Carta de resolución de la Incapacidad Permanente
Cuando se solicita una incapacidad permanente, o se llega a los 18 meses de baja, tras pasar por el tribunal médico el trabajador recibe en su domicilio una carta con la resolución del INSS al respecto.
Esa es la denominada carta de resolución de la incapacidad permanente.

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Carta de resolución de la incapacidad permanente: qué es y qué contiene
En esta carta o notificación se concederá o no la incapacidad, y, en caso afirmativo, se informará sobre el importe de la pensión y la fecha de efectos económicos (una fecha que establece desde cuándo se comienza a cobrar la prestación). También aparecerá en el documento el grado reconocido: parcial, total, total cualificada, absoluta o gran invalidez.
Por este motivo, la carta de resolución de una incapacidad permanente es un documento esencial. Y también porque en ella se fija el plazo a partir del cual la Seguridad Social puede llamar para una revisión por agravación o mejoría.
Antes de la carta de resolución de incapacidad permanente
La visita al tribunal médico es el trámite principal en una solicitud de incapacidad, ya que a partir de lo observado allí y de la documentación médica los profesionales de la Seguridad Social pueden proponer a la dirección provincial del INSS que emita una carta de resolución de incapacidad permanente que sea favorable al trabajador; que apruebe la pensión.
Aunque si en el plazo de 135 días hábiles -unos seis meses naturales, aproximadamente, que es el plazo para recibir la carta de resolución de incapacidad permanente- no se recibe ninguna notificación, se debe entender que la solicitud ha sido desestimada por el llamado silencio administrativo: denegada. Por tanto, la incapacidad puede denegarse de esa forma o bien mediante una negativa explícita, directa, en la carta de resolución.
En ese sentido, el hecho de que el tribunal médico considere que el solicitante no es apto para una pensión de incapacidad es clave, porque entonces la Seguridad Social no tendrá motivos para aprobar la pensión. Y la carta de resolución de la incapacidad permanente que reciba el trabajador probablemente será desfavorable.
Por ejemplo, si han pasado siete meses y el posible pensionista no tiene carta alguna, se podría considerar que se ha producido un silencio administrativo.
¿Qué procedimiento se sigue para valorar el reconocimiento de la incapacidad?
Lo realmente importante es el informe de síntesis que el tribunal hace llegar al EVI o Equipo de Valoración de Incapacidades. De hecho, es un médico del EVI -presente en la visita de valoración- quien lo redacta, y luego lo comparte con su equipo internamente.
Posteriormente, teniendo en cuenta el informe de síntesis se realiza un dictamen propuesta, que es lo que finalmente se envía a la dirección provincial del INSS que corresponda para que finalmente decida.
¿Cuál es el plazo real para recibir la carta de resolución de incapacidad permanente?
El plazo máximo que contempla la ley de 135 días (no contando fines de semana ni festivos) para que el INSS comunique la resolución por escrito, suele ser en realidad más corto que este máximo legal, aunque sobre todo si se trata de una pensión concedida.
En consecuencia, se puede recibir la notificación en el domicilio antes que pasen esos seis meses. Además, es probable que se emita un aviso previo de que pronto se enviará la resolución final.
Pero para saber, no hay que esperar a la carta de resolución
El INSS envía la resolución por carta certificada al domicilio que consta en el expediente. Y se puede consultar y descargar online a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
Pero aunque no se haya dictado aún la resolución de incapacidad permanente, mientras tanto se puede conocer online en qué estado se halla un expediente. Y se puede hacer pinchando en este enlace actualizado de la web "Prestaciones" de la Seguridad Social, e introduciendo los datos de identificación.
Una vez el INSS tiene en su poder el expediente, este pasa por diferentes etapas. Y telemáticamente es posible saber cuál es la que se está atravesando en el momento actual. En total, son siete las fases:
- Estudio de solicitud, datos y documentos aportados. Comprobación de requisitos previos
- Emisión del dictamen médico
- Emisión de propuesta de incapacidad laboral por la Comisión de Evaluación de Incapacidades
- Estudio de vida laboral y de todas las cotizaciones efectuadas
- Estudio final y propuesta de resolución
- Revisión y confirmación del expediente
- Firma de la resolución
Las anotaciones junto a cada etapa pueden ser: PENDIENTE o CONCLUIDO. Así, al realizar la consulta de la prestación se puede comprobar cuánto se ha avanzado en el estudio de la posible incapacidad. O incluso si se ha aprobado la prestación o no.
No es aconsejable tener prisa. Hay que tener en cuenta que se está ante un proceso que puede acabar desesperando al solicitante, si cada día mira en el buzón o en su ordenador con la esperanza de que haya llegado la resolución a la incapacidad permanente.
El dictamen: qué ocurre si no se está de acuerdo con la resolución
Una de las posibilidades que pueden darse es que el INSS deniegue la solicitud de incapacidad permanente, o declare un grado con el que el trabajador no está de acuerdo. De hecho, lo más común es que la Seguridad Social deniegue en un primer momento la incapacidad, salvo que las lesiones o enfermedades sean de una elevada gravedad y obviamente incapacitantes.
Si el trabajador no está conforme con el dictamen final, el primer paso es interponer una reclamación previa a la Seguridad Social en el plazo es de 30 días hábiles. Esta fase administrativa suele ser corta y finaliza con otra carta de resolución. No obstante, la mayoría de reclamaciones de este tipo suelen ser desestimadas, y es ahí cuando se debe recurrir a la vía judicial.
En fase judicial, si es admitida la demanda, se celebra un juicio ante un juzgado de lo social de la provincia del trabajador. Después, existe la posibilidad de recurso ante el tribunal superior de justicia de la comunidad autónoma pertinente.
La importancia de la carta de resolución: conclusión
Cuando la pensión es reconocida, la carta de resolución de una incapacidad permanente es un documento de enorme valor, porque indica cuándo comienzan los derechos del trabajador frente al INSS. Por otro lado, cuando es denegatoria, refleja brevemente los motivos médicos, administrativos o legales en los que se fundamenta la negativa, lo que es el punto de partida de las acciones posteriores de reclamación.