<img height="1" width="1" style="display:none" src="https://www.facebook.com/tr?id=1720405128179922&amp;ev=PageView&amp;noscript=1">

Nuevo libro de Jorge Campmany: El Método MAPA, la guía paso a paso para tu incapacidad permanente. ¡Consíguelo ya!

Valorar mi caso gratis
  • Campmany Abogados
  • Blog
  • Secuelas de accidente laboral: de indemnización por lesiones a incapacidad permanente
Lectura de 10 minutos

Secuelas de accidente laboral: de indemnización por lesiones a incapacidad permanente

Secuelas de accidente laboral: de indemnización por lesiones a incapacidad permanente Secuelas de accidente laboral: de indemnización por lesiones a incapacidad permanente

Un accidente de trabajo que deja secuelas puede derivar, si el INSS así lo confirma, en una indemnización por lesiones permanentes no invalidantes (LPNI) o en una prestación de incapacidad permanente, según casos. Ambos tipos de pago los costea la mutua si la contingencia asignada es la de accidente laboral.

La clave diferencial aquí es si las secuelas invalidan o no para ejercer el trabajo habitual: si afectan solo a la integridad física de la persona, pero no impiden que continúe en el puesto que tenía antes del accidente, pueden ser causa de una LPNI. 

Por el contrario, si esas secuelas se convierten en incompatibles con el empleo que se desarrolla, o provocan, al menos, penosidad y un descenso del rendimiento en más de un 33%, podrían ser motivo de una incapacidad -en grado de parcial o total, como veremos en este artículo-.

Índice de contenidos

  1. 2 consecuencias: fractura de costillas y húmero
  2. Pago por lesiones permanentes no invalidantes
  3. Incapacidad por secuelas de accidente laboral
  4. Secuelas tras costillas rotas por accidente laboral
  5. Secuelas de rotura de húmero por accidente de trabajo
  6. Plazos para reclamar por secuelas: tabla
  7. Infórmate del recargo de prestaciones
  8. Otras potenciales indemnizaciones
  9. Preguntas frecuentes

Dos posibles consecuencias de un accidente laboral: fractura de costillas y húmero

En este post, pensando en situaciones reales que puede vivir un trabajador, y que si son graves suelen bordear el límite entre una LPNI y una incapacidad, vamos a centrarnos en las secuelas de dos lesiones en concreto:

  • Por un lado, si hay costillas rotas tras el accidente de trabajo.

  • Y, por otro, si el resultado es un brazo fracturado, por ejemplo, a la altura del húmero (el hueso más largo y grande de nuestras extremidades superiores).

Desde la perspectiva de los derechos laborales ante la Seguridad Social y la mutua, vamos a explicarte qué escenarios pueden plantearse para cada uno de estos ejemplos -que, particularmente, suscitan un gran número de consultas-.

Pero, antes, aclaremos qué es una LPNI y, también, qué es una incapacidad permanente.

Pago por lesiones permanentes no invalidantes (LPNI) tras accidente laboral con secuelas

Una LPNI se puede cobrar si se cumplen los siguientes cinco requisitos:

  1. La lesión ha sido provocada por un accidente laboral, o por una enfermedad profesional.
  2. Es definitiva: debe existir una lesión, mutilación o deformidad permanente que disminuya o altere la integridad física del trabajador.
  3. Está incluida en el baremo de accidentes de tráfico vigente, regulado por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
  4. La repercusión de las secuelas no es suficiente para justificar una incapacidad permanente.
  5. Un daño físico acreditado pero que no cumple los anteriores requisitos no puede constituir una  indemnización por LPNI.

Teniendo estos factores en cuenta, si finalmente se concede una indemnización por lesiones permanentes no invalidantes, se recibe un pago único (de una cuantía bastante baja, eso sí -normalmente ronda los 2.000 €, pese a que cada caso es único-) y, a la vez, se puede seguir en la empresa y en el mismo puesto. 

→ El pago de una LPNI lo asume la mutua, debido a que la contingencia es profesional y no común. Pese a ello, el acceso al derecho lo tiene que aprobar el INSS.

¿Qué significa la expresión "disminuir o alterar la integridad física del trabajador"?

En pocas palabras, significa que el accidente ha dejado una huella aunque el proceso de curación haya terminado, y que "la culpa" es del accidente laboral, por lo que existen responsabilidades que se pueden exigir.

Esa huella, dicho técnicamente, es un menoscabo corporal definitivo, sea anatómico, funcional, sensorial o estético, aunque no pueda constituir una incapacidad permanente.

No es necesario que se pierda una parte del cuerpo (amputación). Pero, en el otro extremo, la mera existencia de una mínima "marca" del accidente -como una pequeña atrofia o una cicatriz- no conlleva automáticamente una indemnización por LPNI.

Cuando la alteración es solo funcional

Una alteración funcional también puede ser motivo de una indemnización por lesiones permanentes no invalidantes. Por tanto, es necesario hacer hincapié en que, dentro de la clasificación de LPNI, las secuelas del accidente también pueden afectar únicamente al funcionamiento corporal: lo que no deben es incapacitar laboralmente, ya que eso pasaría a ser materia de incapacidad permanente.

Por ejemplo, una limitación de movilidad, como la que podría provocar una rotura de costillas o de húmero, podría indemnizarse como LPNI.

Incapacidad permanente por secuelas de accidente laboral

Cuando no solo ha disminuido o se ha alterado la integridad física, sino que las secuelas del accidente de trabajo interfieren negativamente en el desempeño de la profesión, pasamos a hablar de incapacidad permanente. Las limitaciones funcionales aquí lo son todo para conseguir la pensión, la cual se puede otorgar si la persona -a causa de una enfermedad o lesión- no puede trabajar con un mínimo de profesionalidad, eficacia y rendimiento.

La pensión de incapacidad permanente supone, en general:

  • cobrar una pensión mes a mes, y no una pequeña indemnización única como en el caso de las LPNI. No obstante, en la incapacidad también hay modalidades de pago en forma de indemnización, por ejemplo en el grado de parcial; o si se cumplen los requisitos para que el importe de una incapacidad total se ingrese de una sola vez.

  • Asimismo, la prestación que se recibe puede llegar a ser vitalicia, aunque es revisable y, por esa razón, un pensionista debe estar periódicamente preparado para posibles revisiones.

El grado de incapacidad permanente más "cercano" a una LPNI

La incapacidad permanente parcial es el grado mínimo del sistema -por debajo de la total, la absoluta y la gran incapacidad-, y comparte con las LPNI tanto el cobro de una indemnización a tanto alzado como la compatibilidad para continuar en el mismo puesto de trabajo. Sin embargo, entre ambas prestaciones existe una diferencia conceptual sustancial: la parcial sí cubre una situación invalidante.

Mientras que la LPNI solo indemniza por una alteración de la integridad física que no afecta al rendimiento, la incapacidad parcial exige una disminución no inferior al 33 % en la capacidad laboral, lo que se traduce en una compensación económicamente muy superior.

→ Así, frente a los discretos importes fijos de baremo de las LPNI, la incapacidad permanente parcial se calcula multiplicando por 24 la base reguladora del trabajador, alcanzando, por ejemplo, los 36.000 € para una base modesta de 1.500 € [1.500 x 24 = 36.000].

Secuelas tras costillas rotas por accidente laboral

Nos enfocamos ahora en uno de los dos supuestos concretos que avanzábamos antes: la fractura de costillas.

Conforme a la Biblioteca nacional de medicina de EE.UU, las posibles secuelas son:

  1. Mala curación ósea: puede producirse una falta total de unión entre los fragmentos (pseudoartrosis) o que la costilla suelde torcida (consolidación viciosa), deformando la pared del tórax.
  2. Dolor y molestias persistentes: dolor torácico crónico, neuralgia intercostal o molestias al toser, girarse, hacer esfuerzos o incluso cuando la fractura ha sanado bien (hasta un 21% de los pacientes mantiene dolor moderado o intenso a largo plazo).
  3. Problemas respiratorios: dificultad para respirar al hacer esfuerzo (disnea) o una menor expansión del tórax.

Secuelas de rotura de húmero por accidente de trabajo

Hablamos a continuación de la otra lesión a la que nos referíamos anteriormente: fractura de húmero (en el brazo).

Secuelas que pueden manifestarse tras una rotura de húmero

Aquí puedes leer un resumen de las secuelas de la fractura de húmero agrupadas por zonas, también según la fuente médica oficial estadounidense.

  1. Hombro (proximales): rigidez y pérdida de movilidad para elevar o rotar el brazo, dolor persistente, debilidad y riesgo de artrosis u otras complicaciones graves como la necrosis avascular (muerte del tejido óseo de la cabeza del húmero) en casos complejos.

  2. Zona media del brazo/cuerpo del hueso (diáfisis): problemas de soldadura como la pseudoartrosis (falta de unión ósea) o la consolidación viciosa (deformidad o acortamiento), además del riesgo de lesión del nervio radial, que puede derivar en parálisis transitoria o en la dificultad para levantar la muñeca y extender los dedos, junto con pérdida de fuerza.

  3. Codo (distales): pérdida de flexibilidad o extensión en la articulación del codo, deformidad en la alineación, debilidad en la mano y el antebrazo, y posibles molestias o lesiones en el nervio cubital.

Reclamar por secuelas de rotura de húmero: ejemplo

  • Se podrá reconocer una indemnización por LPNI si te le operan y el resultado es satisfactorio, pero te indemizarían precisamente por haber sido necesaria una intervención quirúrgica, y por la cicatriz.
  •  Si realmente queda limitación a la movilidad/fuerza, es cuando se puede reconocer una incapacidad parcial o total para profesiones de esfuerzo, en función del alcance de la limitación.

Plazos para reclamar por secuelas de accidente laboral: tabla

Para solicitar una LPNI o una incapacidad permanente rige, como regla, la prescripción de cinco años. 

Sin embargo, no es correcto aplicar automáticamente “cinco años desde el accidente”. Lo correcto es contar ese lustro desde el día siguiente al hecho causante.

PRESTACIÓN  PLAZO INICIO DEL CÓMPUTO
Lesiones permanentes no invalidantes — LPNI Cinco años Desde el día siguiente al hecho causante: debe identificarse cuándo las secuelas definitivas permiten reclamar la prestación, atendiendo a su valoración y origen. No es válida la fecha de la lesión inicial.
Incapacidad permanente Cinco años, como regla general Desde el día siguiente al hecho causante. Si deriva de una baja médica terminada: el día de que finalizó. Sin baja previa, o sin haberse acabado: fecha del dictamen-propuesta del EVI.

 

Que se conceda una LPNI no impide pedir, posteriormente, una revisión por agravamiento que pueda permitir alcanzar una pensión de incapacidad.

Un valor añadido: infórmate de si puede haber recargo de prestaciones

Si tu accidente laboral con secuelas no fue un hecho totalmente fortuito sino que se debió a una falta de medidas de seguridad en la empresa, o a una negligencia, puedes solicitar lo que se denomina recargo de prestaciones.

Si el INSS aprueba dicho recargo, tu pensión aumentará entre un 30 y un 50%, y ese plus lo pagará el empresario infractor (ni la mutua ni la Seguridad Social).

Ejemplo de recargo de prestaciones por accidente laboral

Aquí tienes un ejemplo numérico:

  • Pensión base inicial: 1.200 € al mes

  • Aplicación del recargo (por ejemplo, un 40% de incremento)

  • Pensión final resultante: La pensión se incrementa hasta los 1.680 € al mes

  • 480 € de dinero extra.

¿Cómo se decide el porcentaje final en cada caso?

No estamos ante un baremo fijo del tipo «leve, 30 %; grave, 40 %; muy grave, 50 %», sino que el tanto por ciento se establece según la gravedad del incumplimiento preventivo de la empresa, estudiando cada expediente personalizadamente. La Inspección de Trabajo propone y la Dirección Provincial del INSS decide.

Los principales elementos en la ponderación son:

  1. Qué protección faltaba y qué importancia tenía para evitar el riesgo.

  2. Peligrosidad de la actividad y el número de trabajadores afectados.

  3. Conducta preventiva de la empresa: medidas efectivamente adoptadas, instrucciones y voluntad acreditada de cumplimiento.

  4. Persistencia en el incumplimiento, especialmente ante advertencias o requerimientos previos.

  5. Contribución causal del trabajador, cuando concurre una conducta imprudente no temeraria.

Otras potenciales indemnizaciones: convenio, seguro e indemnización civil

¡Atención! Podrías reclamar también por estas otras vías:

  • Seguro de convenio colectivo (el de tu empresa)
  • Seguro de vida personal (si cuentas con uno)
  • Indemnización civil por daños y perjuicios (vía judicial)

Pero, al fin y al cabo, todo depende de lo que cubran las pólizas de ambos seguros (donde las LPNI no suelen estar incluidas), y frente a los tribunales es obligatorio acreditar negligencia empresarial, lo que solo es posible si a la LPNI o a la incapacidad la acompaña un  incumplimiento empresarial de obligaciones de seguridad -lo que daría derecho, por otra parte y como hemos visto, a un recargo de prestaciones-.

Preguntas frecuentes sobre secuelas de accidente laboral

¿Qué pasa si me quedan secuelas por un accidente laboral?

Si tras el accidente te quedan secuelas definitivas, puedes cobrar una indemnización por lesiones permanentes no invalidantes (si no te inhabilitan trabajar), o acceder a una pensión de incapacidad permanente si las consecuencias del accidente de trabajo limitan o anulan tu capacidad laboral.

¿Qué pasa si me dan el alta con secuelas?

Las mutuas dan el alta cuando las lesiones se estabilizan, pero que te den el alta no te impide solicitar posteriormente una indemnización por LPNI o una incapacidad permanente.  No obstante, si no estás conforme porque sigues necesitando tratamiento activo, puedes impugnar el alta médica.

¿Cuánto es la indemnización por secuelas de accidente laboral?

Una LPNI ofrece un pago único según baremo (que suele ser de una cuantía baja), una incapacidad permanente otorga una pensión periódica vitalicia , y por la vía civil se puede reclamar una indemnización por daños y perjuicios si hay responsabilidad empresarial.

¿Cuánto te dan por las secuelas de un accidente laboral?

Si las secuelas no te impiden trabajar, puedes percibir una indemnización a tanto alzado en torno a los 2.000 € si solicitas una LPNI con éxito, mientras que la cuantía de la pensión por incapacidad permanente dependerá de tu base reguladora y del grado reconocido. Por otro lado, recuerda que ambas prestaciones pueden verse incrementadas mediante el recargo de prestaciones si se demuestra falta de medidas de seguridad o negligencia por parte de la empresa.

Se muestra una imagen de Marc Nicolau Hermoso
Acerca de
Nº de colegiado:

¡Hola! Mi nombre es Marc Nicolau y soy abogado especialista en Derecho Laboral y de la Seguridad Social con más de diez años de experiencia. Ayudo a mis clientes a encontrar una solución a sus problemas, ya sea consiguiendo el reconocimiento de una Incapacidad Permanente ante el INSS o los Juzgados o asesorándoles en casos de despido.

Una tarifa plana con la que podrás tener asesoramiento legal continuado en materia de Derecho Laboral y de Seguridad Social, con  la tranquilidad de tener un abogado experto que responda antes de 24 horas a todas tus consultas.

¿Conoces Campmany Premium?

Nuestra tarifa plana de asesoramiento, económica y sin límites con respuesta en menos de 24 horas. También con pago mensual.

Saber más

Comenta este artículo

Ver comentarios