Lidia había perdido un pecho después de que el peligroso cáncer de mama que sufría hizo necesario que le realizaran una mastectomía. Su enfermedad le afectó desde el primer momento, provocándole un estado de shock. Y también a posteriori, con limitaciones físicas de movimiento en los brazos y secuelas psicológicas. Pese a todo ello, el INSS no la consideraba candidata a una incapacidad permanente, decisión que un juez de Mallorca revocó.
Consecuencias de los tratamientos
Esta trabajadora, encargada de una tienda de ropa en Mallorca, fue diagnosticada de cáncer en la mama izquierda, en estado avanzado. Ella había estado luchando contra esta patología, recibiendo quimioterapia y tratamiento hormonal. Y aunque finalmente quedó libre de la enfermedad tras la extirpación del pecho y los diferentes tratamientos, las secuelas eran evidentes.
Lidia tenía hinchazón y malestar crónico en el brazo izquierdo. Y también experimentaba falta de concentración y cansancio extremo a causa de la medicación hormonal. Como consecuencia de este cuadro clínico, le era muy difícil llevar a cabo tareas que implicaran encorvarse, elevar objetos pesados o transportarlos con regularidad.
Esta empleada también se enfrentaba a duros desafíos psicológicos. El diagnóstico y el proceso posterior habían tenido un fuerte impacto en su bienestar mental. Presentaba trastorno adaptativo con ansiedad, insomnio y miedo anticipatorio.
Evaluación de la incapacidad:
A pesar de la complejidad de su situación, la Seguridad Social concluyó que Lidia no tenía derecho a una incapacidad permanente. No conforme con esta resolución, presentó una Reclamación Previa en julio de 2022. Sin embargo, esta reclamación fue desestimada en septiembre del mismo año. Fue entonces cuando decidió llevar su caso ante los tribunales.
Cuando se puso en contacto con nuestro despacho, vimos que no era justo que no le hubieran otorgado, al menos, una incapacidad total para su profesión habitual, ya que su actividad laboral era incompatible con los efectos de su tumor mamario.
El profesiograma presentado en el juicio
El juicio se celebró en el Juzgado de lo Social nº 3 de Palma de Mallorca. Allí probamos, mediante un profesiograma donde se describían las labores que ejercía durante su jornada laboral, que sus limitaciones eran especialmente relevantes dado su trabajo como supervisora en una tienda de ropa. Su día a día implicaba la supervisión del equipo, cambios en la disposición de la mercancía, revisión de la cartelería, reposición de productos, organización del almacén, embalaje y otras actividades que requerían movimientos físicos frecuentes. Y se responsabilizaba de la caja, algo que su estado psicológico no era viable. En ese sentido, argumentamos que dependía de colegas o subordinados para desempeñar cometidos que normalmente debería realizar sola como encargada.
Asimismo, aportamos informes médicos donde se desaconsejaba que la trabajadora desempeñara profesiones en entornos con riesgo de caídas. Y otros reveladores informes hospitalarios donde se destacaba que nuestra cliente tenía muy condicionada "la funcionalidad de su día a día.”
La sentencia: pensión del 55%
Finalmente, la justicia reconoció lo invalidante de su situación y condenó al INSS a reconocerle una pensión de incapacidad total para ayudarla en su camino hacia la recuperación. Recordemos que la incapacidad permanente total es una prestación mensual del 55% de la base reguladora, un ingreso que permite dejar de trabajar en una determinada profesión -como en este caso la de supervisión de un comercio textil-.
Esta historia es una muestra de la necesidad de un sistema de Seguridad Social compasivo y justo, que brinde apoyo a aquellos que ya han superado el cáncer médicamente pero que aún conservan la huella física y psicológica de la enfermedad.
Lee o descarga esta interesante resolución judicial aquí: