Almería. Diciembre de 1990. Una trabajadora del Sistema de Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios consigue una incapacidad total para su trabajo en el campo. 29 años después, esta pensionista es diagnosticada de otras patologías, ya estando adscrita al Régimen General de la Seguridad Social, y le deniegan una segunda incapacidad. Pero nos pidió ayuda y llevamos su caso ante los tribunales. ¡Te contamos lo que sucedió!
Un tumor en el ovario
Cuando Cocha era trabajadora agrícola, el INSS le concedió una incapacidad permanente total para su profesión. El motivo fue un cistoadenoma papilar de ovario en estadio III (un tumor ovárico), que había sido tratado mediante histerectomía y quimioterapia. Y le quedaron secuelas de debilidad en la pared abdominal.
Su base reguladora en aquel tiempo era muy baja, por lo que su prestación, aun revalorizada, es solo en la actualidad de 274,72 €.
Migrañas, depresión y fibromialgia
Como señalábamos al comienzo de este artículo, décadas después se podía constatar que Concha padecía un trastorno depresivo mayor, fibromialgia con fatiga crónica (ambas severas) y migraña crónica -con una frecuencia de entre siete y 10 crisis mensuales-. Un cuadro clínico completamente distinto al que originó su incapacidad total en diciembre de 1990.
Era el año 2019, como cotizante del Régimen General por su oficio de conserje, la ya pensionista tramitó una nueva solicitud de incapacidad permanente absoluta en el INSS, por las limitaciones que le provocaban sus enfermedades. Y la Seguridad Social lo que hizo fue plantear una revisión de su primera incapacidad. Pero finalmente no aprobó el aumento de grado -ni por supuesto una nueva incapacidad paralela, que hubiera sido lo adecuado-.
El juicio: compatibilidad entre prestaciones
Una vez admitida nuestra demanda, el caso recayó en el Juzgado de lo Social nº 2 de Barcelona. Se trataba de analizar tanto lo invalidante de las afecciones de nuestra cliente como la dicotomía entre: nuevo procedimiento de incapacidad o revisión de la pensión inicial. Nosotros luchábamos por la primera de estas dos opciones, ya que era la legalmente correcta al ser regímenes diferentes de la Seguridad Social. La normativa dicta que se pueden cobrar dos pensiones simultáneamente si pertenecen a sistemas de afiliación distintos y si el cuadro patológico no es igual que el que propició el reconocimiento de la primera.
Y el juez nos dio la razón, sosteniendo que efectivamente estábamos ante prestaciones procedentes de dos regímenes diferenciados (el agrario y el general), y esta concurrencia era 100% admisible. Y que, además, las patologías de Concha en esta segunda ocasión no tenían relación con el tumor de ovario.
Sentencia de incapacidad absoluta
El magistrado, a fecha 9 de febrero de 2021, condenó al INSS a mantener la incapacidad total de la demandante y a asignarle otra incapacidad -en grado de absoluta- por el Régimen General de la Seguridad Social. Se tuvieron en cuenta para ello las migrañas constantes, la fibromialgia severa y la depresión grave que padece nuestra defendida, siendo el motivo de la incapacidad permanente absoluta.
En consecuencia, se decretó que no correspondía una revisión de grado, sino un nuevo reconocimiento. De este modo, la conserje ahora cobra 274,72 € de su incapacidad total en el Sistema Especial Agrario más 1.062,17 € al mes de su segunda incapacidad. Y, como valor añadido, le conseguimos atrasos, ya que se ordenó un abono de las mensualidades no cobradas desde 2019. No obstante, en la resolución original, que puedes consultar a continuación, puedes ver que hay un error en este punto, ya que el juzgador anotó 2018 en lugar de 2019.