El trastorno depresivo mayor de Bruno, un cerrajero que acudió a nuestro despacho para reclamar el complemento de Gran Invalidez que el INSS le había denegado, se volvió peligroso. Él necesitaba estar 24 horas acompañado debido a sus intentos reiterados de suicidio, y el complemento le ayudaría a procurarse esta ayuda. Quiso por tanto que lucháramos por él ante los tribunales si era preciso, y el resultado fue un éxito. ¡Te lo contamos!
La Incapacidad Absoluta inicial
En octubre de 2019, por vía administrativa, a Bruno le reconocieron una incapacidad permanente absoluta por su depresión, tras un dictamen del Tribunal Médico que destacaba su “depresión con gestos autolíticos reiterativos por diferentes vías recientemente”. Y obtuvo, con efectos retroactivos desde mayo de ese mismo año, una pensión 1.335,72 € -el 100% de su base reguladora-.
Sin embargo, él y su familia pensaron que la gravedad de su patología merecía también el complemento de Gran Invalidez. Por esta razón, tramitamos desde nuestro bufete una Reclamación Previa al INSS, pero en enero de 2020 esta fue desestimada.
Este trabajador agotó así el cauce administrativo para reclamar el máximo grado de incapacidad que necesitaba, y decidió ejercer su derecho a demandar judicialmente al INSS.
Depresión de evolución negativa
Desde la sede de Campmany Abogados en Madrid, interpusimos en febrero de 2020 una demanda que recayó en el Juzgado de lo Social nº 42 de Madrid. Ya en el juicio, presentamos ante la jueza informes médicos que evidenciaban la especial situación de Bruno. En ellos se podía leer que este cerrajero estaba en seguimiento psiquiátrico desde 2017, con diagnóstico de trastorno depresivo mayor. Y que hasta la fecha había sufrido tres intentos autolíticos (de daño orientado al suicidio), dos de ellos por sobreingesta de medicamentos y el tercero por pretender electrocutarse. En las tres ocasiones fue necesaria asistencia sanitaria de urgencias.
Asimismo, el servicio de psiquiatría que atendía a nuestro cliente especificó que “persistía riesgo autolítico” y que el paciente debía “estar acompañado durante las 24 horas del día”. A su vez, recogía que el pronóstico era “incierto con presunción de evolución negativa ante la falta de respuesta terapéutica y la evolución tórpida con empeoramiento continuo”. Incluso había estado ingresado por crisis de ausencia, entre otros motivos.
Revisión de oficio
La finalización del proceso judicial coincidió con una revisión de grado por parte del INSS, pero la Seguridad Social mantuvo el grado de incapacidad absoluta sin considerar hacerle tributario de una Gran Invalidez, alegando que tampoco “se ha producido una mejoría de la situación médica”.
El análisis de la jueza
En los fundamentos de derecho de la sentencia, que se dio a conocer el pasado mes de septiembre, la magistrada de la sala recordó que “la doctrina jurisprudencial entiende que procede la gran invalidez cuando existen riesgos evidentes de actividades autoagresivas que se han manifestado en intentos de suicidio”. Por ello, que quedó en este caso corroborado con los informes médicos que aportamos, concedió a Bruno la Gran Invalidez, lo que significa que a su mensualidad por incapacidad laboral absoluta se suman ahora 969,77 € cada mes.
Pero, además, la jueza resolvió que la fecha de efectos económicos de dicho complemento debía fijarse en mayo de 2019, por lo que nuestro defendido ha conseguido el derecho a cobrar atrasos desde esa fecha; nada menos que casi un año y medio de pagos mensuales acumulados que el INSS está condenado a ingresarle.
Puedes ver tú mism@ la sentencia aquí: