Los informes médicos son la base fundamental a la hora de solicitar una pensión de incapacidad permanente.
En este artículo te explicamos qué tipo de informes son los que realmente tiene en cuenta el tribunal médico, por su contenido y por el profesional que los realiza.
Además, te explicamos cómo solicitarlos mediante un escrito, lo que te ayudará a obtenerlos lo antes posible -y a que también consten en el sistema informático interno de la Seguridad Social, de modo que los inspectores médicos los podrán consultar directamente-.
Incapacidad permanente: presentar informes médicos
Aunque, como señalábamos antes, es prácticamente seguro que los informes médicos de la salud pública que te hayan emitido se reflejen en los ordenadores de los integrantes del tribunal médico, naturalmente si no los pides y no te los han hecho, no les aparecerán.
Además, independientemente de que ellos tengan acceso digitalmente, es muy recomendable que los lleves físicamente a tu visita de valoración. Ello sirve, incluso, como muestra de tu interés.
Dicho esto, debes saber que de cara a una posible incapacidad permanente, un correcto informe clínico tiene que ir más allá de un diagnóstico y un tratamiento. Si al solicitar un informe médico para una incapacidad, este solo contiene dicha información, no te servirá de mucho a la hora de iniciar un proceso de solicitud de pensión.
¿Qué debe contener el informe médico para incapacidad permanente?
Los puntos que debe recoger este tipo de informe, y los aspectos a desarrollar de la forma más exhaustiva posible, son:
- Datos de identificación del paciente
- Fecha y datos del hospital o centro
- Motivo del seguimiento médico
- Antecedentes relevantes
- Intervenciones anteriores
- Exploración física
- Pruebas realizadas
- Diagnóstico y tratamiento
- Cirugías, si las ha habido
- Evolución y comentarios
- Limitaciones físicas, psicológicas y/o funcionales
- Nombre y firma del facultativo
→ No debe reflejar, sin embargo, ninguna alusión a la incapacidad permanente o al grado o tipo que se debe conceder.
El informe más importante
El informe médico que no puede faltar en tu documentación si vas a pedir una incapacidad permanente es el de tu especialista o especialistas de la Seguridad Social (no del médico de cabecera, aunque también provenga de la sanidad pública).
Necesitas, por tanto, que sea el especialista que te ha estado tratando quien realice el informe. Por ejemplo, el traumatólogo, el reumatólogo, el neurólogo, el psiquiatra, etc.
Especialistas privados
Queremos insistir en que el informe clínico que realmente se tendrá en cuenta para tu solicitud de incapacidad permanente ha de provenir de un especialista de la sanidad pública.
No obstante, si el doctor que te ha tratado durante toda (o prácticamente toda) tu enfermedad ha sido un especialista privado, sus informes también serán tomados en cierta consideración. Pero solo en el caso de que, efectivamente, haya habido un seguimiento exhaustivo y continuado por su parte.
Recuerda que no valdrá prácticamente de nada si acudes un solo día a una consulta médica privada con el único propósito de que te elaboren un informe.
Tu derecho a solicitar informes médicos
Por ley, los pacientes tienen pleno derecho a conocer y acceder a sus informes médicos. Y el hospital o centro de salud tiene la obligatoriedad de facilitarlos.
En este sentido, no tengas reparos si necesitas solicitar un informe médico a la Seguridad Social. Como decíamos al principio, los informes clínicos son el pilar central para que te pueda ser reconocida una incapacidad permanent .
Informes médicos para incapacidad permanente: cómo solicitarlos
Cuando visites a tu especialista, directamente a él o a ella le puedes pedir tu informe medico. O pide una cita específica para solicitarlo.
Ten en cuenta, no obstante, que algunos hospitales y centros que tienen como norma que esta petición se tramite a través del departamento de administración. Si es así, hazlo de esta manera y posteriormente te avisarán para entregártelo.
Si por alguna razón el hospital o centro de salud se niega a facilitarte este documento, puedes reclamar. Porque como afirmábamos antes, es un derecho que posees como paciente.
Te explicamos cómo llevar a cabo este tipo de reclamación llegado el caso, tanto si tienes que dirigirte a la sanidad pública como a la privada.
1. Reclamar informe médico por burofax
Redacta un escrito con la fecha, tus datos identificativos y la reclamación del informe médico que no te han facilitado, y acude a una oficina de Correos. Allí tendrás que decir el teléfono y la dirección del centro hospitalario o médico.
Es recomendable que el burofax incluya una “certificación de contenido” - es decir, una pequeña síntesis de lo que escribes en tu carta-, para que oficialmente se tenga constancia.
2. Agencia de Protección de Datos
Habitualmente, tras enviar un burofax, se recibe el informe clínico pendiente. Pero si no es así, y pasa un máximo de 30 días, puedes denunciar la situación a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)
3. Reclamación judicial
Hay casos donde, a pesar de haber dado los pasos que te acabamos de exponer, el centro sigue negándose a proporcionarte el informe. Si esto ocurre, puedes solicitar un requerimiento a un juez. La ley te ampara en ello.
Escrito de solicitud (o reclamación) de informe médico para incapacidad
Lo esencial en este asunto es que la propia solicitud esté debidamente planteada por escrito. Al pedir un informe médico a un facultativo, tienes que exigir educadamente que el texto incluya, al menos:
- Tu diagnóstico exacto
- La evolución que has tenido
- Los tratamientos que has experimentado
- Las limitaciones que te supone tu enfermedad
El último punto es uno de los que más ayudará a los gestores del INSS a evaluar tu actual capacidad para trabajar.
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¿Tengo que pedir un informe médico de síntesis?
Rotundamente, no. En este artículo hablamos de los informes médicos que se deben presentar a la Seguridad Social para solicitar una incapacidad permanente.
Por el contrario, el informe médico de síntesis no tiene nada que ver con los documentos previos a aportar. Un informe médico de síntesis es el que emite el facultativo del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) que está en el tribunal médico, tras valorar tu caso.
Esta diferenciación es fundamental: recuerda el informe médico de síntesis no es tarea de tu médico especialista. El informe de síntesis, una vez elaborado, es después presentado al EVI en su conjunto, de cara a un dictamen propuesta que se envía a la dirección provincial del INSS que corresponda -que es donde se decidirá finalmente si se aprueba tu pensión o no-.
¿Y me ayudaría el informe de un perirto médico?
En esta fase, no. De hecho, puede ser contraproducente que lo aportes, porque de algún modo "sustituye" la función de los inspectores médicos.
Es en sede judicial donde los informes periciales pueden constituir medios de prueba para la determinación de la situación incapacitante, aunque no siempre son necesarios ni recomendables. Hay que estudiarlo en cada caso.
Informes médicos: ¿y si no son suficientes?
Conclusión
Si has hecho correctamente tu labor de recopilación de informes, no te preocupes. En la fase de instrucción, además de los informes de los especialistas, el INSS, a través del EVI, puede recabar otros informes médicos o la práctica de pruebas complementarias, especialmente cuando las características clínicas del trabajador así lo justifiquen o falten documentos esenciales.
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