Cuándo te dan la incapacidad permanente absoluta, dentro de los diferentes grados de incapacidad que pueden reconocerte, los más comunes son la incapacidad permanente total y la incapacidad permanente absoluta. Te contamos las diferencias.
Y, sobre todo, te explicamos cómo se podría pasar de incapacidad permanente total a absoluta, lo que podría ser posible mediante diferentes trámites según el momento en el que te encuentres.
¿Qué diferencia hay entre incapacidad permanente total y absoluta?
La incapacidad total se otorga cuando un trabajador, debido a una enfermedad o lesión, no puede seguir desarrollando su trabajo habitual pero sí otros. Con este grado de incapacidad permanente se tiene derecho a una pensión mensual del 55% de la base reguladora, porque precisamente está pensado para que el pensionista pueda compaginar su situación con el ejercicio de un empleo compatible con sus dolencias, y así complementar sus ingresos.
Pero si hablamos de pensión por invalidez absoluta, la prestación mensual ya asciende al 100% de la base reguladora, porque se considera que esa persona no puede llevar a cabo ningún tipo de trabajo con un mínimo de rendimiento, eficacia y profesionalidad. Tienes más detalles en este otro artículo.
No obstante, la incapacidad absoluta podría ser compatible con algunos trabajos protegidos o muy adaptados; o incluso con el hecho de abrir un negocio donde el pensionista solo tenga la titularidad y haya otros trabajadores que se encarguen de las labores a realizar.
Requisitos para pasar de Incapacidad Permanente Total a Absoluta
Si ya tienes concedida una incapacidad total pero necesitas solicitar una incapacidad permanente absoluta, lo esencial es que, mediante informes médicos, demuestres a la Seguridad Social que tu estado de salud ha empeorado y tus limitaciones para trabajar también. Esa es la clave para que se pueda aumentar tu grado de incapacidad.
Te aconsejamos que recopiles informes nuevos de los especialistas de la Sanidad pública que te están tratando, donde se haga constar el empeoramiento y sus consecuencias. No obstante, también puedes aportar otro tipo de documentos si son relevantes, como informes de urgencias, pruebas diagnósticas o biomecánicas, etc.
En cuanto a los requisitos básicos de cotización, no te preocupes, porque no tendrás que volver a acreditarlos al ser los mismos que en la incapacidad permanente total. Pero es importante que sepas que aunque ya estés en situación de incapacidad permanente total no debes haber cumplido aún tu edad de jubilación ordinaria, a no ser que la contingencia de tu incapacidad sea una enfermedad profesional.
Recurrir reconocimiento de incapacidad Total para lograr la Absoluta
Hay tres formas de recurrir el reconocimiento de una incapacidad permanente total para que se reconozca una incapacidad permanente absoluta. Te las mostramos a continuación.
Petición de revisión de grado
Si se te ha pasado el plazo oficialmente establecido para recurrir (30 días hábiles desde que te concedieron la incapacidad total), debes esperar. Porque no puedes dar ningún paso hasta que se supere el plazo de revisión fijado en la resolución -normalmente dos años, aunque también puede ser uno, por ejemplo-. Por tanto, no es posible que inicies una revisión hasta entonces. Pero sí después, cuando podrás tramitar una revisión de grado por empeoramiento.
Si lo haces, se te convocará a una visita con el EVI (Equipo de Valoración de Incapacidades), o SGAM en Cataluña, para que los inspectores médicos evalúen si han disminuido tus capacidades para trabajar. Tras esta valoración presencial, el INSS te dará una respuesta. Pero debes tener paciencia, porque pueden tardar hasta 135 días hábiles desde la fecha en la que pediste la revisión.
Reclamación Previa
Pero si te han hecho beneficiario de una incapacidad total hace menos de 30 días, la vía para intentar mejorar tu situación de incapacidad permanente es otra. En estas circunstancias, has de presentar una Reclamación Previa a la Seguridad Social. En ella has de exponer los motivos por los que no estás conforme con la resolución, y las razones por las que necesitas una incapacidad permanente absoluta. En este enlace puedes encontrar un tutorial para elaborar correctamente una reclamación de este tipo.
Demanda judicial
Lo más habitual es que las reclamaciones previas sean desestimadas, y en muchas revisiones de grado tampoco se concede el aumento deseado -tras lo que también habría que tramitar una Reclamación Previa-. Por ello, si agotas esta vía administrativa, tienes la posibilidad de interponer una demanda ante los tribunales en el plazo de 30 días hábiles. Este plazo empieza a contar desde la fecha de resolución de la Reclamación Previa, es decir, desde que la Seguridad Social te contestó.
Sin embargo, puede que no consigas tu objetivo en un primer juicio. En ese supuesto, se podría elevar tu caso ante el Tribunal Superior de Justicia de tu comunidad autónoma, aunque solo en el caso que un abogado especialista en incapacidades viera la viabilidad de llevar adelante este tipo de recurso, denominado ‘de suplicación’. Y por dicho cauce habría otra posibilidad de aumentar tu grado de incapacidad permanente.
Cómo pedir la incapacidad absoluta desde el principio
Quizá estés leyendo este artículo porque no puedes ejercer ninguna clase de empleo pero aún no tienes aprobado ningún grado de incapacidad. En ese supuesto, directamente has de solicitar una incapacidad permanente en grado de absoluta. Y serás examinado por el tribunal médico (Equipo de Valoración de Incapacidades o SGAM en Cataluña, como señalábamos antes). Tienes toda la información para hacerlo en este link.
¿Qué ventajas tiene una Incapacidad Permanente Absoluta?
Si todo va bien y finalmente pasas de incapacidad permanente total a absoluta, debes saber que, además de cobrar el 100% de tu base reguladora, tu nueva pensión tiene una ventaja adicional.
Por ser pensionista de incapacidad total, ya podías disfrutar de estas tres:
- Acceso gratuito a los medicamentos con receta en la farmacia, aunque este beneficio se dirige únicamente a pensionistas con rentas inferiores a 5.635 € anuales, o menores de 11.200 € si no están obligados a presentar la declaración de la renta.
- En cuanto a la declaración de la renta, tu mínimo personal y familiar se incrementa 3.000 €. Este mínimo es la cantidad que no se somete al impuesto -”al destinarse a satisfacer las necesidades básicas personales y familiares”, como reza la normativa-. Por tanto, la cuantía que no tributa no se limita a los 5.550 €, como en la regulación general, sino que asciende hasta los 8.550 € anuales.
- Acceso al mercado laboral para personas discapacitadas, tanto en centros especiales de empleo como a la hora de ocupar plazas reservadas en empresas públicas y privadas.
Ventaja adicional por Incapacidad Absoluta
Pero ahora la ventaja extra es la siguiente: con una pensión por invalidez absoluta no te descontarán de tu pensión la retención de IRPF que sí te restan si eres titular de una incapacidad permanente total.
¿Qué grado de discapacidad tiene una Incapacidad Permanente Absoluta?
Este último punto es muy importante. Porque, actualmente, estar en situación de incapacidad permanente no conlleva una discapacidad del 33% a todos los efectos. Ni siquiera disponiendo de una pensión por invalidez absoluta.
Solo se otorga automáticamente un 33% de discapacidad de cara a las ventajas en la declaración de la renta y las relativas al acceso a puestos de trabajo destinados a personas discapacitadas, como hemos destacado en el punto anterior.
Qué hacer para que se reconozca una incapacidad permanente absoluta
Conclusión
Un dictamen favorable del Equipo de Valoración de Incapacidades es imprescindible para que puedas pasar de incapacidad permanente total a absoluta. Pero si no se resuelve positivamente para ti, recuerda que puedes presentar una Reclamación Previa y, posteriormente, una demanda ante los tribunales. Incluso, tu caso puede llegar al Tribunal Superior de Justicia si se dan determinadas condiciones que analizará tu abogado especialista en incapacidades.
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