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Indemnización por despido procedente

Cuando un Juez acaba decretando un despido procedente, el trabajador seguramente se hará una nueva pregunta, ¿tengo derecho a algún tipo de indemnización?

Es una pregunta que no tiene una fácil respuesta, puesto que dependerá de qué tipo de despido procedente se haya llevado a cabo.

Como adelanto:

  • Si el despido es disciplinario: No te corresponderá indemnización.
  • Si es otro tipo de despido procedente: Sí deberás cobrar indemnización, menor, pero la cobrarás. En el mismo momento que te entreguen la carta de despido, claro.

Vamos a ver de forma concisa cuál será dicha indemnización, cuándo procede y cómo se calcula. Además, también podrás conocer si tienes derecho a la prestación por desempleo o no. 

Sigue leyendo para conseguir toda esta información de una forma clara, concisa y práctica.

Y como lo que quieres saber es si cobrarás o no indemnización por un despido procedente, pasemos rápidamente a ello.

Indemnización por despido procedente

Índice de contenidos

  1. Indemnización por despido procedente
  2. Cuándo es procedente un despido
  3. Derecho a prestación por desempleo
  4. Asesoramiento legal especializado

Indemnización por despido procedente

La indemnización por despido procedente es un factor a estudiar de forma detallada al finalizar una relación laboral.

Y hay que verificarla porque sólo cobrarás indemnización si tu despido procedente está dentro de alguna de estos dos tipos:

  • Despido objetivo.
  • Despido colectivo (ERE).

En ambos casos el trabajador no tiene culpa alguna en la finalización de la relación laboral, no como en un despido disciplinario. Con lo cual, si estás en cualquiera de estos dos supuestos, sí cobrarás indemnización.

A continuación, te mostramos cómo calcular la indemnización, las condiciones para recibirla y las implicaciones legales y laborales asociadas.

Cálculo de la indemnización por despido procedente

El cálculo de la indemnización por despido procedente se realiza con base en los años que hayas trabajado en la empresa.

La ley estipula una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.

Por ejemplo, si como trabajador has estado contratado por una empresa durante 5 años con un salario de 2.000 €/mes en 14 pagas anuales, tu indemnización se calculará de la siguiente forma:

2000 €/mes x 14 = 28.000 €/año.

Para sacar lo que cobras diariamente, (28.000€/año) / 365 días = 76,71 €/día

La indemnización final 76,71 €/día x 60 meses x (20 días por año trabajado/12) = 7.671 € de indemnización final

Condiciones para recibir la indemnización

Para recibir la indemnización por despido procedente, como trabajador, debes cumplir con ciertas condiciones.

En primer lugar, es necesario que el despido esté dentro de uno de los dos casos que hemos visto anteriormente, o que lo decrete así un juez.

Hay que tener cuidado de no confundir la finalización de un contrato temporal con un despido.

Si tu contrato finaliza, nadie te está despidiendo. Simplemente ha acabado tu relación laboral con la empresa.

Implicaciones legales y laborales

El despido procedente tiene implicaciones tanto legales como laborales.

Desde el punto de vista legal, el trabajador puede tener derecho o no a una indemnización por despido procedente.

Si tu despido es por causas disciplinarias (imputables al trabajador), no tendrás derecho a indemnización alguna, ya que se considerará un despido justificado gracias a tu conducta.

En los otros dos casos, ya hemos visto que sí.

Por otro lado, desde la perspectiva laboral, como trabajador tendrás derecho a acceder a la prestación por desempleo, siempre y cuando hayas cotizado lo suficiente y estés inscrito como demandante de empleo.

Y sí, en este caso da igual el tipo de despido, como trabajador tienes derecho a cobrar el paro, porque existe una cantidad que te han detraído de tu nómina cada mes.

Es decir, has pagado tu parte para poder cobrar el paro. Da lo mismo cual sea la causa por la que te despidan.

Cuándo es procedente un despido

Para que un despido sea considerado procedente, debe estar fundamentado en causas legales y cumplir con los requisitos formales exigidos por la ley laboral.

El Real Decreto Legislativo 2/2015, Ley del Estatuto de los Trabajadores, establece las normas y condiciones para que un despido sea procedente.

Despido disciplinario y objetivo

Existen 3 tipos de despidos procedentes:

  • Despido disciplinario: se da en casos de faltas de asistencia o puntualidad, desobediencia o indisciplina, ofensas verbales o físicas, acoso o discriminación, entre otros.
    Por ejemplo, el trabajador robó varias tartas en la pastelería donde trabajaba.
  • Despido objetivo: cuando hay causas económicas (por ejemplo, dificultades económicas de la empresa), causas técnicas (por ejemplo, cambios tecnológicos) o causas organizativas (por ejemplo, reestructuración de la empresa).
    Por ejemplo, la bajada de los beneficios empresariales en más de un 50% durante un número elevado de meses.
    • Despido colectivo: Es un subtipo dentro de los despidos objetivos. Es aquél despido que pueda justificar la empresa por modificaciones empresariales y que la obligan a despedir a un número significativo de trabajadores.
      Por ejemplo, el cierre de una planta de fabricación de vehículos.

Derecho a prestación por desempleo

En cualquiera de los casos que hemos visto, y como ya te adelantamos anteriormente, como trabajador tienes derecho a acceder a la prestación por desempleo, siempre y cuando cumplas con los requisitos establecidos.

La prestación por desempleo es un apoyo económico que se otorga a aquellos trabajadores que han perdido su empleo.

Para poder acceder a la prestación por desempleo, es necesario haber cotizado un número mínimo de días, que varía dependiendo de la situación laboral y la edad del trabajador.

Además, es necesario estar inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), y cumplir con los requisitos de búsqueda activa de empleo, disponibilidad y no rechazo de ofertas de trabajo adecuadas.

En el caso específico del despido procedente, puedes acceder a la prestación por desempleo a pesar de que tu despido pueda considerarse disciplinario.

Esto se debe a que la prestación por desempleo no está vinculada directamente con la procedencia o improcedencia del despido, sino con la condición de desempleado y haber cotizado lo suficiente.

Es importante destacar que la prestación por desempleo tiene una duración limitada, que varía en función de las cotizaciones del trabajador.

Además, el SEPE realiza controles periódicos para comprobar el cumplimiento de los requisitos y condiciones para seguir percibiendo la prestación.

Asesoramiento legal especializado

En este tipo de situaciones es importante tener el apoyo, conocimientos y experiencia de un abogado laboralista. Sobre todo si se trata de una decisión judicial y quieres recurrirla.

Nuestros abogados especializados en derecho laboral te prestarán asesoramiento legal, ayudarán en la recopilar las pruebas y te representarán durante el proceso judicial, incluida la interposición de recursos.

Sentencias relacionadas

Preguntas frecuentes

La indemnización por despido procedente depende del tipo de despido:

  • Despido objetivo o colectivo: 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.

  • Despido disciplinario: No hay derecho a indemnización.

Se multiplica el salario diario por 20 días por cada año trabajado, hasta un máximo de 12 mensualidades.

Los despidos disciplinarios, por faltas graves del trabajador, no tienen derecho a indemnización.

Sí, siempre que se cumplan los requisitos de cotización y búsqueda activa de empleo.

En el mismo momento en que se entrega la carta de despido.

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