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Pensión de 2.250 € mensuales a una empleada de la Seguridad Social

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El Juzgado de lo Social nº 18 de Barcelona falló el pasado 16 de abril en favor de Emma, una auxiliar administrativa de la propia Tesorería General de la Seguridad Social. La justicia le ha dado la razón y ha condenado al INSS a reconocerle una incapacidad permanente absoluta.

Todo comenzó con un accidente de trabajo en el año 2015, pero cuando a Emma se le agotó la baja médica y se valoró en 2016 la posibilidad de una incapacidad permanente, le fue denegada esta opción. En ninguno de sus grados.

La protagonista de este caso reclamó una incapacidad absoluta por vía administrativa, pero el INSS volvió a desestimar su petición. Pero después su salud empeoró. Veamos el transcurso de los hechos.

Evaluación de las enfermedades

Hace ahora tres años, en la evaluación que realizó en 2016 el Tribunal Médico -donde Emma no consiguió ningún tipo de incapacidad permanente-, se revelaron las dolencias sufridas por esta auxiliar administrativa: Fracturas en las dos tibias, fascitis plantar en el pie izquierdo, coxalgia (dolor en la cadera, en la que lleva una prótesis) y trastorno depresivo persistente. En el dictamen se hizo constar que estas lesiones eran consecuencia del accidente de trabajo pero, en una decisión muy singular, a su vez se le daba el alta de su incapacidad temporal para que volviera a su puesto. 

En febrero de 2017 se efectuó un nuevo reconocimiento médico, tras el que se detectó un nuevo problemas de salud: trastorno adaptativo, que se sumaba al resto de dolencias físicas de Emma. Sin embargo, nada de ello se consideraba incapacitante. Tampoco el Institut relacionaba ya sus patologías con el accidente laboral, sino que la contingencia que se determinó fue “enfermedad común”. 

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Tras ambos exámenes médicos, lamentablemente Emma tuvo que coger de nuevo la baja, ya que le diagnosticaron un tumor benigno en útero que sin embargo precisaba de intervención quirúrgica. 

Ya en el juicio, nuestros abogados presentaron ante el tribunal nuevos informes médicos que han certificado aún más enfermedades a día de hoy. En primer lugar, las fracturas óseas se han extendido a otras zonas del cuerpo y derivado en una osteoporosis severa. Sin olvidar una condromalacia patelar -enfermedad de la rodilla-. Y había habido un segundo tumor que no se había tenido en cuenta antes, en la mama izquierda, que había sido operado en el año 2013. Paralelamente, la fascitis plantar, la coxalgia y la depresión siguen presentes, siendo esta última “mayor recurrente, grave”.

Patologías limitantes, según el juez

En la sentencia del Juzgado de lo Social nº 18 de Barcelona se puede leer que el conjunto de enfermedades que padece Emma “producen limitación a la actora para el desempeño de cualquier actividad laboral con un mínimo de continuidad, eficacia y rendimiento, teniendo en cuenta tanto las patologías osteo-articulares, a la que se suma la patología psiquiátrica”. 

Por este motivo, la resolución ha sido favorable y nuestra cliente ha conseguido la incapacidad permanente absoluta. Emma ya puede contar con el 100% de su base reguladora (2.255,23 € al mes) sin necesidad de que tenga que trabajar en ninguna profesión. La fecha de los efectos económicos que se ha estipulado es en la que la demandante dejó su empleo y ya no volvió a su puesto, se entiende que en junio de 2017 tras su tumor uterino. De manera que también cobrará los atrasos no percibidos correspondientes a casi dos años -hasta abril de este año-. Teniendo en cuenta de que su base reguladora supera los 2.250 €, el INSS ha quedado obligado a abonarle casi 50.000 € aparte de la mensualidad que cobrará de ahora en adelante.

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