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El TSJ revoca una sentencia ganada por el INSS concediendo una incapacidad absoluta por depresión

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Felipe no se rindió a pesar de que su caso no dejaba de recibir negativas, y en su perseverancia contactó con nosotros para recurrir ante una instancia superior: el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Este, finalmente, ha visto claro que nuestro cliente debía cobrar una pensión por incapacidad absoluta para todo tipo de trabajo. Veamos cómo el expediente de Felipe, un técnico musical con graves problemas de salud, llegó hasta este recurso de suplicación.

En mayo del año pasado, el Juzgado de lo Social nº 25 de Barcelona dictó una sentencia favorable a la Seguridad Social, absolviendo a esta entidad de pagar la prestación que Felipe necesitaba. Desestimó su caso, no reconociéndole la incapacidad absoluta ni la total, de la misma manera que había hecho previamente el INSS en dos ocasiones por vía administrativa (a través de la reclamación previa). 

Enfermedades que fueron consideradas no limitantes

Aunque el demandante padece lumbociatalgia crónica causada por otras enfermedades como hernias lumbares y discopatías, el INSS solo había dejado constar en su informe inicial que sufría “discopatías con discreta limitación funcional”. Asimismo, Felipe sufría una seria depresión que fue calificada únicamente como un “trastorno adaptativo sin limitaciones funcionales incapacitantes”

En el primer juicio, se logró demostrar que la gravedad era mayor que la que había considerado el INSS, ya que la defensa aportó un dictamen médico que añadía que existían “limitaciones para tareas que conlleven una importante sobrecarga lumbar”. Y que la lumbociatalgia era una realidad. Pero no fue suficiente, y el juez encargado del caso no le dio la razón.

La intervención de nuestro bufete

Este cuadro clínico fue revisado por nuestro despacho, y en el recurso frente al Tribunal Superior de Justicia se presentaron nuevas pruebas sobre su verdadero estado de salud. Recurrimos así la anterior sentencia alegando que una prueba biomecánica ha demostrado que Felipe requiere incluso de bastón para deambular. Y que sus limitaciones lumbares para soportar esfuerzos se extienden también a no poder adoptar posturas forzadas ni a flexionar repetidamente el tronco. Ni siquiera a permanecer periodos prolongados de pie o sentado. 

Paralelamente, entregamos al Tribunal documentos de valor que corroboraron que su trastorno mental es una depresión mayor, de mala evolución y que no responde a los tratamientos. 

Nuestro primer argumento sobre los detalles de las patologías físicas, según se puede leer en la sentencia, no se tuvo en cuenta a la hora de lo que después fue una resolución positiva para Felipe. Por el contrario, su grave trastorno depresivo sí fue admitido y ha sido decisivo. Los magistrados han condenado al INSS, por esta razón, a adjudicar una incapacidad permanente a este técnico demostrador de equipos e instrumentos musicales.

Las claves de la sentencia

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha estimado que la “patología psiquiátrica” de nuestro defendido le limita “para la ejecución de cualquier actividad laboral”. Y esto es debido a que el problema depresivo es “grave, persistente, progresivo y resistente al tratamiento”

En consecuencia, en esta sentencia se revoca lo establecido por el Juzgado de lo Social nº 25 de Barcelona. Y Felipe conseguía así su objetivo el 15 de marzo de este año. Pero el paso del demandante por este largo proceso de incertidumbres se ha visto recompensado, además, con un pago adicional por los efectos retroactivos de esta resolución, que se han fijado desde diciembre de 2015. La Seguridad Social le abonará, por tanto, todas las mensualidades no cobradas desde esa fecha.

Esta controvertida sentencia está disponible en el siguiente documento descargable

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