despido hasta la efectiva reincorporación. Esto significa que te pagará todos los salarios desde que fuiste despedido hasta que fuiste readmitido. Y, además, una indemnización por daño moral.

La nulidad del despido suele darse en casos donde se vulneran derechos fundamentales o se incumplen las garantías de los trabajadores, como, por ejemplo, si ha existido discriminación.

Ante un despido nulo, la empresa no tiene la opción de ofrecer -inicialmente- una indemnización para evitar la readmisión, lo que como trabajador te coloca en una posición ventajosa para retomar tu empleo o negociar una salida más beneficiosa en términos de condiciones o compensación económica, siempre bajo el amparo legal que te presta la sentencia. En contrapartida, si el empresario no desea readmitirte, puedes abrir un “incidente de no readmisión” y el juez le hará llegar un requerimiento al respecto. Si aun así no te admite de nuevo, podrías obtener una indemnización equivalente a la de despido improcedente, además de una cantidad extra.

Sentencias relacionadas

Preguntas frecuentes

Se considera un despido disciplinario aquel que se produce porque el trabajador comete una falta grave y culpable, como faltas de asistencia injustificadas, indisciplina, ofensas verbales o físicas, o disminución voluntaria del rendimiento.

En principio, no hay derecho a indemnización en un despido disciplinario. Sin embargo, si el despido es declarado improcedente por un juez, el trabajador puede recibir una indemnización de 33 días de salario por año trabajado, con un límite de 24 mensualidades.

Si no estás de acuerdo con el despido, puedes impugnarlo presentando una papeleta de conciliación ante el SMAC en un plazo de 20 días hábiles. Si la conciliación no tiene éxito, puedes interponer una demanda ante el Juzgado de lo Social.

Un despido disciplinario improcedente significa que el despido no se ajusta a la legalidad, pero la empresa puede evitar la readmisión del trabajador pagando una indemnización. En cambio, un despido nulo es aquel que vulnera derechos fundamentales del trabajador, y la empresa está obligada a readmitirlo en su puesto de trabajo, pagándole los salarios dejados de percibir.

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