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Recupera la Absoluta por depresión mientras el INSS insistía en que no tenía limitaciones

Recupera la Absoluta por depresión mientras el INSS insistía en que no tenía limitaciones

featured-1Este juicio se celebró por videoconferencia, en plena segunda ola del coronavirus. Nadia, recepcionista de un centro especial de empleo, nos había llamado porque el INSS le retiró su pensión de incapacidad absoluta pese a su depresión mayor y su fibromialgia crónica. Ya en el juzgado, ante la situación que se planteaba, el juez solicitó el dictamen de un médico forense. Y, finalmente, ¡ganamos! Pero no era la única vez que esta trabajadora se enfrentaba a la entidad pública en los tribunales… Te narramos su historia.

La revisión de grado en 2018

Nadia obtuvo una incapacidad permanente en grado de absoluta por sentencia judicial en noviembre de 2016. En aquel entonces, el Juzgado de lo Social nº 7 de Barcelona le dio a la demandante lo que el INSS se negaba a reconocerle: una pensión del 100% de su base reguladora por no poder desempeñar ninguna clase de empleo. Una lucha que, por tanto, tuvo un final muy favorable.

Sin embargo, y aunque no es muy frecuente en estos casos, le abrieron un expediente de revisión que lo cambió todo. Así, en marzo de 2018 la Seguridad Social rebajó su incapacidad al grado de total, restando un 45% del importe de su prestación. Los inspectores médicos habían considerado que ya no existía depresión mayor ni fibromialgia crónica, es decir, las razones por las que le habían reconocido la absoluta en 2016. En su lugar, argumentaron que la recepcionista padecía distimia -un trastorno previo a la depresión- “sin limitación psicofuncional actual”, entre otras patologías.

El diagnóstico correcto

Por este motivo, optamos por volver a demandar al INSS. Nuestro equipo de abogados demostró en la nueva vista oral que Nadia sufría trastorno depresivo mayor recurrente grave y un trastorno de la personalidad, junto con fibromialgia y cansancio crónico, con agudizaciones en forma de crisis. Todo ello lo corroboramos con informes médicos, y el médico forense estuvo de acuerdo con nosotros. En consecuencia, nuestras alegaciones y las suyas fueron muy diferentes a las que el tribunal médico hizo tras la revisión de grado de 2018.

Concretamente, el forense declaró que “la dolencia de la actora, de carácter esencialmente psiquiátrico, lejos de experimentar una sustancial mejoría, evoluciona de forma tórpida, persistiendo en una intensidad grave que afecta a la funcionalidad habitual”.

La estimación de la demanda

El magistrado, tras valorar las pruebas, hace constar en la sentencia que el trastorno depresivo mayor, de varios años de evolución, se califica como “recurrente y grave”. Y añade que “ni hay mejoría ni puede considerarse que la demandante esté actualmente en condiciones de asumir los requerimientos de continuidad y eficacia propios de cualquier actividad productiva”.

De este modo, ha condenado al INSS a devolverle la incapacidad absoluta que le quitó tres años atrás. Y, además, obliga a que se le abonen los atrasos no percibidos desde aquel momento. Nadia, por tanto, podrá ver en su cuenta un ingreso adicional a su pensión mensual equivalente a la diferencia entre el importe de la incapacidad total y la absoluta que dejaron de ingresarle durante todo ese periodo de tiempo.

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