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¿Cómo solicitar la incapacidad permanente?

¿Qué tengo que hacer para solicitar una incapacidad? ¿Qué tengo que hacer para solicitar una incapacidad?

Para solicitar una incapacidad permanente tienes que cumplir unos determinados requisitos, los cuales varían en función del grado de incapacidad deseado. Te los mostramos en este artículo, donde también te informamos sobre el procedimiento para solicitar la incapacidad.

Pero, aparte de lo puramente técnico y administrativo, lo esencial es lo que reflejen tus informes médicos. Y, sobre todo, el contenido del dictamen-propuesta del tribunal médico (Equipo de Valoración de Incapacidades) tras la revisión médica que te harán.

Índice de contenidos

  1. ¿Qué necesito para solicitar incapacidad?
  2. Cotización necesaria para la incapacidad
  3. Requisitos médicos para la incapacidad
  4. Pasos para solicitar la incapacidad
  5. Expediente de incapacidad permanente
  6. Plazo para solicitar la incapacidad
  7. La clave en la solicitud de incapacidad

¿Qué necesito para solicitar la incapacidad permanente?

En primer lugar, para realizar una solicitud de incapacidad permanente y que pueda tener posibilidades de ser aceptada, es necesario:

  • Que estés dado de alta en la Seguridad Social, o en situación asimilada al alta. No obstante, si sufres un accidente laboral o padeces una enfermedad profesional, si la empresa no había regularizado tu situación laboral, el INSS te dará el alta automáticamente.
  • No haber cumplido la edad de jubilación ordinaria que te corresponda. Solo están exentos de esta condición los trabajadores con enfermedades provocadas por el ejercicio de su profesión.
  • Acreditar un periodo determinado de cotización, salvo si tus limitaciones para trabajar provienen de un accidente -sea o no laboral- o de una enfermedad profesional.

Estos serían los aspectos más técnicos que incluye el procedimiento para solicitar la incapacidad. Pero también los más generales porque, en función del grado de incapacidad al que aspires, si tu contingencia es enfermedad común, también tienes que poder justificar una cotización mínima. Recuerda que, como señalábamos antes, si la contingencia es una enfermedad profesional o un accidente, no existe ese requerimiento.

¿Cuántos años tienes que tener cotizados para una incapacidad permanente?

Para conseguir una declaración de incapacidad permanente por enfermedad común, los periodos de cotización a acreditar son los siguientes -conforme al grado-:

  1. Incapacidad permanente parcial: periodo de cotización de 1.800 días (únicamente aplicable a la incapacidad permanente parcial).
  2. Incapacidad permanente total: si eres menor de 31 años, tienes que haber cotizado un tercio del tiempo desde que cumpliste los 16 años de edad. Y si tienes 31 años o más, te exigirán un mínimo de cinco años cotizados (concretamente, un cuarto del tiempo entre los 20 años y la fecha del hecho causante). En este segundo supuesto, además, una quinta parte de la etapa cotizada debe haberse producido durante los últimos 10 años -(o en los 10 anteriores desde que cesó la obligación de cotizar).
  3. Incapacidad permanente absoluta: Ídem que en la incapacidad total. Pero, excepcionalmente, también pueden optar a la incapacidad absoluta quienes estén en situación de ‘no alta’ en la Seguridad Social pero puedan demostrar 15 años cotizados, tres en los últimos 10. Estar dado de alta o en situación de asimilada no son las únicas opciones en este grado.
  4. Gran invalidez: Ídem que en la incapacidad absoluta.

Más adelante, en el apartado “Pasos para solicitar la incapacidad permanente”, te informamos de qué implica cada uno de estos grados, para que lo tengas en cuenta en tu solicitud de incapacidad permanente.

Incapacidad Permanente: requisitos médicos

Asimismo, es preciso que se hayan agotado todas las posibilidades terapéuticas posibles en la práctica médica habitual, y que te queden secuelas crónicas invalidantes. Esto tampoco significa que tengas que probar que tu enfermedad o lesión va a “durar toda la vida”, sino que por el momento la medicina no puede ayudarte más. En este punto, la clave es que los facultativos prevean que puede ser permanente, independientemente de que en el futuro pueda haber una mejoría o incluso una curación.

Pasos para solicitar la incapacidad permanente

Lo primero es recabar los informes médicos necesarios, pero no olvides que tienen que ser de tus especialistas (traumatólogo, cardiólogo, psiquiatra, etc.) y no del médico de cabecera.

En segundo lugar, has de comprobar si en tu caso cumples con la normativa de la incapacidad permanente -requisitos legales-, los cuales hemos enumerado al comienzo de este artículo: estar dado de alta o en asimilada, edad máxima y periodo de cotización si es exigible por la contingencia.

Pero, tras completar estas dos fases, para iniciar el expediente de incapacidad permanente debes valorar qué grado de incapacidad se ajusta a tu caso. En este sentido, una prestación por incapacidad permanente puede ser de los siguientes grados:

  • Parcial: La incapacidad permanente parcial es una indemnización de 24 mensualidades de tu base reguladora (¿quieres conocer cuál es la base en tu caso? Pulsa aquí.)
  • Total: Protege económicamente por no poder ejercer la profesión habitual, y por ello se cobra una pensión del 55% de la base reguladora.
  • Absoluta: La incapacidad permanente absoluta es una prestación del 100% de la base reguladora por no poder desempeñar ningún tipo de trabajo.
  • Gran invalidez: Si además de no poder ejercer ningún empleo, también precisas de ayuda de terceros para llevar a cabo las tareas más básicas de la vida cotidiana (asearte, comer, vestirte…) podrás tener derecho al 100% de tu base reguladora más un complemento por ‘gran invalidez’, que se sumará a tu pensión. El mínimo es un 45% adicional.

¡Atención! En lugar de uno de estos grados, el INSS también puede otorgar una prestación por Lesiones Permanentes No Invalidantes, una indemnización -normalmente pequeña- si la persona no está realmente incapacitada para el trabajo pero ha sufrido un accidente laboral o una enfermedad profesional que le ha causado una lesión o amputación.

¿Dónde se solicita la incapacidad permanente?

Si quieres solicitar una incapacidad permanente debes dirigirte al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). El trámite consiste en rellenar un formulario de incapacidad y adjuntar los informes médicos adecuados. En este otro post tienes indicaciones muy útiles para cumplimentar dicho formulario.

Una vez que tengas toda la documentación preparada, tienes tres alternativas de envío a la Seguridad Social:

  • Mediante la Sede electrónica, haciendo clic aquí, puedes solicitar la incapacidad permanente online.
  • Por correo administrativo, disponible en las oficinas de Correos.
  • De forma presencial en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social, pidiendo antes cita previa.

Expediente de incapacidad permanente

Después de solicitar la incapacidad permanente, se pondrá en marcha un procedimiento y tendrás en el INSS un expediente de incapacidad permanente en trámite. Desde la fecha de tu solicitud, la Seguridad Social cuenta con 135 días hábiles para darte una resolución, y antes de eso tiene que verte el tribunal médico.

Será entonces cuando pases por una revisión médica, donde los inspectores médicos evaluarán tu capacidad para trabajar y emitirán un informe de síntesis. Pero eso no es todo, porque a partir de dicho informe se elabora otro documento denominado dictamen-propuesta, donde se engloban las conclusiones que saca el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) como organismo oficial a partir del informe de síntesis -o del dictamen del ICAMS, si estás en Cataluña-. Y en ese momento, estudiando el dictamen-propuesta, el INSS ya decide.

El resultado de todo este procedimiento puede ser la declaración de incapacidad permanente. Pero también pueden denegártela. La información que se extraiga de tu revisión médica puede provocar que el INSS desestime tu solicitud de incapacidad permanente si el Equipo de Valoración de Incapacidades no considera que la mereces. Pero si esto sucede, puedes presentar una Reclamación Previa. En este link encontrarás un tutorial que te ayudará a elaborarla.

También puedes presentar una Reclamación Previa si no estás conforme con el grado de incapacidad que te han concedido, por ejemplo si te han aprobado la total y quieres pedir la incapacidad permanente absoluta.

Plazo para solicitar incapacidad permanente

No hay un plazo para solicitar tu incapacidad permanente, es decir, no hay un tope máximo de tiempo si estás de baja, por ejemplo. El procedimiento para solicitar la incapacidad puedes iniciarlo en cualquier momento, aunque para que pueda tener éxito debes cumplir con las condiciones que te hemos explicado para lograr una incapacidad permanente (requisitos en función del grado de incapacidad).

Por otro lado, e independientemente de que tú pidas o no una prestación por incapacidad, si llegas a los 18 meses de baja médica el INSS tendrá la obligación de abrirte un expediente de incapacidad permanente de oficio. Por tanto, puede darse el caso de que haya dos expedientes paralelos y ambos serían válidos: el que gestionaste tú y el que promoverá el INSS al año y medio de tu baja.

La clave en la solicitud de incapacidad permanente

Conclusión

Tener lesiones permanentes, o secuelas, tras un accidente o enfermedad, puede hacer que consigas una pensión de incapacidad. Pero no es algo fácil de alcanzar. Y en muchas ocasiones se tiene que acudir a los tribunales. Lo imprescindible para ser beneficiario de este tipo de pensión es aportar los informes médicos apropiados. Y que no solo contengan una descripción de nuestras afecciones, sino que también destaquen las limitaciones que nuestro cuadro clínico nos causa, de la forma más concreta posible.

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Acerca de

¡Hola! Soy Jorge, abogado especialista en Derecho Laboral desde 2007 y socio director de Campmany Abogados, un proyecto que nació en 2009 fruto de mi interés en ayudar a enfermos o lesionados. Estoy licenciado en Derecho por la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona.

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