Vamos a contarte en qué consiste el tribunal médico en incapacidad permanente, aclarándote diversos puntos importantes al respecto que debes tener en cuenta si tienes que pasar por este trámite.
Te informamos también de los plazos legales máximos para que el tribunal médico emita un informe, y de si se puede recurrir la decisión que finalmente se toma.
¿Qué es el tribunal médico y cuáles son sus funciones?
Los médicos y técnicos que componen el tribunal médico tienen como función examinar la salud del paciente, desde el punto de vista de sus limitaciones laborales. La información obtenida la estudia después el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI), que aconseja al INSS si otorgar, denegar o revisar una pensión.
El tribunal médico es, por tanto, el conjunto de inspectores que pasan visita a las personas que están de baja y/o están en un proceso de incapacidad permanente. La función del tribunal médico es, en consecuencia, evaluar cualquier posible caso de incapacidad laboral, así como realizar revisiones.
En esta valoración presencial hay distintos profesionales, y siempre, al menos, debe haber un miembro del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI). Concretamente, el facultativo médico del EVI.
El EVI es el órgano que, tras el paso del trabajador por el tribunal médico, estudia la situación internamente, a partir del informe médico de síntesis que elabora el facultativo médico antes mencionado -entre otros documentos-.
→ Así pues, el EVI sería la pieza de la Seguridad Social encargada de que ninguna persona se quede en un estado de desamparo por lesiones, enfermedades o accidentes que impiden desempeñar una actividad profesional, o todas.
¿Cuánto tarda la resolución del tribunal médico?
El plazo legal máximo para recibir la resolución si solicitaste tú la incapacidad es de 135 días hábiles (unos seis meses naturales). Si transcurre ese tiempo sin notificación, se aplica el silencio administrativo negativo, lo que significa que tu petición se entiende legalmente como desestimada.
Recuerda, por tanto, que si eres tú quien ha pedido la incapacidad el plazo es de 135 días hábiles -a contar desde que solicitaste la pensión, lo que es sinónimo de unos seis meses-.
El INSS te comunicará su decisión por escrito (normalmente con un aviso previo por SMS), siendo habitual que esto ocurra en un plazo mucho más corto que el máximo legal contemplado.
Recibirás una carta física, pero si estás en el sistema de notificaciones telemáticas te llegará una notificación de ese tipo por el canal DEHú o desde la propia Seguridad Social como remitente directo.
¿Qué ocurre si no recibo resolución del inss?
En el caso de que, transcurrido el plazo de 135 días, no te hayan notificado una resolución, deberás entender tu petición como desestimada (denegada) por silencio administrativo negativo.
El silencio administrativo está recogido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
¿Qué tienes que llevar para el examen del tribunal médico?
Lo más importante es que has de llevar contigo todos los informes médicos relevantes de los que dispongas, tanto históricos como lo más actualizados.
Y que sean de tus especialistas de la sanidad pública, sobre todo. A no ser que puedas acreditar un seguimiento de años por parte de un médico privado, no es recomendable que aportes informes que no sean públicos.
Aunque ellos pueden consultarlos en sus ordenadores, en conveniente que los lleves impresos y no vayas con las manos vacías.
¿Es el tribunal médico quien decide sobre mi situación?
No, el tribunal médico no toma la decisión final. La resolución de tu incapacidad recae sobre la dirección provincial del INSS de tu provincia. Allí deciden, basándose en el dictamen propuesta emitido previamente por el EVI.
Ten en cuenta, por tanto, que la resolución de tu solicitud de incapacidad permanente recae sobre la dirección provincial del INSS de la provincia en la que residas. En otras palabras, ni el tribunal médico ni el EVI toman la decisión final, ya que lo hace el INSS a partir del dictamen propuesta que emite el EVI.
Cada dirección provincial del INSS cuenta con su propio EVI -o, incluso, con varios-, con la excepción de Cataluña, donde existe una autoridad específica para la valoración de incapacidades (Subdirecció General d'Avaluacions Mèdiques, llamada SGAM o ICAM).
¿Qué es el dictamen propuesta?
El dictamen propuesta del EVI es un documento donde se da una conclusión sobre la capacidad laboral del afectado, una vez estudiado tanto en el informe médico de síntesis como en el resto de la documentación de salud.
Y, como su propio nombre indica, formular una propuesta concreta sobre la existencia y grado de incapacidad.
¿Se puede reclamar la decisión del tribunal médico?
En este punto, más bien habría que hablar de la decisión del INSS desde la dirección provincial correspondiente, ya que ellos son los que tienen la última palabra.
La reclamación, en caso de silencio administrativo o de incapacidad denegada expresamente -o cambio de grado si se ha pedido- se realiza mediante una reclamación previa. Esta clase de reclamación está contemplada y definida en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
→ Puedes informarte de todos los detalles sobre cómo preparar esta reclamación aquí.
¿Qué tipo de solicitudes se tramitan en el tribunal médico?
En el tribunal médico se tramitan principalmente dos tipos de solicitudes relacionadas con la salud laboral: la incapacidad temporal (conocida coloquialmente como estar de baja) y la incapacidad permanente (pensión, con opción a ser vitalicia, que se otorga si se reduce de forma previsiblemente definitiva la capacidad para trabajar).
Incapacidad temporal
La incapacidad temporal consiste en que, debido a un accidente, lesión o enfermedad, la capacidad de trabajo de la persona disminuye temporalmente.
Incapacidad permanente
La incapacidad permanente es la que ocasiona al trabajador una reducción (previsiblemente permanente) de su capacidad laboral, para su profesión habitual o para todas.
Dependiendo de cómo limiten a una persona sus enfermedades o lesiones, se distinguen varios tipos o grados de incapacidad:
Del tribunal médico a los verdaderos tribunales
Conclusión
Si has pasado el tribunal médico y has recibido una resolución negativa, una vezs interpongas un reclamación previa agotarás la vía administrativa. Por tanto, si dicha reclamación no ha dado frutos y deseas seguir peleando por tus derechos, puedes demandar al INSS en el plazo de 30 días hábiles para que haya un juicio sobre tu incapacidad permanente.
Comenta este artículo