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El Tribunal Superior nos vuelve a dar la razón: absoluta por síndrome postpolio

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La Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya emitió el pasado 11 de junio otra sentencia favorable sobre incapacidad permanente, tras la intervención de nuestros abogados en el proceso. Nuestro cliente, Borja, quería recurrir la resolución de su caso tras perderlo ante el Juzgado de lo Social nº 3 de Girona en noviembre de 2018. Ahora ha conseguido con nosotros uno de los mayores grados de incapacidad permanente. En este artículo narramos todo lo que pasó.

Los altibajos previos

En un primer momento, Borja solicitó una incapacidad al INSS por vía administrativa. Pero solo le concedieron la incapacidad permanente total para su trabajo habitual por síndrome postpolio (que se genera por los efectos tardíos de la polio). Él tramitó una reclamación previa para que le otorgaran la incapacidad absoluta, pero desestimaron su petición. 

Todo esto y a pesar de que también tiene un 65% de discapacidad, ya que en ese sentido el Departament de Benestar Social i Família de la Generalitat de Catalunya no había dudado. Tras ello, este comercial de seguridad y telecomunicaciones, llevó su caso ante los tribunales de Girona. Pero no obtuvo la victoria deseada. Sin embargo, se puso en contacto con nuestro despacho y entonces presentamos un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya.

Las secuelas de la polio

En este nuevo juicio pudimos constatar ante los magistrados que nuestro defendido padece síndrome postpolio. Y que este le provoca “fatiga y claudicación para la deambulación, requiriendo uso de dos muletas y férula antiequino, caídas de repetición e imposibilidad para subir y bajar escaleras y para la utilización de medios de transporte público, fatiga para la conducción de coche”, como se puede leer en la propia sentencia.

Ante esta realidad, el Tribunal Superior ha afirmado que este diagnóstico y sus secuelas no son compatibles “con un rendimiento laboral normal en la mayoría de trabajos, y por tanto es necesario revocar en ese sentido la sentencia impugnada”.

De esta manera, se anula la decisión del Juzgado de lo Social nº 3 de Girona, que apoyó al INSS.

Y llegó la incapacidad absoluta

El fallo fue una gran alegría para Borja. Porque por ley se le declara como beneficiario de incapacidad permanente absoluta para cualquier actividad laboral. Y se condena al INSS a abonarle una pensión del 100% de su base reguladora, cifrada en 2.519,89 €. Como suele suceder en procedimientos de este tipo, también se le han reconocido efectos retroactivos -desde agosto de 2017-. En consecuencia, la diferencia entre incapacidad total y absoluta que nuestro cliente no ha percibido durante estos dos últimos años, la cobra ahora en un solo pago. Sin duda, un resultado óptimo para este ex comercial de seguridad, que ahora podrá llevar una mejor calidad de vida.

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