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Gana la absoluta en juicio por falta de argumentos del INSS

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A fecha 8 de mayo de este año, Ingrid por fin logró lo que llevaba demandando legalmente desde 2017: que le aumentaran su grado de incapacidad de total a absoluta. Su enfermedad, la artritis reumatoide, le causaba graves problemas de movilidad, que fueron demostrados en el juicio por nuestros abogados. Ahora ya cobra el 100% de su base reguladora, pero veamos cómo sucedieron los hechos en el Juzgado de lo Social nº 15 de Barcelona.

Artritis reumatoide seronegativa erosiva

En abril de 2017, Ingrid comenzó un proceso de incapacidad temporal por su dolencia. Pero dos meses después el INSS le concedió la incapacidad permanente total para su trabajo de auxiliar administrativa. En el examen médico, el ICAM (Tribunal Médico) constató que la solicitante sufría de Artritis reumatoide seronegativa erosiva. Las zonas más afectadas eran las manos y el codo izquierdo.

No obstante, ella efectuó una reclamación previa por vía administrativa para que le reconocieran un mayor grado de incapacidad permanente. Aunque el resultado fue una desestimación de su caso y no obtuvo la incapacidad absoluta que necesitaba. Esta postura se mantuvo durante el juicio, ya que los letrados de la Seguridad Social insistieron en que la demandante no merecía más que una incapacidad total.

Dolencias y secuelas demostradas en el juicio

Durante el proceso judicial, nuestros abogados presentaron informes médicos que acreditaron adecuadamente las limitaciones que a Ingrid le produce su patología. Mostrando al juez un diagnóstico mucho más extenso y detallado que el emitido por el SGAM hace ahora dos años.

El magistrado pudo comprobar así que la artritis reumatoide seronegativa erosiva que afecta a nuestra defendida lo hace severamente. Tiene gran dolor en las manos y reducida la movilidad. La presión que puede ejercer con los dedos es insuficiente, y tiene deformidades en las dos manos. Asimismo, tanto los hombros como su columna vertebral también tienen una movilidad disminuida. Experimentando dolor en ambas zonas. Todo ello sin evolución favorable.

El paso de incapacidad total a absoluta

La sentencia afirma que “las limitaciones que padece [...] le impiden la realización de trabajos livianos, sedentarios o semisedentarios”. Ello genera, según la ley, una incapacidad permanente absoluta. Porque incluso al abogado del INSS, en sus alegatos, le fue difícil poner ejemplos de otras profesiones que nuestra cliente pudiera desarrollar con un mínimo de eficacia y rentabilidad. Un curioso detalle que también que también se comenta en la propia resolución judicial.

La demandante consigue así la incapacidad absoluta para todo tipo de trabajo, en efectos retroactivos desde junio de 2017. Por ello, cobrará la diferencia no cobrada desde dicha fecha hasta la actualidad en un solo pago (aparte de su mensualidad que ahora es del 100% de su base reguladora). Anteriormente, Ingrid cobraba un porcentaje muy inferior debido a que solo tenía asignada la incapacidad total.

Todos los datos se pueden leer en la sentencia que adjuntamos aquí:

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