Víctor, un analista de redes informáticas con diversas patologías físicas y psíquicas que le limitaban para trabajar incluso estando sentado, se puso en contacto con nuestro bufete porque el INSS le había denegado la incapacidad permanente. Estudiamos su caso y vimos que era viable reclamar por vía judicial, ya que los tratamientos no funcionaban y no era candidato a ninguna cirugía.
Dolor musculoesquelético generalizado
Además de fibromialgia severa, este trabajador padecía distintas patologías lumbares que, en su conjunto, eran muy invalidantes: espondiloartrosis (artrosis de la columna vertebral), radiculopatía (lesión de nervio espinal en la zona baja de la espalda) y lumbalgia crónica. A estas enfermedades se sumaba un síndrome de piernas inquietas, trastorno neurológico que provoca molestias en las piernas y obliga a moverlas incontrolablemente.
Pero el cuadro clínico de Víctor no acababa ahí, porque también sufría trastorno ansioso depresivo, EPOC y diplopía -visión doble-.
"Ha perdido toda capacidad para rendir"
Finalmente fuimos a juicio, el cual se celebró en el Juzgado de lo Social nº1 de Madrid. Allí presentamos pruebas irrefutables del estado de salud y las limitaciones de nuestro cliente a la hora de desarrollar tanto su actividad laboral como otras. La jueza estimó que, además de la fibromialgia, las patologías de espalda tenían "especial relevancia y trascendencia".
A efectos prácticos, demostramos que este informático tenía limitaciones para caminar, estar sentado, subir escaleras o permanecer tumbado. La magistrada destacó además que, en su inestabilidad a la marcha, el síndrome de piernas inquietas añadido le perjudicaba aún más, y había "perdido toda capacidad para rendir".
Absoluta de más de 2.500 € mensuales
Su conclusión, en la sentencia que se emitió en noviembre de 2022, fue que nuestro representado estaba incapacitado "para cualquier clase de oficio o profesión del espectro laboral, resultando artificioso e ilusorio que puede llegar a completar cualquier actividad como asalariado de modo mínimamente digno y óptimo".
En consecuencia, condenó a la Seguridad Social a abonarle una pensión de incapacidad absoluta, del 100% de su base reguladora. Dicha base en el caso del demandante ascendía a 2.568,42 € al mes, que fue la cuantía fijada para su prestación.
Consulta o descarga la resolución judicial aquí: