Nuevo éxito en relación a una patología que por desgracia afecta a muchísimos trabajadores/as y merma las capacidades laborales de los que la padecen, hablamos de la Lumbociatalgia crónica y dolorosa.
Procedimiento
Nuestra clienta era auxiliar administrativa. En octubre del 2017 se inició el procedimiento de incapacidad permanente, que fue denegada por el INSS, a expensas de que el ICAM (Tribunal Médico) reconocía la limitación funcional y de la larga evolución de dicha patología, también catalogado como Síndrome de espalda fallida.
Frente a dicha resolución interpusimos reclamación previa, que fue desestimada. En vista de tales negatorias, iniciamos el procedimiento judicial presentando la correspondiente demanda.
Sentencia reconociendo Incapacidad permanente absoluta
La demanda se repartió en el Juzgado de lo Social nº 32 de Barcelona que tras la celebración del juicio dictó Sentencia el 06/11/2018 estimando nuestra demanda (un año después de iniciar el procedimiento)
Tras las alegaciones y exposición magistral de nuestro abogado durante el juicio, la magistrada entendió que la lumbociatalgia crónica que padece nuestra clienta es de tal gravedad que la invalida incluso para el trabajo más liviano o sedentario.
Lo cierto es que incluso en juicio, el perito de la unidad gestora (INSS), reconoció la gravedad y refractariedad de las patologías que padece nuestra clienta, incluso reconocieron la penosidad a la deambulación y sedestación prolongada que presenta ésta.
La magistrada razonó, con acierto, lo siguiente:
“[…] no solo existe limitación para tareas de sobrecarga lumbar, sino que la situación actual de salud de la demandante es mucho más precaria. A raíz de dicha patología lumbar y de la existencia de radiculopatía activa, tras el fracaso de los procedimientos quirúrgicos y los paliativos en la clínica del dolor, se ha orientado su caso como un supuesto de espalda fallida. Ello implica, en su caso, que la deambulación solo puede realizarse con ayuda de un bastón y extremadamente penosa, […]”
Actualmente nuestra clienta tiene reconocida una incapacidad permanente absoluta por lo que cobra el 100% de la Base Reguladora.
Os adjuntamos como siempre la sentencia del caso: