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Conseguimos la incapacidad a un jardinero a quien se la denegaron sin verle en persona

El artículo relata el caso de Marcos, un jardinero que fue denegado en su solicitud de incapacidad permanente a pesar de tener graves problemas de rodilla y de haber sido intervenido quirúrgicamente varias veces. La Seguridad Social le denegó el derecho a una incapacidad sin siquiera citarle para una evaluación presencial. Marcos llevó el caso a los tribunales y logró demostrar que estaba limitado para trabajar como jardinero. Un juez le concedió la incapacidad permanente total con atrasos desde el año 2020. El artículo destaca la importancia de conocer los derechos y obligaciones que se tienen en caso de solicitar una pensión de incapacidad por enfermedad o accidente laboral.

le-conseguimos-la-incapacidad-a-un-jardinero-a-quien-se-la-denegaron-sin-verle-en-personaMarcos, jardinero de profesión, nos llamó porque el INSS le había denegado la incapacidad permanente pese a sus graves problemas de rodilla. La Subdirecció General d'Avaluacions Mèdiques (SGAM, en Cataluña) había recomendado a la Dirección Provincial de la Seguridad Social que desestimara su solicitud de incapacidad sin ni siquiera citarle para una evaluación presencial. Pero llevamos el caso a los tribunales y dimos la vuelta a la situación.

Lesiones de rodilla

Cuando los inspectores médicos de la SGAM emitieron su dictamen-propuesta, lo hicieron, como hemos comentado, sin realizar una exploración física al trabajador. En el documento se reflejaba que Marcos padecía gonalgia (dolor en la articulación) en la rodilla derecha, además de sufrir condropatía rotuliana en grado II, una lesión del cartílago de la rótula. 

Sin embargo, se añadía que no había "signos de desenganchamiento ni desprendimiento óseo". Y, debido a ello, y al resto de conclusiones del informe de síntesis, el INSS le denegó su derecho a una incapacidad. Incluso cuando tramitó la Reclamación Previa por vía administrativa, que tampoco se resolvió de forma favorable.

La opinión del médico forense

Interpusimos una demanda y esta recayó en el Juzgado de lo Social nº 8 de Barcelona. Cuando se celebró el juicio, presentamos pruebas de que nuestro cliente estaba muy limitado para trabajar como jardinero, pese a haber sido intervenido quirúrgicamente en varias ocasiones.

El juez, para terminar de valorar el caso, pidió la valoración del médico forense del juzgado, quien nos dio la razón al 100%. En su informe hizo constar que el demandante "realiza las transferencias dinámicas con lentitud y dificultad por dolor (subir, bajar escaleras, cambios de postura...) Y concluyó que dicho "cuadro residual limita al actor para la realización de actividades que requieran arrodillarse o ponerse en posición de cuclillas, así como para deambular por terreno irregular".

Incapacidad Total con atrasos

En su sentencia, el magistrado recordó que el dictamen de la SGAM era "muy antiguo y se redactó en ausencia del actor". Y que, por el contrario, tanto las pruebas aportadas por nuestros abogados como el testimonio del forense revelaban que Marcos estaba incapacitado para su oficio de jardinero al tener "agacharse y ponerse en posición de cuclillas con frecuencia para poder realizar las tareas esenciales de su profesión".

En la resolución judicial se insiste en que "en su situación actual no es concebible que pueda desempeñar ese trabajo con un mínimo de eficacia".

En consecuencia, el magistrado condenó a la Seguridad Social a reconocer a nuestro representado una incapacidad total del 55% de su base reguladora. Con atrasos, además, desde el año 2020.

Puedes consultar o descargar la sentencia aquí:

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