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¿Se puede renunciar a una Incapacidad Permanente?

No se puede renunciar a una Incapacidad Permanente. Es algo irrenunciable. Si la Seguridad Social otorga algún grado de incapacidad, aceptarla es obligatorio. Sin embargo, existen diversas posibilidades para lograr volver a la situación en la se que estaba anteriormente.

Aunque para ello es necesario que las limitaciones para trabajar hayan disminuido o desaparecido.

Por ejemplo, no se puede renunciar a una incapacidad absoluta, aunque se puede solicitar a la Seguridad Social una revisión por mejoría y que se cancele la prestación por buen estado de salud.

En definitiva, la renuncia voluntaria estando incapacitado laboralmente no es una opción.

¿Se puede renunciar a una Incapacidad Permanente?

Índice de contenidos

  1. Video
  2. Alternativas a la renuncia
  3. Iniciar una actividad laboral
  4. Conclusión

Alternativas a la renuncia

Reclamación Previa

La primera de ellas sería reclamar en contra de la resolución que ha emitido el INSS, con lo que se denomina una Reclamación Previa por vía administrativa. El mismo procedimiento que si se quiere luchar por la invalidez cuando se deniega, pero con el objetivo contrario. En dicho trámite hay que acreditar las razones por las que no se desea ser beneficiario de la incapacidad.

Y si se desestima la reclamación administrativa, se puede acudir a los tribunales para intentar que un juez obligue a la Seguridad Social a retirar la prestación.

Revisión por error

Una segunda opción sería exigir una revisión por error. Esto significa argumentar que el reconocimiento de la incapacidad permanente está fundamentada en un planteamiento erróneo, el cual ha dado lugar al reconocimiento cuando no debería haber sido así.

Revisión por mejoría

En tercer lugar, se puede solicitar una revisión por mejoría. Pero esta acción no sería inmediata, sino que habría que esperar al momento en que se pueda pedir esa revisión. Una vez pasado ese plazo mínimo, el trabajador puede solicitarla. Para llevarla a cabo, se citará al pensionista de nuevo en el Tribunal Médico. Este valorará si realmente la persona ha mejorado o no. Y si efectivamente lo ha hecho, podrá proponer al INSS que anule la prestación.

Iniciar una actividad laboral

Por último, es posible “provocar” la cancelación de la invalidez arriesgándose a iniciar una actividad laboral incompatible con la prestación. Se debe tener en cuenta, sin embargo, que la Seguridad Social puede interpretar esta situación de dos maneras:

  • Que realmente el hasta ahora pensionista ha experimentado una mejoría, y poner en marcha la correspondiente revisión por esta razón. Y, tras ella, estimar que la pensión de incapacidad ya no es necesaria.
  • O puede entender sencillamente que el nuevo empleo no se puede compaginar con la incapacidad, si ese trabajo no es en teoría compatible con la lesión o enfermedad.

Sin llegar a valorar si ha habido o no una mejora en la salud del pensionista.

Por ejemplo, si una persona tiene una total para el trabajo de limpiador y ahora se está dedicando de nuevo a lo mismo.

Esta situación daría lugar a lo que se denomina fraude de ley. En estas circunstancias, además de suspender la pensión, el INSS puede obligar al ciudadano a devolver las mensualidades que hasta ahora haya percibido.

Conclusión

Aunque no se pueda renunciar a una incapacidad permanente, hay varios mecanismos para intentar que la propia Seguridad Social dé por terminada una situación de incapacidad para trabajar.

En cualquier caso, reclamar o pedir una revisión es mucho más aconsejable que empezar a trabajar en un empleo incompatible mientras aún se está cobrando la pensión.

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