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Requisitos de la Jubilación en 2024: ¿Cuántos años hay que cotizar?

¿Con qué cotización me puedo jubilar en España? ¿Con qué cotización me puedo jubilar en España?

Jubilarse lleva consigo haber trabajado (y sobre todo, cotizado) muchos años en nuestra vida laboral. Si quieres saber los años cotizados que son necesarios para jubilarse en España, hoy hablamos sobre ello.

También veremos el resto de requisitos que se necesitan en cada tipo de jubilación. Aclarándote también si puedes acceder a la jubilación con menos de 15 años cotizados.

Índice de contenidos

  1. Requisitos y años cotizados para jubilarse
  2. Comunicación a la empresa
  3. Cotización necesaria para pensión mínima
  4. Cuantías de la jubilación para este año
  5. Jubilarse con menos de 15 años cotizados
  6. Conclusion

Requisitos y años cotizados para jubilarse en 2024

No es lo mismo poder jubilarse que cobrar el 100% de la prestación. Veamos primero las distintas edades de jubilación en 2024, independientemente del porcentaje de pensión que después se perciba.

1. Jubilación ordinaria

Para acceder a la jubilación ordinaria, en 2024 es necesario tener cotizados 38 años cotizados (o más) si te quieres jubilar al cumplir los 65. Y si tienes menos de esa cifra, la edad de jubilación aumenta hasta los 66 años y seis meses en 2024. Hasta el 2027, cada vez hará falta más tiempo cotizado para jubilarse a los 65. 

Pero junto a los años cotizados, has de cumplir también los siguientes dos requisitos:

  • Estar afiliado en la Seguridad Social, en cualquiera de sus regímenes.
  • Haberse producido el propio ‘hecho causante’, es decir, la finalización de tu actividad laboral (si estabas en situación de alta y han pasado hasta tres meses del cese). O simplemente el hecho de acudir a solicitar la jubilación (en situaciones de asimilada de alta o no alta, cuando han pasado más de tres meses desde la finalización del trabajo).

2. Jubilación anticipada

Los requisitos de la jubilación anticipada varían si es voluntaria o forzosa.

Si estás pensando en una jubilación anticipada a partir de los 63 años, por voluntad propia y sin que tu empresa te inste a ello, debes saber que necesitas al menos 38 años cotizados. Y al menos dos deben estar comprendidos entre los 15 inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho -o al momento en que se dejó de cotizar, si se accede a la jubilación anticipada desde una situación de alta o asimilada al alta sin obligación de cotizar-.

Por el contrario, en casos de jubilación anticipada por cese no voluntario (posible desde los 61), los años cotizados requeridos son 38.

Pero hay ciertas excepciones en la jubilación anticipada donde solo se exigen como mínimo 15 años cotizados para jubilarse: cuando provenimos de un trabajo considerado penoso o si tenemos un 45% de discapacidad o más. Así como si hemos cotizado por haber ejercido la tauromaquia o si se ha sido mutualista, artista, bombero o Ertzaintza.

Los requisitos para jubilación anticipada, en cuanto a los años cotizados, son por tanto menores en dichas profesiones o cuando hay una discapacidad relevante.

Observemos ahora los demás requisitos para tener derecho a la jubilación anticipada:

  • Estar en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social.
  • Haberse inscrito como demandante de empleo en el INSS seis meses antes de la solicitud de la jubilación.
  • Que dos de los años cotizados que se necesitan, estén comprendidos en los 15 años previos a pedir la jubilación anticipada.
  • Tener una edad mínima de 63 años en 2024 (o 64 y seis meses si se ha cotizado menos de 38 años) si se trata de jubilación anticipada voluntaria. O haber cumplido 61 años si es por cese no voluntario -que se convertirían en 62 años y seis meses si la cotización acumulada es menor de 38 años-.

3. Jubilación parcial

Los años cotizados para cobrar una pensión por Jubilación Parcial varían según la circunstancia profesional. Si no hay lo que se denomina un ‘contrato de relevo’, solamente se precisan 15 años cotizados. Aunque dos de ellos han de estar incluidos dentro de los 15 anteriores al hecho causante.

Por el contrario, con contrato de relevo, este número sube hasta 33 como mínimo. Con una salvedad: si existe ese contrato de relevo pero el trabajador relevado tiene una discapacidad reconocida del 33% o superior. En ese supuesto, los años cotizados que se necesitan para jubilarse parcialmente son 25.

Aparte del periodo cotizado, para disfrutar de una jubilación parcial, la Seguridad Social pide:

SIN CONTRATO DE RELEVO

  • Dos de los 15 años cotizados han de estar englobados dentro de los últimos 15 años anteriores a solicitar la jubilación parcial.
  • Tener la edad ordinaria de jubilación.
  • Estar dado de alta en la Seguridad Social.

CON CONTRATO DE RELEVO

  • Haber cumplido 60 años en caso de mutualistas.
  • Para el resto de profesiones, en 2024 se puede acceder a la jubilación parcial con contrato de relevo con 64 años (si tienes 33 años cotizados) o con 62 años y seis meses si tu cotización es de 36 años, o superior.
  • Estar en situación de alta en la Seguridad Social.

4. Jubilación flexible

La Jubilación Flexible permite a los jubilados compatibilizar una pensión de jubilación con un empleo a media jornada. O varios que sumen, como máximo, lo equivalente a una media jornada. Para jubilarse de esta manera, se requiere un mínimo de 15 años cotizados (el mismo mínimo que para la jubilación ordinaria, ya con la jubilación flexible hablamos de trabajar después de jubilarse).

Otros requisitos imprescindibles cuando hablamos de jubilación flexible son:

  • Estar afiliado a la Seguridad Social.
  • No ejercer como autónomo ni en el sector público.
  • Que exista un contrato parcial, con una jornada reducida entre un 25 y un 50% respecto a la que tendría un empleado a tiempo completo.
  • Que al menos dos de los 15 años cotizados estén comprendidos dentro de los 15 años anteriores a la jubilación flexible.
  • Tener la edad de jubilación ordinaria.

Comunicación a la empresa

Si te vas a jubilar has de avisar a tu empresa. Recuerda que, formalmente, no se trata de un despido sino de una renuncia voluntaria. Y para comunicarlo correctamente debes preparar un escrito de renuncia por jubilación. En caso de no saber cómo redactarlo, nuestra tarifa plana Campmany Premium incorpora este servicio de elaboración de escritos legales y oficiales-. Pincha en este link para informarte sobre todo lo que ofrecemos con Premium, tu abogado online con respuesta en 24 horas.

¿Cuántos años hay que cotizar para cobrar la pensión mínima?


Los requisitos para jubilarse no difieren a la hora de cobrar o no a la pensión mínima. Serían, como fija la ley, 15 años cotizados (dos dentro de los últimos 15 años previos a la solicitud de jubilación).

Lo que marca el importe de la pensión son las bases de cotización, de donde se obtiene la base reguladora para el cálculo de la mensualidad.

Cuanto más bajas sean tus bases de cotización, menor será la cuantía de tu pensión. Asimismo, depende de los años cotizados (desde 15 en adelante) tu prestación será una u otra, ya que se aplica un porcentaje como veremos en el siguiente punto.

El concepto pensión mínima representa una cantidad básica que los jubilados se aseguran de cobrar, no que necesites menos años de cotización. Pero recuerda que si solo has cotizado 15, tu pensión de jubilación se quedará en la mitad.

Cuantías jubilación 2024

Pongamos un ejemplo concreto: “Tengo 66 años y 6 meses de edad y 20 años cotizados, ¿tengo derecho a pensión?”.

La respuesta sería sí, pero no al 100% porque aunque has pasado de la década y media cotizada, no has llegado a la cotización que obliga la normativa de la jubilación ordinaria en 2024 para obtener el total de tu prestación (el 100%).

Si no te acoges a la legislación anterior al 01-01-2013, puedes consultar en las siguientes tablas qué porcentaje de tu base reguladora te corresponde como pensión de jubilación ordinaria según los años y/o meses cotizados en 2024:

AÑOS COTIZADOS % BASE REGULADORA
15 años 50%
16 años 52,2%
17 años 55,04%
18 años 57,56%
19 años 60,08%
Desde 19 años y un mes 60,29% (0,21% más con 19 años y un mes cotizado = 15 años + 49 meses ) y un 0,19% por cada mes adicional cotizado desde los 20 años y dos meses cotizados hasta los 20 años y 12 meses cotizados, según ley 2023.
20 años 62,36% 
21 años 64,64%
22 años 66,92%
23 años 69,20%
24 años 71,48% 
25 años 73,76%
26 años 76,04%
27 años 78,32%
28 años 80,06%
29 años 82,88%
30 años 85,16%
31 años 87,44%
32 años 89,72%
33 años 92%
34 años 94,28%
35 años 96,56%
36 años 98,84%
36 años y medio 100%

Fuente

Por ejemplo, en un caso de jubilación con 18 años cotizados, en 2023 esa persona tendría derecho al 59% del total de su pensión. O si tu situación es la de “tengo 26 años cotizados”, por ejemplo, un 82%.

Por meses cotizados

Pero la nueva ley no contempla estos años al completo si, por ejemplo, se han cotizado algunos años y algunos meses. En esos casos, el cálculo del porcentaje se hace de modo exacto al periodo de cotización. A partir de los 15 años de cotización, te dan (hasta un número determinado de meses) un porcentaje por cada año adicional cotizado.

Desde 2013 a 2019

  • Entre los meses 1 y 163, el 0,21%
  • Por los 83 meses siguientes, el 0,19%

Desde 2020 a 2022 

  • Entre los meses 1 y 106, el 0,21%
  • Por los 146 meses siguientes, el 0,19%

Durante los años 2023 a 2026 (fórmula aplicada en la tabla anterior por años)

  • Entre los meses 1 y 49, el 0,21%
  • Por los 209 meses siguientes, el 0,19%

A partir del año 2027

  • Por cada mes adicional de cotización entre los meses 1 y 248, el 0,19%.
  • Por los 16 meses siguientes, el 0,18%.

Los porcentajes de estas tablas son diferentes a los coeficientes reductores en la jubilación anticipada. Porque, aunque también son porcentajes, estos se aplican por los meses que le faltan a la persona para cumplir la edad de jubilación.

¿Puedo jubilarme con menos de 15 años cotizados?

No, no es posible. No tendrás derecho a pensión con menos de 15 años cotizados. Pero con 15, que es el tiempo mínimo de cotización, podrás percibir al menos el 50% de tu base reguladora.

Con menos de década y media cotizada, podrás solicitar una pensión no contributiva de jubilación.

Conclusión

Los años cotizados para jubilarse dependen del tipo de jubilación, como hemos visto a lo largo de este artículo.

Según la ley, 15 es el mínimo de años cotizados para cobrar jubilación. Y entre los requisitos se encuentran, sobre todo, la edad que tenemos y la cantidad de años que hemos cotizado en total durante nuestra vida profesional.

Con todos los datos que te hemos proporcionado, ya puedes calcular los años que te quedan para poder jubilarte. Quizá tengas que esperar un poco más antes de comenzar esta nueva fase de tu vida, pero si ya has entrado en los baremos que establece el INSS, ¡Bienvenido a tu jubilación!

Se muestra una imagen de Jorge Campmany
Acerca de

¡Hola! Soy Jorge, abogado especialista en Derecho Laboral desde 2007 y socio director de Campmany Abogados, un proyecto que nació en 2009 fruto de mi interés en ayudar a enfermos o lesionados. Estoy licenciado en Derecho por la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona.

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