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Juez Reconoce Incapacidad Absoluta a Administrativa por Lupus Eritematoso Sistémico

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¡Nuevo éxito! Se declara una Incapacidad Permanente absoluta a una trabajadora con Lupus Eritematoso Sistémico (LES).

El Magistrado nos dio la razón estimando plenamente la demanda interpuesta por nuestros abogados.

El problema

Isabel era administrativa. Padecía LES desde hacía más de diez años. La sintomatología de esta enfermedad autoinmune y que cursa a brotes, le impedía realizar tanto su actividad habitual como cualquier otra, ya que en la actualidad presentaba permanentemente disnea por cualquier esfuerzo y una astenia y algias generalizadas invalidantes. Asociado a dicha enfermedad la clienta padecía una migraña crónica que anulaba totalmente su capacidad funcional residual, estando limitada para actividades de la vida diaria.

El dictamen médico del ICAM (Tribunal Médico) reflejaba dichas patologías y la limitación que padece mi representada, aunque entendías que estaba pendiente de terapia y tratamiento sanitario, algo totalmente irreal.

 Ante esta situación presentamos reclamación previa ante el INSS que denegó nuevamente, tras lo que presentamos demanda judicial.

El Juez reconoce invalidez absoluta por Lupus Eritematoso Sistémico

La demanda se repartió en el Juzgado de lo Social nº 28 de Barcelona que tras la celebración del juicio se dictó Sentencia estimando nuestra demanda en todas sus peticiones. El Magistrado entendió que el cuadro patológico de nuestra clienta le impedía realizar todo tipo de trabajo por sedentario o liviano que fuese.

Se estimaron nuestras alegaciones, apoyadas siempre por informes de especialistas que confirmaban y ratificaban todo lo alegado en juicio por lo que no tuvo duda alguna en reconocer a nuestra cliente la incapacidad permanente dado al cuadro clínico que padece le imposibilitan funcionalmente para el desarrollo de todo tipo de trabajo.

Para el presente caso hicimos uso de un perito a fin de acreditar la intensidad y gravedad de la sintomatología que padece nuestra clienta, lo que dio pie por parte del Magistrado a razonar que estas “resultan limitantes con carácter permanente para el ejercicio de cualquier profesión”.

Adjuntamos la sentencia para que puedas echarle un vistazo:

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