Desde la infancia con poliomielitis, que luego derivó en síndrome postpolio. Esa es la historia de Francisco, que con nuestro apoyo ha acabado cobrando la pensión máxima que permite el Gobierno. Partíamos de cero, porque el INSS no le concedía ningún grado de incapacidad permanente. Pero el final del proceso judicial ha sido muy favorable a nuestro cliente. Te explicamos su camino administrativo y judicial.
Evaluación fallida
Trabajando en el sector de la publicidad y la comunicación, Francisco comenzó una baja médica por síndrome postpolio y solicitó en 2018 una Incapacidad Permanente por enfermedad común. Sin embargo, por un error en la citación no acudió a la evaluación de la SGAM (Subdirecció General d'Avaluacions Mèdiques). Y el INSS, por tanto, no se pronunció. Tras ello, este trabajador tramitó una reclamación previa por vía administrativa.
Admitida su reclamación, se valoró su estado de salud en el SGAM, que propuso a Francisco para ser beneficiario de una incapacidad permanente. Pero la Seguridad Social consideró finalmente, en enero de 2019, que no había ningún motivo para que este administrativo de publicidad recibiera una pensión de incapacidad.
Limitaciones lejos de toda duda
Tras llevar su caso ante la ley, se constató que el demandante padece poliomielitis desde la infancia, que evolucionó hacia un síndrome postpolio, agravado con lumbociatalgia. En la actualidad, Francisco utiliza una silla de ruedas eléctrica para trayectos fuera de su domicilio. Y dentro de casa deambula con muletas, lo que le supone un gran esfuerzo. En esta línea, el juez afirma en la sentencia que nuestro defendido “tiene grandes dificultades para desplazarse a su puesto de trabajo y regresar del mismo”.
Asimismo, el magistrado pone en duda en el texto judicial el argumento del INSS basado en que Francisco está solamente limitado a "esfuerzos, sobrecargas, bipedestación y deambulación prolongada". Este juez, del Juzgado de lo Social n° 17 de Barcelona, hizo ver a los letrados del INSS que era una contradicción que hubieran emitido tal conclusión viendo que el solicitante precisa de una silla de ruedas.
Veredicto de Absoluta
“Lo expuesto obliga a declarar a la demandante en situación de incapacidad permanente absoluta”, se puede leer en la sentencia favorable a nuestro cliente. Francisco lograba así su derecho a una pensión mensual del 100% de la base reguladora. Pero como la cuantía que le correspondía era mayor que la pensión máxima permitida -2.703,92 euros-, la prestación es en realidad de 2.683,34 € para este 2020.
No obstante, los tribunales han condenado a la Seguridad Social a reconocerle efectos retroactivos desde noviembre de 2018, de manera que este administrativo del ramo de la comunicación ha ganado también una elevada suma adicional por atrasos.