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Tiene un nuevo trabajo pero, a la vez, cobra una pensión por no poder ejercer el anterior

Tiene un nuevo trabajo pero, a la vez, cobra una pensión por no poder ejercer el anterior

featuredRicardo no se rindió solo por tener un nuevo empleo. Él había trabajado mucho años como mozo de almacén, era su profesión habitual y ya no podía ejercerla por sus limitaciones físicas. Y por eso luchó por vía judicial para conseguir una incapacidad permanente por ello, ya que el INSS se la denegaba. Te resumimos su caso, que finalmente se resolvió favorablemente para él.

Cardiopatía y cervicobraquialgia

En septiembre de 2019, después de que Ricardo -mozo de almacén- pasara por el tribunal médico, el INSS decidió no concederle ningún tipo de incapacidad. En el dictamen de los inspectores médicos se atestiguaba que el trabajador, “posiblemente”, padecía una miocardiopatía hipertròfica obstructiva. Pero “sin limitación funcional”.

Asimismo, se destacaba que sufría una cervicobraquialgia debido a una “leve protusión discal”. Pero que no había “signos de radiculopatía”, es decir, disminución de la función motora.

Por todo ello, la Seguridad Social le denegó la incapacidad, considerando que podía seguir desarrollando su profesión de mozo de almacén.

Limitación para esfuerzos físicos

En el juicio, que tuvo lugar en el Juzgado de lo Social nº 11 de Barcelona en septiembre de 2021, nuestro equipo de abogados dio la vuelta a la teoría del tribunal médico. Con informes de la Sanidad pública, demostramos que nuestro cliente sí tenía diagnosticada una radiculopatía, concretamente una lesión radicular.

Además, probamos que Ricardo había experimentado una pérdida de fuerza, con dolor, en los brazos (braquialgia). Eso sumado a parestesias: compresión o irritación de los nervios. Y que por estos motivos estaba muy limitado para el ejercicio físico manual y de levantar peso, siendo ambos condicionantes incompatibles con su trabajo de mozo de almacén.

Una nueva vida

Nuestro defendido, tal como se puede leer en la resolución judicial (¡que se emitió el mismo día del juicio!), al no verse capacitado para ejecutar su profesión de siempre, y pese a no haber conseguido la incapacidad vía administrativa, comenzó a trabajar en un parking.

Un empleo mucho más sedentario que consiste, básicamente, en avisar a mantenimiento si surge una incidencia. Y que consiguió pocos meses antes de enfrentarse al INSS en los tribunales.

Incapacidad Total

El juez, tras evaluar todos los documentos y testimonios, declaró que el demandante no podía seguir desempeñando su trabajo habitual de mozo de almacén en fábrica textil, “al ser incompatibles con su patología las actividades de movilidad, manuales y de esfuerzo”. Aunque ya no lo estuviera haciendo. Y le reconoció una incapacidad permanente total.

Ahora Ricardo compagina su puesto en el parking con su pensión de incapacidad, por no haber conflicto entre ambas cosas. Su prestación es de un 55% de la base reguladora, pese a que en la sentencia hay un error y figura que es de un 75%.

Consulta la sentencia en PDF a continuación:

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