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Incapacidad Permanente Parcial

La incapacidad permanente parcial consiste en una indemnización que se cobra mediante un pago único (no se perciben mensualidades).

Es el grado más bajo de incapacidad y se reconoce cuando, debido a una lesión o enfermedad un trabajador tiene dificultades para realizar su actividad laboral, con una disminución de rendimiento.

La incapacidad parcial, además, no implica el abandono del puesto de trabajo, y no extingue el contrato con la empresa. Se puede acceder a la indemnización y continuar en el mismo empleo. En general, es compatible con todo tipo de profesión.

 

Incapacidad Permanente Parcial

Índice de contenidos

  1. Qué es la Incapacidad Permanente Parcial
  2. Requisitos de la Incapacidad Permanente Parcial
  3. ¿Cuánto se cobra por Incapacidad Permanente Parcial?
  4. Incapacidad Permanente Parcial para Autónomos
  5. Conclusión

Qué es la Incapacidad Permanente Parcial

No sería totalmente correcto hablar de “pensión mensual” por incapacidad permanente parcial, ya que con este grado lo que se cobra es una indemnización. No obstante, la incapacidad permanente parcial se considera una pensión más de la Seguridad Social, a pesar de sus peculiares características (como que también permite quedarse en el trabajo actual, y percibir a la vez la indemnización).

Pero la incapacidad permanente parcial es un derecho que se adquiere solamente si la patología o lesión provoca una disminución mínima del rendimiento del 33%, en comparación con el ritmo y la dinámica que había tenido el empleado hasta ahora. En otras palabras, el afectado debe demostrar que está obligado a realizar un esfuerzo mucho mayor en su rutina diaria.

La reducción en el rendimiento debe ser objetiva, permanente y derivada de secuelas estabilizadas (es decir, que no se espere mejoría con tratamiento médico).

Causas de la incapacidad permanente parcial

  • Un accidente laboral, u ocurrido en el trayecto a/del trabajo,
  • Una enfermedad común, no relacionada con el ejercicio de la profesión,
  • Una enfermedad profesional, generada o agravada por el trabajo,
  • Un accidente no laboral.

¿Cuánto dura una incapacidad parcial? ¿La pueden "quitar"?

La incapacidad parcial no es una mensualidad que se pueda retirar en un momento dado, por una revisión del INSS. La mejora del estado de salud del afectado no implica, por ejemplo, que tenga que devolver lo cobrado.

De hecho, a diferencia del resto de grados de incapacidad, la incapacidad permanente parcial no es revisable porque el INSS no llama a revisiones periódicas a este tipo de beneficiario. El pago se efectúa cuando se reconoce la pensión -vía administrativa o judicial-, y el proceso acaba en ese punto.

Requisitos de la incapacidad permanente parcial

Pueden solicitar la incapacidad parcial aquellas personas que:

  • No hayan cumplido la edad ordinaria de jubilación. O que habiéndola cumplido no cuentan con 15 años cotizados.
  • Estén en situación de jubilación anticipada y aún no han alcanzado la edad que les corresponde para la jubilación ordinaria.
  • Se encuentren de alta o asimilada al alta. Hay que tener en cuenta que si la incapacidad proviene de enfermedad profesional o accidente de trabajo, si el empresario no hubiera dado de alta a su empleado, este automáticamente adquirirá el alta legal.
  • Por enfermedad común, se requiere que hayan cotizado 1.800 días (y que este total -que traducido a años son casi cinco- esté comprendido dentro de los 10 años previos a la solicitud de baja médica de la que derivó la incapacidad). 
    • Por el contrario, la incapacidad parcial deriva de un accidente -sea de trabajo o no- o de una enfermedad profesional no se exige un mínimo de cotización.

¿Cuánto se cobra por incapacidad permanente parcial?

El cálculo de la indemnización por incapacidad permanente parcial será siempre el equivalente a la suma de 24 mensualidades de la base reguladora del solicitante. 

Por ejemplo, un trabajador de 45 años con derecho a una incapacidad parcial, y con una base reguladora de 2.000 €, percibirá una indemnización de 48.000 € (24 meses x 2.000 €).

¿Se descuenta IRPF en la incapacidad permanente parcial ?

Este tipo de prestación está sujeta a tributación, y efectivamente tiene retención de IRPF.

¿Quién paga la pensión de incapacidad parcial?

La pensión de incapacidad permanente parcial la abonará el INSS o la mutua, en función si la contingencia es común o profesional. Si se trata de una enfermedad común o un accidente no laboral, le corresponderá a la Seguridad Social, mientras que si es un accidente de trabajo o una enfermedad profesional la encargada del abono es la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales. 

Independientemente del motivo de la invalidez, para solicitar la incapacidad permanente parcial es a la Seguridad Social donde se debe dirigir el trabajador.

Incapacidad Permanente Parcial para autónomos

Los trabajadores por cuenta propia también pueden tener una incapacidad parcial, pero solo por accidente de trabajo o enfermedad profesional.

Respecto al Régimen General, la incapacidad permanente parcial en autónomos tiene idénticos efectos si ha habido, por tanto, un accidente o enfermedad laboral: una indemnización por poder seguir realizando las mismas funciones profesionales pero con más dificultad, a causa de una patología o lesión.

Conclusión: una pensión difícil de obtener. Ejemplo

En la mayoría de casos, se reconoce una incapacidad total antes que una parcial. Y en la vía judicial, suele ser algo muy poco usual.

En este despacho, sin embargo, se han llevado casos como este: Indemnización de 48.000 € por Incapacidad Parcial, algo muy poco habitual en los juzgados

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Preguntas frecuentes sobre la Incapacidad Permanente Parcial

La incapacidad parcial se presenta cuando en un trabajador, tras sufrir una enfermedad o accidente, disminuye su rendimiento pero no está incapacitado para seguir con su trabajo.

La indemnización por incapacidad parcial se calcula sumando los importes de 24 mensualidades de la base reguladora, calculando esta conforme a la norma de la invalidez parcial.

Una pensión de incapacidad parcial es la que permite al trabajador seguir ejecutando su actividad laboral pero con limitaciones, motivo por el que se cobra una indemnización.

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