Actividades compatibles con la Incapacidad Permanente Absoluta y la Gran Invalidez
Aunque parezca lo contrario, la incapacidad permanente absoluta no impide trabajar. Pero hay una línea roja que no se puede sobrepasar, o el INSS te podría retirar la pensión.
Vamos a exponer ejemplos de trabajos compatibles con incapacidad absoluta o gran invalidez, aclarando si hay algún límite de salario y si hay que comunicarlo previamente.
Índice de contenidos
Incapacidad Absoluta y Gran Invalidez
Comencemos recordando el significado de estos tipos de incapacidad. En primer lugar, la absoluta es una pensión de incapacidad permanente que se otorga a personas que, debido a una enfermedad o lesión, no están previsiblemente capacitadas para desarrollar ningún tipo de profesión u oficio con un mínimo de rendimiento, eficacia y profesionalidad. Y la prestación consiste en una mensualidad del 100% de la base reguladora.
La gran invalidez va más allá. Es el grado de incapacidad permanente más severa y consiste en un complemento económico que se suma a la prestación por incapacidad absoluta. Pero solo se otorga si el afectado, además de no poder ejercer ninguna clase de trabajo, también necesita ayuda de terceros para desenvolverse en las actividades más básicas de la vida diaria: comer, vestirse, asearse, tomarse la medicación…
El complemento de gran invalidez, por tanto, no lo puede percibir un pensionista de incapacidad parcial o total. La gran invalidez solo puede cobrarse junto a la incapacidad absoluta.
¿Qué trabajos son compatibles con una Incapacidad Permanente Absoluta?
Jurisprudencia del Supremo
Diferentes sentencias del Tribunal Supremo en nuestro país han ratificado que no permitir el acceso al mercado laboral a aquellos que han sido declarados en situación de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez supone una vulneración de un derecho fundamental, como es el derecho al trabajo. Porque el hecho de que a esos ciudadanos no les sea posible trabajar con normalidad, no significa que no puedan desempeñar una determinada actividad remunerada.
La postura del Supremo también ha quedado recogida en la última revisión de la Ley General de la Seguridad Social, permitiéndose así que los beneficiarios de una incapacidad absoluta o una gran invalidez puedan realizar actividades compatibles en el mercado laboral. Pero, como adelantábamos antes, esto tiene mucha ‘letra pequeña’.
Requisitos de un trabajo compatible
Para que un empleo sea compatible con una pensión de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez ha de ser acorde con (o estar adaptado a) las limitaciones por las cuales se concedió la pensión. Y, en segundo lugar, la propia acción de realizarlo no debe ser consecuencia de que ha habido una mejoría.
En síntesis, la idea sería la misma que con la prestación por incapacidad permanente total, la que se obtiene por no poder llevar a cabo la profesión habitual a causa de una patología o lesión. Porque con una incapacidad total sí se pueden aceptar empleos que sean diferentes a la “profesión habitual” que se haya fijado. No obstante, con la absoluta o la gran invalidez hay un plus de exigencia en ese sentido, y es necesario demostrar con todo tipo de detalle que se trata de un un trabajo completamente compaginable con la situación de incapacidad permanente.
Ejemplos de actividad laboral compatible
Compatibilidad Incapacidad Permanente Total y Trabajo
Imaginemos que Ana, una limpiadora profesional de oficinas, logra una incapacidad total para su actividad por sufrir lumbalgia crónica. A pesar de estar percibiendo esta prestación, Ana podrá seguir activa si consigue un empleo con menos requerimientos físicos (de administrativa, etc.)
No obstante, pese a este ejemplo básico, la mayoría de veces no es tan sencillo. Por eso desde nuestro despacho hemos habilitado un servicio donde un abogado verificará si el trabajo en cuestión es compatible o no con tu incapacidad. Te puedes informar de él aquí.
Compatibilidad Incapacidad Permanente Absoluta y Trabajo
Pero ahora supongamos que Alicia no padece únicamente lumbalgia sino también fibromialgia grave, fatiga crónica y migrañas diarias. Y por esos motivos le dan una pensión de incapacidad permanente absoluta por no poder desempeñar "ningún tipo de profesión".
Desde ese momento, si desea o necesita trabajar, tendrá que ser mucho más exhaustiva en su elección. No podría desarrollar un cargo convencional de administrativa, ya que se arriesgaría a que el INSS la llamara a una revisión de grado por supuesta mejoría. Y entonces podría perder su prestación al estar, recordemos, protegida económicamente por no poder ejecutar “ningún tipo de trabajo”. Entonces, ¿en qué podría trabajar? Lo vemos.
Trabajos compatibles con Incapacidad Absoluta o Gran Invalidez
Listar un conjunto de actividades laborales compatibles con una incapacidad absoluta o una gran invalidez sería prácticamente imposible, ya que la compatibilidad siempre va a depender de las limitaciones físicas o psíquicas de ese pensionista en concreto.
Sin embargo, hay algunas generalidades que sí podemos enumerar si hablamos de cobrar la pensión por incapacidad en estos grados y percibir a la vez ingresos por trabajo, ya sea por cuenta propia o ajena:
- Afiliarse al régimen de autónomos y dirigir un negocio sin trabajar directamente en él, disponiendo de un empleado o empleados que lo hagan por ti.
- Realizar acciones de voluntariado, que además no son remuneradas.
- Actividades muy esporádicas con un mínimo de ingresos y sin inclusión en ningún régimen de la Seguridad Social.
- Optar por empleos especialmente adaptados, como los que suelen ofrecer en centros especiales de empleo para discapacitados. O en entidades como la ONCE.
- Apostar por el teletrabajo, que no obliga al desplazamiento y favorece los posibles descansos incluso en cama -para personas que lo necesitan-, acceso al servicio, etc. ¡Aunque no es válido cualquier teletrabajo y hay que argumentarlo muy bien!
- Otras situaciones muy específicas donde la adaptación es muy personalizada. Más adelante dedicaremos un apartado a este asunto mostrándoos un caso real.
¡Cuidado! No olvides que estos ejemplos que te hemos mostrado son genéricos, y habría que estudiarlos previamente según las limitaciones concretas de la persona y su grado de incapacidad. Además, si este es de gran invalidez, la comprobación ha de ser aún más exhaustiva si cabe.
Tipos de contratos para trabajos compatibles con la absoluta
Si sigues las indicaciones que has podido leer justo arriba, sobre trabajos compatibles con la incapacidad absoluta -o gran invalidez-, es indiferente el tipo de contrato que firmes si vas a trabajar por cuenta ajena. Eso no debe preocuparte. ¡Incluso podría tratarse de un contrato a jornada completa e indefinido! Y también es factible que sea por cuenta propia, es decir, como autónomo.
Cerciorándote de que la actividad o actividades son compatibles con tu incapacidad permanente absoluta en concreto, es decir, con las afecciones por las cuales te la reconocieron, podrás cobrar la pensión por incapacidad junto a lo que ganes en ese empleo. Y lo mismo sucede si eres tributario de una gran invalidez.
¿Es compatible la Incapacidad Permanente Absoluta con el trabajo a tiempo parcial?
Queremos destacar esta cuestión específica que nos consultáis a menudo: la compatibilidad de la incapacidad absoluta con un empleo a jornada parcial. La norma aquí es idéntica: si compruebas que las funciones de tu ocupación remunerada a tiempo parcial no entran en conflicto con las limitaciones que generaron tu grado de incapacidad permanente, no debería haber ningún problema al respecto. Y podrías continuar con ambas fuentes de ingresos.
¿Existe algún máximo de salario para un trabajador con incapacidad absoluta?
Otra duda que quizá tengas. Pues tampoco existe un máximo de sueldo que no se pueda superar. La prestación por incapacidad permanente absoluta, al igual que la gran invalidez, se puede percibir simultáneamente a cualquier salario, independientemente de la cuantía de este último.
Esta pregunta también se la hacen muchas personas que quieren informarse acerca de la compatibilidad de la incapacidad permanente total y el trabajo. Y la respuesta es la misma: tampoco aquí hay límites en la cifra del sueldo que te ingresan por realizar actividades compatibles.
¡Y no nos olvidamos de los autónomos! En caso de que tu trabajo sea por cuenta propia, también tienes libertad de facturación en ese sentido, sin topes.
Si trabajo, ¿la Seguridad Social puede revisar la incapacidad permanente?
Cuando se comienza un trabajo siendo titular de un grado de incapacidad permanente absoluta o una gran invalidez, es obligatorio notificarlo al INSS. Dicho organismo no te va a dar permiso o a impedirte que lo hagas, en ningún caso; solo es una información que tú transmites a la Seguridad Social, quien no va a dar ninguna clase de respuesta. No esperes una autorización. Eso sí, tal como señalábamos líneas arriba, si ve algo que no le convence te va a convocar a una revisión de oficio, “a ver qué ha pasado…”
Para evitar eso, hay que preparar bien este tipo de comunicación: la comunicación de inicio de actividad. De hecho, es una labor que podemos hacer en tu nombre ya que también está incluida en el servicio de Compatibilidad trabajo-incapacidad que hemos resaltado antes tras repasar los principales ejemplos.
Tres documentos más que no pueden faltar
Es muy recomendable que, junto a la propia comunicación, adjuntes el contrato de trabajo, donde quedan bien claras las condiciones, el puesto, etc. O el documento de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), en el que figura tu actividad.
Asimismo, también es aconsejable entregar un profesiograma -que es la descripción de las tareas que se van a llevar a cabo-. Y es de gran valor que en ese profesiograma quede bien claro que el trabajo está plenamente adaptado a tu situación de incapacidad permanente.
Y en tercer lugar, es muy importante aportar un informe médico actualizado en el que se refleje que no ha habido ninguna mejoría en tu estado de salud, sobre todo en lo referente a tu capacidad para trabajar.
Con toda esta documentación se intenta evitar que el INSS se pronuncie cuando empieces a trabajar, llamándote a una revisión. Que no digan nada al respecto. En este punto, no news good news.
Un caso real “ideal”
Antes de finalizar, os queremos relatar una experiencia real de actividades compatibles con la incapacidad permanente absoluta que vivimos hace tiempo en nuestro despacho, y que se podría considerar un ejemplo idóneo de todo lo que se puede hacer para evitar que se cancele una pensión.
Nos llamó un chico joven de poco más de 20 años, a quien el INSS le hizo beneficiario de una pensión de incapacidad permanente absoluta por Enfermedad de Crohn -dolencia del aparato digestivo y que puede llegar a ser muy invalidante-. Este trabajador había estado contratado en el pasado como mozo de almacén, pero tras estar mucho tiempo enfermo y luchar ante los tribunales ganó la absoluta. Pero posteriormente estudió; fue a la universidad y cursó la carrera de informático.
En aquel momento acudió a nosotros y nos preguntó si su nueva profesión era una actividad laboral compatible con su incapacidad absoluta. Lo estudiamos y no vimos ningún problema, y tras las correspondientes gestiones se cumplieron todos los requisitos de un trabajo compatible:
- En el aspecto médico, solicitó un informe actualizado a su especialista digestivo, en el cual se leía que él estaba exactamente igual que cuando le reconocieron la incapacidad absoluta.
- La empresa, por otro lado, le contrató como discapacitado, ya que además de la absoluta poseía un certificado de discapacidad.
- Al mismo tiempo, el contrato que firmó fue específicamente de teletrabajo, porque como era informático lo podía realizar desde su casa.
- Por último, en el profesiograma se observaba que la empresa haría todo lo posible para adaptar su puesto: que podría tomarse los descansos que necesitara y que podía ajustar su horario.
En definitiva, un trabajo muy adaptado a su situación de incapacidad permanente. Lo comunicamos a la Seguridad Social y no hubo más que silencio. No le revisaron ni dejó cobrar la pensión por incapacidad. ¡Compatibilidad lograda!
La clave a la hora de realizar actividades compatibles
Conclusión
No hay una solución mágica que consiga que el INSS no dude de la compatibilidad que hemos tratado en este artículo, pero la coherencia es el factor más imprescindible. En el ejemplo del joven informático, habría peligrado su pensión si el empleo hubiera requerido que él se desplazara cada día a una oficina. Pero no era así. Todos los puntos que caracterizaban su proyecto de trabajo eran absolutamente coherentes. Y esa, junto al respeto por los límites y las restricciones que supone tener una prestación por incapacidad permanente absoluta o una gran invalidez, es la esencia de este asunto que despierta tantas dudas y confusiones: los trabajos compatibles con la incapacidad absoluta.
Revisado jurídicamente por
Jorge Campmany
¡Hola! Soy Jorge, abogado especialista en Derecho Laboral desde 2007 y socio director de Campmany Abogados, un proyecto que nació en 2009 fruto de mi interés en ayudar a enfermos o lesionados. Estoy licenciado en Derecho por la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona.
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